RAWSON 07 NOV 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por Ley V N° 201, de fecha 27 de febrero de 2025, la Legislatura Provincial sancionó la enmienda de los artículos 247 y 248 de ly sometida a referendum popular el día 26 de octubre del corriente año;
Que mediante Comunicación Oficial de fecha 6 de noviembre de 2025, la Secretaría Electoral Permanente remitió copia del Acta N° 4/2025 y de las Resoluciones N° 01/2025 y N° 02/2025 del Tribunal Electoral Provincial, con el resultado de la aprobación de la enmienda de los artículos sometidos a referendum;
Que a tenor de lo dispuesto por el artículo 271 C.P. corresponde al Poder Ejecutivo Provincial promulgar la enmienda aprobada;

POR ELLO:

Téngase por promulgada de manera definitiva e incorporada al texto de la Constitución Provincial la enmienda sancionada por Ley V N° 201.
Cúmplase, comuniquese y publíquese en el Boletín Oficial.
DECRETO N° 1389/2025