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Decreto 1423 / 2001 José Luis Lizurume  (DEJADO SIN EFECTO)

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Título: IMPLEMENTACION DE LA EDUCACION POLIMODAL Y DE LOS TRAYECTOS PECNICOS PROFESIONALES.
 
Fecha Registro: 26/09/2001
 
Detalle:

VISTO:
El Expediente N° 2577-ME-01, y;
CONSIDERANDO:
Que por imperio de la Ley Federal de Educación N° 24.195, que determina una nueva estructura del sistema educativo nacional, en la Provincia del Chubut se generalizó el Tercer Ciclo de la Educación General Básica (EGB 3) y se inició la implementación experimental de la Educación Polimodal (EP) y los Trayectos Técnico Profesionales (TTP), en el marco de la Ley Provincial N° 4337;
Que en el año 2000 se completó la generalización del Tercer Ciclo de la educación General Básica (EGB 3);
Que por ello corresponde implementar la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales en todos los establecimientos educativos del territorio provincial donde se brinda esta oferta para adolescentes a partir del Ciclo Lectivo 2001;
Que la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut sancionó la Ley N°4718, por medio de la cual se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a dictar la normativa necesaria para la implementación y generalización de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales en la totalidad del territorio provincial;
Que corresponde reconocer y aprobar lo actuado durante la experiencia de implementación anticipada de la Educación Polimodal y lo que esto ha aportado para su generalización;
Que el Artículo 1' de la Ley Provincial N° 4718 faculta al Señor Gobernador de la Provincia del Chubut, a delegar en el Ministerio de Educación la atribución de dictar las normativas que aseguren la adecuada organización escolar y pedagógica de la Educación Polimodal y su articulación con los Trayectos Técnico-Profesionales;
Que dichas normativas deben respetar las Resoluciones del Consejo Federal de Cultura y Educación (CFCE), asegurando que las certificaciones y títulos que se otorguen tengan validez nacional;
Que es menester se produzca una genuina transformación educativa en este nivel educativo, de modo tal que se traduzca en una mejora real de la calidad de los aprendizajes de los alumnos a partir de una renovación de las prácticas docentes que permita dar respuestas a las demandas educativas que la sociedad plantea y que la Ley Federal de Educación establece;
Que el ordenamiento normativo existente surgió en respuesta al antiguo sistema educativo, y que dicho ordenamiento posee contradicciones por sus distintos orígenes y concepciones de la educación, que no se ajustan a las nuevas realidades sociales, culturales y productivas, por lo cual resulta indispensable su revisión;
Que al producirse la generalización de la Educación Polimodal (EP) y de postrayectos Técnico-Profesionales (TTP), deben corregirse las limitaciones y contradicciones de los diversos instrumentos legales preexistentes que se originaron en el antiguo sistema educativo, y elaborar normativa acorde a las nuevas necesidades escolares y pedagógicas, generando nuevos textos legales que recepten las demandas que surgen de la nueva realidad;
Que ya existe normativa provincial para la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales utilizada durante la etapa prevista en la Ley N °4337, y que parte de ella es adecuada y pertinente para la presente generalización prevista en la Ley N° 4718;
Que todo marco instrumental y procedimental que se dicte para la implementación de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales debe tener como único y trascendente objetivo, el logro de los aprendizajes propuestos a los alumnos, para que exista una efectiva adquisición de competencias que aseguren su inserción en la sociedad, cumpliendo con las funciones de este nivel educativo;
Que el Ministerio de Educación debe llevar a cabo las acciones de coordinación, supervisión y contralor del proceso de transformación educativa en todas las instituciones de este nivel educativo;
Que todas las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada que oferten la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales en la Provincia del Chubut, deben encuadrarse en el marco normativo que se define a tal fin;
Que para ello debe caracterizarse el modelo de organización y gestión de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales;
Que en dicho marco resulta conveniente identificar de modo diferenciado a los establecimientos educativos que ofertan la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales;
Que atendiendo a las recomendaciones del Consejo Federal de Cultura y Educación, la Resolución MCE N° 80/99 pasó a denominar "Institutos" a las ex Escuelas Superiores, y que siguiendo las mismas orientaciones federales deben de nominarse "Colegio" los establecimientos educativos que ofertan la Educación Polimodal (EP) y los Trayectos Técnico-Profesionales (TTP) con o sin Tercer Ciclo de la Educación General Básica (EGB 3);
Que el logro de las competencias previstas en la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales se afianza cuando las instituciones educativas organizan sus ofertas y su currículum en articulación con las demandas de los sectores sociales, culturales y productivos;
Que por ello resulta necesario establecer diferentes acuerdos y convenio con diversas instituciones educativas, organismos Gubernamentales, municipios, sindicatos, organizaciones no gubernamentales (ONG's), para que ello aporte nuevas y superadoras propuestas de desarrollo académico;
