L E Y Nº 5486
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo1º. Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad, representada por su Administrador General Ing. Nelson Guillermo PERIOTTI, por una parte; y por la otra la Administración de Vialidad Provincial de la Provincia del Chubut, representada por su Interventor Agrimensor Julio Alberto OTERO, el día 7 de Septiembre de 2004 en la Ciudad de Buenos Aires; que tiene por objeto efectuar transferencias recíprocas entre los mencionados Organismos, encuadrado en lo dispuesto por el artículo 155° inciso 7) de la Constitución Provincial y de acuerdo al siguiente detalle: Vialidad Nacional transfiere a la Jurisdicción Provincial: a) Ruta Nacional N° 25 - Tramo: Empalme Ruta Provincial N° 62 (Pampa de Agnia) - Empalme Ruta Nacional N° 40 Sur - Progresivas Km. 419,43 - km. 591,12 - Longitud 171,69 Km.; b) Ruta Nacional N° 26 - Tramo: Empalme Ruta Provincial N° 20 - límite con Santa Cruz - Progresivas Km. 102,47 - km. 172,11 -Longitud 65,95 km. - Tramo límite con Santa Cruz -Empalme Ruta Nacional N° 40 Sur (Río Mayo) - Progresivas km. 193,25 - km. 254,51 - Longitud 61,92 km.; c) Ruta Nacional N° 40 -Tramo: Empalme Ruta Provincial N° 20 - Empalme Ruta Provincial N° 22 - Progresivas Km 1739,63 -km. 1937,10 - Longitud 197,60 km.; y Vialidad Povincial. transfiere a jurisdicción Nacional: a) Ruta Provincial N° 20 - Tramo: Empalme Ruta Nacional N° 26 - Empalme Ruta Nacional N° 40 - Progresivas Km. 0,00 - Km. 253,00 - Longitud 253 Km.; b) Ruta Provincial N° 22 - Tramo: Empalme Ruta Provincial N° 20 - Empalme Ruta Nacional N° 40 - Progresivas Km. 0,00 - Km. 54,00 - Longitud 54 Km.; c) Ruta Provincial N° 62 - Tramo: Empalme Ruta Nacional N° 25 (Pampa de Agnia) - Empalme Ruta Nacional N° 40 (Tecka) - Progresivas km. 0,00 - km. 108,00 - Longitud 108 Km., protocolizado al Tomo 3 Folio 096 del Registro de Contratos de Locación de Obras e inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 30 de Enero de 2006.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DECRETO PROMULGACION 635/06
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SEIS