Rawson, 02 OCT 2025
VISTO:
El Expediente N° 2096/2025-MP, los Decretos N° 1304/78, N° 1232/00 y N° 2424/04; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita el otorgamiento de un subsidio por la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000), a favor de la Municipalidad de Trelew, CUIT N° 30-99922306-7;
Que a fojas 02 consta Nota N° 1413 de fecha 09 de septiembre de 2025 suscripta por el intendente de la Municipalidad de Trelew, señor Gerardo Andrés Merino, mediante la cual solicita asistencia financiera de Pesos Veinticinco Millones ($ 25.000.000) a fin de optimizar y poner en marcha el inicio al Plan de Remediación 1° Etapa, a efecto de dar solución a la situación ambiental actual de la Laguna Cacique Chiquichano de la ciudad de Trelew, obrando al pie autorización de la Ministra de Producción;
Que a fojas 04 a 17 consta Informe Técnico referido a la situación ambiental de la Laguna Cacique Chiquichano elaborado por la Coordinación de Ambiente dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos y Ambiente de la Municipalidad de Trelew;
Que a fojas 24, corre agregada la imputación preventiva del gasto, con fecha 19 de septiembre de 2025;
Que el presente trámite se encuadra en lo proscripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, Decretos N° 1232/00 y 2424/04;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Producción interviene según su competencia;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgar un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000), a favor de la Municipalidad de Trelew CUIT N° 30-99922306-7, en la persona de su intendente, señor Gerardo Andrés Merino (DNI N° 25.710.148), destinado a poner en marcha el inicio del Plan de Remediación 1° Etapa, a efecto de dar solución a la situación ambiental actual de la Laguna Cacique Chiquichano de la ciudad de Trelew, contemplando el proyecto medidas de control permanente, monitoreo ambiental sistemático y mecanismos de alerta temprana, encontrándose las especificaciones técnicas y los costos de dicho Plan detallados en el informe técnico elaborado por la Coordinación de Ambiente dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos y Ambiente de la Municipalidad de Trelew, que se adjunta al presente expediente.
Artículo 2°. Autorizar a la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción a transferir la suma detallada en el artículo precedente.
Artículo 3°. De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78, el intendente de la Municipalidad de Trelew, señor Gerardo Andrés Merino (DNI N° 25.710.148), será el responsable de los fondos otorgados, y dispondrá de un plazo de SESENTA (60) días para su utilización en el objeto para el cual fueran asignados y de SESENTA (60) días para su rendición por ante el Tribunal de Cuentas Provincial, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción.
Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443/7 - CBU: 0830021807002034430076 - Tesorería General de la Provincia del Chubut, CUIT N° 33-70958486-9 - Banco del Chubut S.A., sucursal Rawson, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará con cargo a la Jurisdicción 67 - SAF 67 - Programa 01 - Actividad 01 - I.P.P. 5.7.6.01 - Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2025.
Artículo 6°. El presente decreto será refrendado por los Ministros, Secretarios de Estado en los Departamentos de Producción, y de Gobierno.
Artículo 7°. Regístrese, comuniquese, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese.
DECRETO N° 1217