RAWSON, 27 ENE 2025

VISTO:
El Expediente N° 1012/2024-SB; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se procede a designar en el cargo Directora le Conservación y Gestión de Parques y Reservas dependiente de la Dirección General de Política Forestal de la Secretaría de Bosques a la señora Escriche Florencia a partir de la fecha del presente decreto;
Que el artículo 155, inciso 3) de la Constitución Provincial, faculta al poder Ejecutivo i nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial;
Que es competencia de cada Ministro, Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del Personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764;
Que corresponde abonar el adicional por Jerarquía Profesional establecido por el Artículo 22 inciso f) de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307;
Que el cargo se encuentra vacante;
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que la Dirección de Recursos Humanos y Gestión Organizacional y la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría de Bosques han tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Designar a la señora Escriche, Florencia (DNI N° 29.974.005 - Clase 1983) en el cargo Directora de Conservación y Gestión de Parques y Reservas dependiente de la Dirección General de Política Forestal de la Secretaría de Bosques, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°. Abonar a la señora Escriche, Florencia (DNI N° 29.974.005 - Clase 1983) el adicional por Jerarquía Profesional establecido por el artículo 22 - inciso f) de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción: 68 - Secretaria de Bosques - SAF 68 - Secretaria de Bosques - Programa 3 —
Política Forestal - Actividad 1 - Conducción Política Forestal - Ejercicio 2025.
Artículo 4°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 5°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido, archívese.

DECRETO N° 71/2025