Que el Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Educación Polimodal, debe favorecer la concreción de acuerdos y convenios que aporten a una permanente mejora de las ofertas educativas y a su articulación con el mundo del trabajo;
Que para ello es conveniente que los establecimientos educativos se organicen en redes junto a otras instituciones educativas y a organizaciones que estimulen el desarrollo de proyectos formativos;
Que la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Educación ha emitido el correspondiente dictamen, sin observaciones legales al instrumento a ser dictado;
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1-DELEGASE en el Ministerio de Educación la atribución de dictar toda normativa que resulte necesaria para la implementación de la Educación Polimodal (EP) y de los Trayectos Técnico-Profesionales (TTP), en concordancia con lo resuelto por el Consejo Federal de Cultura y Educación, y que la misma asegure una organización escolar y pedagógica acorde con las demandas sociales actuales y que responda a las necesidades del nuevo Sistema Educativo.
Artículo 2-RECONÓCESE y APRUÉBESE lo actuado por el Ministerio de Educación en la implementación de la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales como experiencia educativa en todos los establecimientos educativos en donde se definió la existencia de esta oferta, a partir del inicio del Ciclo Lectivo 1998 y hasta la fecha del dictado del presente Decreto.
Artículo 3- IMPLEMÉNTESE la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-
Profesionales en todos los establecimientos educativos en donde así lo determine el Ministerio de Educación a partir de la fecha del dictado del presente Decreto.
Artículo 4-ESTABLÉCESE que todo ordenamiento normativo deberá priorizar una organización pedagógica que asegure efectivamente a los alumnos el logro de los aprendizajes propuestos.
Artículo 5-ESTABLÉCESE que pasan a denominarse COLEGIOS los establecimientos educativos de gestión estatal que ofertan la Educación Polimodal en sus diferentes modalidades, Trayectos Técnico-Profesionales, y que además puedan incluir ofertas formativas de otro nivel como Tercer Ciclo de la Educación General Básica y/o niveles de Educación Técnico-Profesional previo a los TTP o especializaciones posteriores.
Artículo 6- DETERMINASE que el Ministerio de Educación, en el ámbito de la LeyN° 4718, deberá coordinar, supervisar y controlar el proceso de transformación previsto en la misma. Asimismo deberá tomar los recaudos para asegurar el seguimiento de las acciones previstas, definir nuevos roles y funciones que reemplacen a los que no responden al nuevo modelo de gestión y organización, procederá reordenar los recursos humanos existentes y supervisar el funcionamiento de la nueva estructura organizativa. En ese contexto, la Dirección General de Educación Polimodal actuará como órgano de coordinación de todas las acciones para las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada.
Artículo 7-ESTABLÉCESE que el marco organizacional de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales en todos los establecimientos educativos deberá responder a lo establecido en el Anexo 1 (Hojas 1 a 15) del presente Decreto.
Artículo 8- ESTABLÉCESE que el currículum de la Educación Polimodal es el establecido en la Resolución ME N° 140/01 "Diseño Curricular de la Educación Polimodal" y sus modificatorias y actualizaciones.
Artículo 9- DETERMINASE que la evaluación, acreditación y certificación de estudios de los alumnos de la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales se hará conforme lo establece la Resolución ME N° 72101"Régimen de Evaluación, Acreditación y Promoción para la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales en la Provincia del Chubut", y sus modificatorias y actualizaciones.
Artículo 10- DETERMINASE que la localización de ofertas educativas deEducaciónPolimodalyTrayectosTécnico-Profesionalesysuactualización se hará de acuerdo a lo establecido en "Localización de las ofertas de Educación Polimodal y Trayectos Técnico-Profesionales", que como el Anexo II (Hojas 1 a 6) forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 11 - La organización de los recursos humanos para la cobertura de Espacios Curriculares se hará según lo establece la Resolución XIII N°169/99 y sus modificatorias y actualizaciones.
Artículo 12- ESTABLÉCESE que la implementación de los Trayectos Técnico-Profesionales deberá responder a lo establecido en sus dimensiones curriculares y organizativas a lo establecido en la Resolución XIII N° 74/99, y sus modificatorias y actualizaciones.
Artículo 13- Los criterios para la cobertura de los módulos de Trayectos Técnico-Profesionales se harán conforme a lo establecido en la Resolución XIII
N° 170/99 y sus modificatorias y actualizaciones.
Artículo 14- ESTABLÉCESE que el Ministerio de Educación definirá en el marco de la implementación de los Trayectos Técnico-Profesionales, la normativa tendiente a la ejecución de proyectos educativos que se vinculen efectivamente a las demandas sociales, culturales y productivas, para lo cual podrán instrumentarse acuerdos y convenios y estimular el trabajo articulado enredes.
Artículo 15- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretaria de Estado en el Departamento de Educación.
Artículo 16- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO 1423/01

