RAWSON, 01 OCT 2025
VISTO:
El Expediente N° 1285/25-SAyCDS; y
CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Comuna Rural de Paso del Sapo, representada por el señor Presidente de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso del Sapo Víctor David Candía, Documento Nacional de Identidad N° 25.520.837, y por la señora Tesorera de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso del Sapo, Pamela Ayelen Fernández, Documento Nacional de Identidad N° 36.523.306, por un importe total de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000,00), destinado a llevar a cabo el proyecto “Basural de
Paso del Sapo";
Que la presente medida es impulsada en el marco del programa “Chubut Sustentable”, creado por medio de la Resolución N° 53/24-SAyCDS, de fínanciamiento a municipios y comunas rurales, destinado a proyectos de mejora en la gestión ambiental y promoción de acciones sustentables;
Que a fojas 25 del expediente citado en el Visto, se encuentra el Preventivo N° 556998;
Que a fojas 26 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto;
Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico;
Que la Comuna Rural de Paso del Sapo, solicita formalmente a fojas 02, mediante Nota N° 174/2025-CRPDS, la asistencia económica para llevar a cabo el proyecto “Basural de Paso del Sapo";
Que el señor Presidente de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso de! Sapo y la señora Tesorera de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso del Sapo, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico, por la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000.00);
Que han tomado intervención en el presente trámite la Dirección General de Administración y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgase un aporte económico en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, por la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000,00), a favor de la Comuna Rural de Paso del Sapo, representada por el señor Presidente de la Junta Vecinal, Víctor David Candía, Documento Nacional de Identidad N° 25.520.837, y por la señora Tesorera de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso del Sapo, Pamela Ayelen Fernández, Documento Nacional de Identidad N° 36.523.306, destinado a llevar a cabo el proyecto “Basural de Paso del Sapo".
Artículo 2°. Designase corno responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo anterior, al señor Presidente de la Junta Vecinal, Víctor David Candía, Documento Nacional de Identidad N° 25.520.837, y a la señora Tesorera de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Paso del Sapo, Pamela Ayelen Fernández, Documento Nacional de Identidad N° 36.523.306.
Artículo 3°. El aporte económico otorgado deberá ser invertido durante los TREINTA (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, según lo estipulado por los incisos 5 y 6 del artículo Io del Decreto N° 1304/78.
Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro, o depositarlos en la Cuenta N° 021-020-000203443-007 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut.
Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Ubicación Geográfica: 11999 - Ambito Provincial - Programa: 01 - Conducción y Administración - Actividad: I - Inciso: 5 - Partida Principal: 7 - Partida Parcial: 6 - Aportes a gobiernos municipales-Fuente de Financiamiento: 3.11 - Ejercicio 2025.
Artículo 6°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 7°. Regístrese, notifíquese, comuniquese al Tribunal de Cuentas, y cumplido, archívese.
DECRETO N° 1210