LEY I N° 807
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°. Declárase como Fiesta Popular de la Provincia del Chubut, en los términos de la Ley I N°791 marco normativo para el desarrollo de las Fiestas y Eventos Populares de la Provincia del Chubut, a los “Carnavales de Dolavon”, que se realizan anualmente en dicha localidad.
Artículo 2°. LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO

Rawson, 09 ENE 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la declaración como Fiesta Popular de la Provincia del Chubut, en los términos de la Ley I N° 791, a los “Carnavales de Dolavon”; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 19 de diciembre de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 807
Cúmplase, comuniquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.
DECRETO N° 07