ANEXO 1-
EDUCACIÓN POLIMODAL (EP) TRAYECTOS TÉCNICO-PROFESIONALES (TTP)
EN LA PROVINCIA DEL CHUBUT

1. Caracterización general de la Educación Polimodal
1.1. Antecedentes Normativos .Marco Legal Nacional
1.1.1. LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN (Ley N'24195)
La Educación Polimodal es un nivel educativo que integra la estructura del Sistema Educativo Nacional que tiene su origen en la Ley Federal de Educación, sancionada en abril de 1993, que establece las siguientes definiciones sobre la misma:

De su duración
Título 111: Estructura del sistema educativo nacional
Capítulo I: Descripción general
Artículo 10) - La estructura del sistema educativo, que será implementada en forma gradual y progresiva, estará integrada por:
Inciso c) Educación Polimodal, después del cumplimiento de la Educación General Básica, impartida por instituciones específicas de tres años de duración como mínimo.

De sus objetivos
Título III: Estructura del sistema educativo nacional
Capítulo IV: Educación Polimodal
Artículo 16) - Los objetivos del ciclo Polimodal son:
a) Preparar para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de ciudadano/a en una sociedad democrática moderna, de manera de lograr una voluntad comprometida con el bien común, para el uso responsable de la libertad y para la adopción de comportamientos sociales de contenido ético en el plano individual, familiar, laboral y comunitario.
b) Afianzar la conciencia del deber de constituirse en agente de cambio positivo en su medio social y natural.
c) Profundizar el conocimiento teórico de un conjunto de saberes agrupados según las orientaciones siguientes: humanística, social, científica y técnica.
d) Desarrollar habilidades instrumentales, incorporando el trabajo como elemento pedagógico, que acrediten para el acceso a los sectores de producción y del trabajo.
e) Desarrollar una actitud reflexiva y crítica ante los mensajes de los medios de comunicación social.
f) Favorecer la autonomía intelectual y el desarrollo de las capacidades necesarias para la prosecución de estudios ulteriores.
g) Propiciar la práctica de la educación física y del deporte, para posibilitar el desarrollo armónico e integral del/la joven y favorecer la preservación de su salud psicofísica.

De la organización institucional
Artículo 17)-La organización del ciclo Polimodal incorporará con los debidos recaudos pedagógicos y sociales, el régimen de alternancia entre la institución escolar y las empresas. Se procurará que las organizaciones empresarias y sindicales asuman un compromiso efectivo en el proceso de formación, aportando sus iniciativas pedagógicas, los espacios adecuados y el acceso a la tecnología del mundo del trabajo y la producción.

