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Título: MODIFICASE EL INCISO d) DEL ARTICULO 31º DE LA LEY Nº 3146 |
Fecha Registro: 12/07/1989 |
Detalle: RAWSON 12 JULIO 1989 LEY Nº 3341 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º).- Modifícase el inciso d) del Artículo 4º de la Ley Nº 3146, el cual quedará recatado de la siguiente manera: d) Importe o bienes de herencias vacantes. Artículo 2º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo. LEY Nº 3341/1989 |
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