RAWSON, 31 JUL 2025
VISTO:
El Expediente N° 645-SlEyP/IPV-2025; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 307 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2025;
Que por el Expediente N° 645-SIEyP/IPV-2025, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano solicita efectuar la creación en la Categoría Programática 30 - “Casa Propia”, Subprograma 02 - “Casa Propia - Casa Activa”, de la Actividad 01 - “Casa Propia - Casa Activa - Comodoro Rivadavia”, y en la Categoría Programática 30 - “Casa Propia”, Subprograma 01 - “Casa Propia - Construir Futuro”, del Proyecto 03 - “Viviendas en Dolavon” - Obra 06 - “ Viviendas en Dolavon”, en la Fuente de Financiamiento 2.22, y dotarlo de crédito presupuestario necesario para lo cual solicita una modificación presupuestaria a fin de imputar los certificados de obra;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 2, inciso a) de la Ley II N° 307, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Crease en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Categoría Programática 30 - “Casa Propia”, Subprograma 02 - “Casa Propia - Casa Activa”, de la Actividad 01 - “Casa Propia - Casa Activa - Comodoro Rivadavia”, y en la Categoría Programática 30 - “Casa Propia”, Subprograma 01 - “Casa Propia - Construir Futuro”, del Proyecto 03 - “Viviendas en Dolavon” - Obra 06 - “ Viviendas en Dolavon”,, con la Fuente de Financiamiento 2.22.
Artículo 2°. Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2025, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1 que forma parte
del presente decreto.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuniquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas y, cumplido, archívese.

DECRETO N° 896 /2025

Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 36267
Compensación - Ejercicio 2025
Compensación sobre Gastos: 2.08.302 Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano

Partida Monto
1. Origen: Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
23.06.42.001.4.2.1.01.2.22
AO: Viviendas en Puerto Madryn - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.2 -$ 280.370.000,00
23.09.04.A01.5.8.6.01.2.22
AO: Viviendas Asistidas Ley Nac. de Salud Mental N° 26.657 -
FinFun: 3.7.1 - C.Eco: 2.2 -$ 90.000.000,00
30.02.00.A02.5.8.6.01.2.22
AO: Casa Propia - Casa Activa Trelew - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.2 -$ 888.400.000,00
30.03.01.001.4.2.1.01.2.22
AO: Viviendas en Gualjaina - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.2 -$ 241.230.000,00
Total: -$ 1.500.000.000,00

2. Destino: Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
30.01.03.006.4.2.1.01.2.22
AO: Viviendas en Dolavon - FinFun: 3.7.1 - C.Eco : 2.2 $ 500.000.000,00
30.02.00. A01.5.8.6.01.2.22
AO: Casa Propia - Casa Activa Comodoro Rivadavia - FinFun: 3.7.1 -
C.Eco : 2.2 $ 1.000.000.000,00
Total: $ 1.500.000.000,00