RAWSON, 10 JUL 2025
VISTO:
El Expediente N° 1390/2025 SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Tecka, representada por su Intendente señor Jorge David Seitune, por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000,00), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada Municipalidad;
Que a fojas 10 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno;
POR ELLO:
LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000,00) a favor de la Municipalidad de Tecka (CUIT N° 30-99922115-3), representada por su Intendente, señor Jorge David Seitune (DNI N° 10.147.500), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada Municipalidad.
Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Tecka (CUIT N° 30- 99922115-3) señor Jorge David Seitune (DNI N° 10.147.500), será responsable de la administración, y debida inversión de los fondos otorgados.
Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo 1° de la presente resolución deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento la presente resolución, y que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAFIO - Programa 20 - Actividad 1 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11-Ejercicio 2025.
Artículo 5°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Asuntos Municipales.
Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese, y cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 369