RAWSON, 09 DIC 2024

VISTO:
El Expediente N° 6369-SS-2024; y
CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289;
Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 6369-SS-2024, la Secretaría de Salud solicita se gestione incremento presupuestario en las Fuentes de Financiamiento 3.01, 3.61, 3.70, 3.71, 3.73 y 3.75, en los SAF 70, 72, 73, 74, 75, 77, 78 y 79, dado que la proyección de recursos ha superado la estimación para el presente ejercicio;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 inciso b) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, en la Jurisdicción 70, la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 198.300.000,00.-) en el S.A.F. 70 - SAF Secretaría de Salud, la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 97.000.000.-) en el S.A.F. 72 - SAF Hospital Zonal Trelew, la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES ($ 336.000.000.-) en el S.A.F. 73 - SAF Hospital Zonal de Puerto Madryn, la suma de PESOS CIEN MILLONES CINCUENTA MIL ($ 100.050.000.-) en el S.A.F. 74 - SAF Dirección Sanitaria Sur, Rurales y Puestos Sanitarios, la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 84.500.000.-) en el S.A.F. 75 - SAF Hospital Regional de Comodoro Rivadavia, la suma de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES ($ 110.000.000,00.-) en el S.A.F. 77 - SAF Hospital Zonal de Esquel, la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES ($ 260.000.000.-) en el S.A.F. 78 - SAF Dirección de Zona Noreste y Áreas Rurales y la suma de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 14.500.000.-) en el S.A.F. 79 - SAF Dirección Sanitaria Norte, Rurales y Puestos Sanitarios, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 13, que forman parte del presente Decreto.
Artículo 2°. Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 3°. El presente Decreto será refrendado por tos señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese.

DECRETO N° 1822

Planillas Anexas ver en el Decreto Original