RAWSON, 20 DIC 2024

VISTO:
El Expediente N° 308 - SsC-SGG-24; y,
CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en e! Visto, se tramita el otorgamiento de subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las “Fiestas Populares año 2024 - 2025”, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los mencionados eventos, de acuerdo al detalle del Anexo A que acompaña al presente decreto;
Que los subsidios serán administrados y rendidos, por los señores Intendentes de los Municipios, de acuerdo al detalle del Anexo A que acompaña al presente decreto;
Que la Subsecretaría de Cultura promueve el apoyo a las Fiestas Populares, con el objetivo de estimular y consolidar la actividad cultural en las distintas localidades de nuestra Provincia;
Que parte fundamental necesaria para el desarrollo y el fomento cultural de la Provincia radica en la actividad cotidiana y permanente de nuestros artesanos y hacedores culturales de las distintas expresiones artísticas que encuentran en las Fiestas Populares, un espacio sólido para exponer sus producciones;
Que el Gobierno Provincial entiende que es fundamental alentar estas relaciones culturales y estimular a sus organizadores y a quienes accionan directamente en nuestro acervo cultural, porque ello contribuye a revalorar nuestra cultura;
Que es necesario a su vez establecer parámetros en pos de promover y dar eficiencia al desarrollo de los controles administrativos de las rendiciones de los aportes destinados a tal fin;
Que es esencial disponer formalmente el respeto a la normativa vigente, entendiendo que el Estado Provincial debe exigir el cumplimiento de las leyes en todos los ámbitos y fundamentalmente en los que auspicia;
Que obra en los actuados la respectiva designación de las personas responsables de administrar los fondos de subsidios otorgados por el Estado Provincial;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282 modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificado por Ley II N° 298;
Que los subsidios mencionados deberán ser rendidos ante el Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04;
Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Otorgar los subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las “Fiestas Populares año 2024 - 2025”, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los eventos, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($250.000.000,00), en las personas que se consignan como responsables de administrar los fondos de acuerdo al detalle del Anexo A que acompaña al presente decreto.
Artículo 2°. Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los TREINTA (30) días de recepcionados y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, remitiendo copia de la rendición de cuentas a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno.
Artículo 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($250.000.000,00), se imputará en la Jurisdicción 10 - SAP 14 - Programa 01 - Actividad 01 - Inciso 5.7.6.- Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2024.
Artículo 4°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 5°. Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.

DECRETO N° 1887


Localidad Intendente
28 de Julio Luka Emanuel Jones
Alto Río
Senguer Miguel AlejandroMongilardi
Camarones Claudia AlejandraLoyola
Corcovado Héctor Ariel Molina
Cholila Silvio Ubaldo Boudargham
Dolavon Dante Martín Bowen
El Hoyo César Fabian Salamin
El Maitén Oscar Rubén Cumien
Epuyén José Alfredo Contreras
Esquel Matías Federico Taccetta
Gaiman Darío Ernesto James|
Gobernador
Costa Miguel Ángel Gómez
Gualjaina Marcelo Horacio Limarieri
José de San
Martin Rubén Osvaldo Calpanchay
Lago Puelo Iván Fernández
Paso de Indios Héctor Eduardo Méndez
Puerto
Pirámides Perversi JorgeLuis
Rada Tilly Mariel Gimena Peralta
Rawson Damián Emanuei Biss
Rio Mayo Gustavo Daniel Loyaute
Rio Pico Santiago Diego Perez
Sarmiento Sebastián Angel Balochi
Tecka Jorge David Seitune
Trelew Gerardo Andrés Merino
Trevelin Héctor Ricardo Ingram