RAWSON, 09 DIC 2024
VISTO;
El Expediente N° 1983-EC-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289;
Que mediante Ley II N° 298 se incrementó el total de erogaciones de! Presupuesto General de la Administración Provincial Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2024;
Que por el Expediente N° 1983-EC-2024, la Dirección General de Administración de la Unidad Ejecutora Provincial, solicita una compensación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 3.68, a efectos de imputar la adquisición de dos bombas de vacío para la captación en el mar de la localidad de Puerto Pirámides;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 3°. apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; asimismo, cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2024, en la Jurisdicción 30, S.A.F. 33 - SAF Unidad Ejecutora Provincial M.E. y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente decreto,
Artículo 2°, Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo3°. El presente decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese.
DECRETO N° 1832
Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 34758
Compensación Interjurisdiccional • Ejercicio 2024
Gastos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro
Gastos: 1.30.033 Unidad Ejecutora Provincial M.E.
Partida Monto
1. Origen: Obligaciones a Cargo del Tesoro
93.00.00.A05.3.1.1.01.3.68
AO: Servicios de Educación - FínFun: 3.4.6 - C.Eco: 2.1 -$10.000.000,00
Total: -$ 10.000.000,00
2. Destino: Unidad Ejecutora Provincial M.E.
40.00.00.A01.4.3.9.01.3.68
AO; Equipamiento y Servicios para Oficinas Públicas - FinFun:
1.6.1 - C.Eco: 2.2 $ 10.000.000,00
Total: $ 10.000.000,00
Planilla Anexa N° 2
Modificación Presupuestaria N° 34759
Compensación Interjurisdlcclonal 'Ejercicio 2024
Recursos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro
Recursos: 1.90.033 Unidad Ejecutora Provincial M.E.
Partida Monto
1. Origen: Obligaciones a Cargo del Tesoro
12.2.6.24.3.68
AO: Bono de Compensación Ley XVII N° 102 - FinFun: - C.Eco
: 1.1 -$ 10.000.000,00
Total: -$ 10.000.000,00
2. Destino: Unidad Ejecutora Provincial M.E.
12.2.6.24.3.68
AO: Bono de Compensación Ley XVII N° 102 - FinFun: - C.Eco
: 1.1 $ 10.000.000,00
Total: $ 10.000.000,00