De las modalidades
Título XII: Disposiciones transitorias y complementarias

Artículo 66) - El Ministerio de Cultura y Educación y las autoridades educativas de las provincias y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, acordarán en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación, inmediatamente de producida la promulgación de la presente ley y en un plazo no mayor de un año:

Inciso b). Las modalidades del Ciclo Polimodal atendiendo a las demandas del campo laboral, las prioridades comunitarias, regionales y nacionales y la necesaria articulación con la educación superior.

De la vinculación con la Formación Profesional
Artículos 18° y 20°
Articulo 18) - La etapa Profesional de Grado no Universitario se cumplirá en los Institutos de Formación Docente o equivalentes y en Institutos de Formación Técnica que otorgarán Títulos Profesionales y estarán articulados horizontal y verticalmente con la Universidad.
Articulo 20) - Los Institutos de Formación Técnica tendrán como objetivo el de brindar formación profesional y reconversión permanente en las diferentes áreas del saber técnico y práctico de acuerdo con los intereses de los alumnos y la actual potencial estructura ocupacional.

1.1.2. ACUERDOS Y RESOLUCIONES DEL
CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN (CFCE)

•Resolución N° 26193
Aprobación de la Metodología para acordar los aspectos prioritarios para la Aplicación de la Ley Federal de Educación.

•Resolución N° 30193
Apoyo al acuerdo de las provincias relativo a la Estructura del Sistema Educativo Nacional. Caracterización de los niveles y ciclos en la estructura y gradualidad de la implementación del Sistema Educativo Nacional.

Con respecto al nivel Polimodal, la Resolución N° 30 del CFCE establece las siguientes finalidades y articulación con el mundo del trabajo:

Finalidad
La Educación Polimodal da respuesta a múltiples y complejas demandas provenientes de los diversos sectores de la sociedad:
-la presión social y académica por el acceso a los estudios superiores, lo que ha signado fuertemente el perfil histórico de los estudios secundarios tradicionales;
-las demandas de preparación para la vida laboral, considerando la proximidad de inserción activa de la juventud en un mundo de trabajo cambiante y cada vez más competitivo;
-la incorporación de los avances científicos y tecnológicos que son imprescindibles hoy para una formación general actualizada y para un eficiente desempeño productivo;
-la necesidad de desarrollar competencias y capacidades que preparen para la transición a la vida adulta, para actuar en diversos contextos sociales y para la participación cívica con responsabilidad y autonomía, dentro de un marco explícito de valores morales y sociales.

Funciones de la Educación Polimodal
-Función propia: tiene un valor en sí mismo en función de los objetivos y contenidos curriculares específicos, que caracterizan este nivel:
-fortalecer la formación del ciudadano y articular valores para la participación consciente y responsable.
-profundizar el desarrollo de las competencias comunicacionales, matemáticas, socio-históricas y científico-tecnológicas para comprenderlos procesos globales y manejarse en un mundo cada vez más complejo y competitivo.
-ofrecer saberes orientados hacia un sector o rama de la actividad productiva para incorporarse activa y reflexivamente al desempeño en el mundo del trabajo.
-Función propedéutica: hacia los estudios superiores que representan no sólo un requerimiento académico de articulación entre niveles educativos sino también una demanda social. Quienes completan la Educación Polimodal pueden aspirar legítimamente a continuar estudios superiores. Esto implica la necesidad de:
-articular los trayectos educativos, como prolongación de la educación general básica y como orientación hacia la profundización en estudios superiores.
-asegurar una formación relevante y actualizada para todos los estudiantes y el desarrollo de competencias específicas en las áreas humanística, social, científica y técnica, que les permita condiciones equitativas de participación cultural.
-dar respuesta a las demandas del contexto social diversificado que determina trayectorias educativas y laborales diversas, y a las necesidades y expectativas de los distintos actores.

