LEY I N° 813
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1° - Declarase Día del Himno Provincial de Chubut, el día 28 de febrero de cada año en conmemoración a la fecha en que fue interpretado por primera vez, en el marco de los actos por el Centenario de la localidad de Gobernador Costa.
Artículo 2° - El Himno Provincial “Chubut te Espera” podrá ser interpretado en todos los actos oficiales que se realicen en los organismos públicos y privados, a continuación de la entonación del Himno Nacional Argentino.
Artículo 3°- Establécese que el Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Cultura desarrollarán las actividades necesarias para la difusión del Himno Provincial “Chubut te Espera” resaltando los valores identitarios que lo inspiran.
Artículo 4° - LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA H0N0RABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.-
RAWSON, 07 MAY 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a declarar Día del Himno Provincial de Chubut, el 28 de febrero de cada año en conmemoración a la fecha en que fue interpretado por primera vez; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el 15 de abril de 2025, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 813
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N°436/2025