LEY I N° 829
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1° - Adhiérase la Provincia del Chubut a la Ley Nacional N° 26.316 que instituye el día 19 de noviembre de cada año como "Día para la Prevención del Abuso contra Niños, Niñas y Adolescentes", con el objeto de reconocer y difundir esta problemática social.
Artículo 2°- Establézcase los días 19 de noviembre de cada año la realización de jornadas de divulgación y concientización sobre la problemática de Abuso contra Niños, Niñas y Adolescentes, en todos los niveles de los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.
Artículo 3° - El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut difundirá en el ámbito educativo, la Guía elaborada por UNICEF a los fines de brindar orientación y asesoramiento en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 4° - Invitar a los municipios de la Provincia del Chubut a adherir a la presente Ley.
Artículo 5° - LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE AGOSTD DE DOS MIL VEINTICINCO.- '
RAWSON, 04 SEP 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a adherir a la Ley Nacional N° 26.316 que instituye el día 19 de noviembre como el “Día para la Prevención del Abuso contra Niños, Niñas y Adolescentes”; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 21 de agosto de 2025, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el Artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 829
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N° 1059/2025