-Articulación con el mundo del trabajo
La articulación con el mundo del trabajo no implica un adiestramiento altamente específico para un determinado empleo. Por el contrario, se hace necesario favorecer experiencias educativas significativas en áreas de la actividad productiva, articuladas con sus respectivos campos de conocimiento.
Esta propuesta es especialmente relevante tanto desde el punto de vista de las
necesidades del estudiante que por su etapa evolutiva no debe ser impulsado a una definición temprana y definitiva sobre su inserción laboral, como desde la lógica del mercado de trabajo, altamente inestable y cambiante, que requiere cierta polivalencia de los trabajadores, con capacidad para resolver problemas y con versatilidad para múltiples ocupaciones.

•Resoluciones N° 41195 y 43195
Se aprueban en la búsqueda de determinar pautas para la transformación en la organización y gestión de las instituciones educativas y en el rol de los distintos actores que intervienen en y con ellas.

•"La Educación Polimodal"(Acuerdo Marco Serie A N° 10)
Se determina que la EP debe cumplir con tres funciones básicas: la formación del/ciudadano/a, la preparación para proseguir estudios superiores y la formación para desempeñar actividades laborales, integrando estas funciones en una oferta educativa que desarrolle en los jóvenes un mismo núcleo de competencias fundamentales, con valor formativo y social equivalentes. Esto debe cumplirse a través de una Formación General de Fundamento (FGF), que profundiza y amplía los contenidos de la Educación General Básica y una Formación Orientada (FO) que contextualiza la anterior en función de los distintos campos del conocimiento y del quehacer social y productivo. Ambas dan lugar a cinco modalidades: Ciencias Naturales; Economía y Gestión de las Organizaciones; Humanidades y Ciencias Sociales; Producción de Bienes y Servicios y Comunicación, Artes y Diseño. Por otra parte establece las pautas básicas para la Organización de la Educación Polimodal indicando, entre otros aspectos, que cada provincia elaborará un Mapa de la Oferta Educativa para el nivel y la posibilidad de articulación con Trayectos Técnico-Profesionales. Por último se determina que los contenidos de la E.P. serán de tres tipos: Contenidos Básicos Comunes (CBC); Contenidos Básicos Orientados (CBO) y Contenidos Diferenciados (CD)
•"Los Trayectos Técnico-Profesionales"(Acuerdo Marco Serie A N° 12)
Los TTP son definidos como ofertas articuladas con la Educación Polimodal que se proponen desarrollar competencias profesionales que aseguren un desempeño polivalente dentro de áreas ocupacionales cuya complejidad exige la adquisición de una cultura tecnológica específica de carácter profesional, lo que supone una formación sistemática y prolongada. Su organización curricular, de carácter modular, se estructura a partir de perfiles profesionales que especifican las competencias profesionales del egresado y que deben determinarse a partir del análisis de las áreas ocupacionales en que se desempeñará como técnico. En las definiciones y análisis pertinentes deben participar necesariamente actores de la comunidad productiva. Se establecen pautas para la planificación y ejecución de la oferta de TTP exigiéndose la determinación del Mapa Jurisdiccional de Oferta de Trayectos Técnico-Profesionales.

