Rawson, 20 ENE 2025
VISTO:
El Expediente N° 2221-AVP-2024; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona autorizar la adscripción de la agente Soraya Noemí Fabre, en la Secretaría General — Departamento Despacho de la Administración de Vialidad Provincial, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el día 31 de diciembre de 2025;
Que la agente Soraya Noemí Fabre, revista en el cargo de Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II -Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, del Plantel Básico del Ministerio de Producción;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que no existe impedimento en acceder a lo solicitado;
Que el presente acto administrativo, encuadra normativamente en el Artículo 12° de la
Ley XIX N° 11;
Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 3°, 4°, 5° y 7° del Decreto N°
1772/24;
Que el Departamento Personal y la Asesoría Legal, ambas dependientes de la Administración de Vialidad Provincial, han tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL PRESIDENTE DE LA ADMINISTRACION DE VIALIDAD PROVINCIAL
Y
LA MINISTRA DE PRODUCCIÓN
RESUELVEN:
Artículo 1°. Adscribir, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el día 31 de diciembre de 2025, en la Secretaría General - Departamento Despacho de la Administración de Vialidad Provincial, a la agente Soraya Noemí Fabre (DNI 25.656.631 - Clase 1976), quien revista en el cargo de Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II -Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, del Plantel Básico del Ministerio de Producción.
Artículo 2°. El Departamento Personal dependiente de la Secretaría General de la Administración de Vialidad Provincial, deberá remitir mensualmente un informe al Area de Personal del Ministerio de Producción, acerca del cumplimiento de las normas vigentes en materia de presentismo por parte de la agente mencionada en el artículo anterior, a los efectos de la respectiva liquidación de haberes.
Artículo 3°. La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Producción.
Artículo 4°. Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuniqúese a la Dirección General de Administración de Personal, notifíquese, vuelva al organismo oficiante y
cumplido, archívese.
RESOLUCION XV N° 05
RESOLUCION XXIII N° 07