LEY XX N° 91
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre el
Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por su Gobernador, Lie. Ignacio Agustín Torres, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, celebrado el día 28 de noviembre de 2024, protocolizado al Tomo 1, Folio 018 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el 08 de enero de 2025; suscripto con el objetivo de crear lazos recíprocos de colaboración a través de difusión y promoción de los múltiples activos culturales, económicos, históricos, educativos y otros.
Artículo 2°- LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.

RAWSON 28 DE MARZO 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Chubut y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 28 de noviembre de 2024, protocolizado al Tomo 1, Folio 018 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno en fecha 08 de enero de 2025; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el 20 de marzo de 2025, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N° 9 1
Cúmplase, comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletin Oficial
decreto N° 285/2025