"Contenidos Básicos para la Educación Polimodal"(Resolución CFCE N° 57197)
Se definen Contenidos Básicos Comunes (CBC)y Contenidos Básicos Orientados(CBO).Los primeros profundizan la formación de la EGB, corresponden a la Formación General de Fundamento y son comunes a todas las modalidades. Su desarrollo demanda un mínimo del 50% de la carga horaria mínima prevista para el nivel. Los CBO profundizan y contextualizan los CBC correspondiéndose con la . Formación Orientada y con cada una de las modalidades. Pueden ocupar el 30% de la carga horaria. Ambos reúnen contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales agrupados en Capítulos y dentro de ellos en Bloques, acompañados de una síntesis explicativa y expectativas de logro de los alumnos.
•"Estructura Curricular Básica para Educación Polimodal"(Acuerdo marco Serie A N° 17)
Se enuncian los fundamentos para la definición de una estructura curricular básica para el nivel y la caracterización de la misma, estableciendo los tipos de espacios curriculares (diferenciando Espacios Curriculares de todas las Modalidades; Propios de cada Modalidad y de Definición Institucional) y las reglas de composición a tener en cuenta en las jurisdicciones para la definición de las estructuras curriculares específicas de cada modalidad.
•"Perfiles Profesionales y Bases Curriculares de los Trayectos Técnico-Profesionales"
(Resolución CFCE. N° 86198)
Se aprueban los Documentos Base de los primeros once (11) Trayectos Técnico-Profesionales: Equipos e Instalaciones Electromecánicas; Electrónica ;Industrias de Procesos; Comunicación Multimedial; Salud y Ambiente; Gestión Organizacional; Informática Profesional y Personal; Tiempo Libre, Recreación y Turismo; Producción Agropecuaria; Construcciones y Maestro Mayor de Obras .Los Documentos Base cumplen dos funciones:
•Definircompetencias profesionales y bases curriculares como estándares para ofertas de TTP que otorguen títulos y certificaciones de validez nacional•Desarrollar un lenguaje compartido entre instituciones educativas y con el mundo productivo para la mejora permanente en la calidad de la formación.
Se conjugan así dos perspectivas; el mundo del trabajo aporta el análisis de la actividad profesional y los estándares de desempeño competente; el mundo de la formación, la identificación de capacidades de base y la organización de procesos formativos que apunten a su desarrollo.

En cada uno de ellos se define:
•El perfil profesional, articulando a través de la expresión de la competencia general del técnico, un conjunto de realizaciones que éste puede demostraren diversas situaciones de trabajo mediante la identificación de las actividades profesionales, la definición de los criterios de realización y de los alcances y condiciones del ejercicio profesional.
•Las bases curriculares, que parten de la identificación y formulación de competencias profesionales, base de la competencia del técnico, para orientar el proceso formativo ya que indican el resultado a alcanzar en él. Así se determinan las áreas modulares y dentro de ellas los módulos de aprendizaje, conformándose dos tipos de trayectos formativos, los trayectos técnico profesionales, cuyo cumplimiento permite accederá una formación acreditada a través del título de técnico y los itinerarios formativos, recorridos más acotados que se acreditan a través de la certificación de una calificación profesional.
•"Evaluación, Acreditación y Promoción"(Acuerdo Marco Serie A N° 22)
Establece, criterios rectores y un parámetro nacional de evaluación con escala numérica para el Sistema Educativo Nacional para EGB 3, Polimodal y los TTP.

1.2. La Educación Polimodal en la Provincia del Chubut.
1.2.1. Funciones de la Educación Polimodal
La educación de los/as jóvenes adolescentes en la Provincia del Chubut, al igual que en el nivel federal ,busca garantizar tres funciones básicas:
-la formación del ciudadano/a,
-la preparación para proseguir estudios superiores y
-la formación para desempeñar actividades laborales.
Los cambios producidos en la sociedad contemporánea han transformado los modos de concebir tales funciones. Los límites entre ellas se pueden hacer difusos y cada vez es más claro que los conocimientos, valores y destrezas que se consideran necesarios para cumplir cada una de esas funciones juegan un rol central en las demás.
La sociedad demanda de su sistema educativo un tipo de formación que desarrolle y fortalezca en todos/as los/as estudiantes un mismo núcleo de competencias fundamentales, que les permitan actuar y aprender en los diversos ámbitos de desempeño,enfrentando situaciones complejas, cambiantes e inciertas con responsabilidad,espíritu crítico y solvencia práctica.
Atendiendo a esta realidad, la Ley Federal de Educación concibe a la Educación Polimodal con un enfoque que integra plenamente estas funciones históricamente diferenciadas en una misma oferta para brindar una preparación equilibrada, con valor formativo y social equivalente, para todos los/as estudiantes que lo cursen.
Esto significa que la Educación Polimodal debe cumplir en forma integrada y equivalente las siguientes funciones:
•Función ética y ciudadana: para brindar a los/as estudiantes una formación que profundice y desarrolle valores y competencias vinculados con la elaboración de proyectos personales de vida y con la integración a la sociedad como personas responsables, críticas y solidarias.
•Función propedéutica: para garantizar a los/as estudiantes una sólida formación que les permita continuar cualquier tipo de estudios superiores desarrollando capacidades permanentes de aprendizaje.
•Función de preparación para la vida productiva: para ofrecer a los/as estudiantes una orientación hacia amplios campos del mundo del trabajo, fortaleciendo las competencias que les permitan adaptarse flexiblemente a sus cambios y aprovechar sus posibilidades.
La Educación Polimodal cumplirá estas funciones a través de dos tipos deformación:
•Una Formación General de Fundamento (FGF) que retomará, con mayores niveles de complejidad y profundidad, los contenidos de la Educación general Básica;
•Una Formación Orientada (FO) que desarrollará, contextualizará y especificará los contenidos de la Formación General de Fundamento, atendiendo a distintos campos del conocimiento y del quehacer social y productivo.

1.2.2. La Formación General de Fundamento y la Formación Orientada
Retomando los contenidos de la EGB, la Formación General de Fundamento asegurará una sólida base de competencias comunes que se requieren para participar activa, reflexiva y críticamente en los diversos ámbitos de la vida social.Esta formación debe ser concebida como una consolidación y profundización del conjunto de capacidades que las/os estudiantes han desarrollado en el transcurso del ciclo obligatorio de la enseñanza.
De este modo se asegurará que todos los/as estudiantes que hayan cursado a Educación Polimodal sean capaces de:
•Pensar y comunicarse adecuadamente haciendo uso del lenguaje oral y escrito; del lenguaje matemático, del lenguaje corporal y los lenguajes artísticos, de tecnologías como las informáticas, gestiónales y otras, y de procedimientos sistemáticos de análisis y resolución de problemas complejos.
•Adquirir, integrar y aplicar conocimientos provenientes de distintos campos disciplinas tales como la literatura, las lenguas y la filosofía; la matemática, las ciencias naturales y la tecnología; las ciencias sociales, la historia, la geografía y las artes.
•Trabajar y estudiar eficientemente demostrando responsabilidad y compromiso con los valores personales, éticos, sociales y cívicos necesarios para contribuir al desarrollo de una sociedad democrática y pluralista.
El desarrollo de estas capacidades deberá ir acompañado de un fuerte reconocimiento de la necesidad de un aprendizaje permanente que se extienda a lo largo de toda la vida de los/as estudiantes, cualquiera sea la trayectoria educativa y/o laboral que estos/as puedan recorrer.
A través de la Formación Orientada, los/as estudiantes desarrollarán los contenidos de la Formación General de Fundamento, contextual izándolos en determinados campos del conocimiento y del quehacer social y productivo.
La Formación General de Fundamento y la Formación Orientada dan lugar a cinco Modalidades:

-Modalidad Ciencias Naturales
LamodalidadCienciasNaturalesabordadesdeunaperspectivamultidisciplinaria, contenidos referidos a los procesos de la naturaleza desarrollando en los alumnos capacidades para comprenderlos e interactuar con ellos en forma responsable.

-Modalidad Comunicación, artes y Diseño
En la modalidad Comunicación, Artes y Diseño, la Formación Orientada atiende a la comprensión de los procesos comunicativos, expresivos y de producción artística, al desarrollo de capacidades de apreciación estética, al uso creativo de los distintos lenguajes expresivo-comunicacionales y al dominio de los soportes técnicos que en ellos se involucran.

- Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones
En la modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones, los contenidos orientados enfatizarán desde una perspectiva multidisciplinaria, el proceso socioeconómico y organizacional, para fortalecer las capacidades de comprenderlos, participar e intervenir en y con ellos.

-Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales
En la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, la orientación está dirigida a generar en el alumno la comprensión e interpretación de los procesos de desarrollo personal y de interacción, organización, continuidad y transformación del mundo socioculturales de una perspectiva multidisciplinaria para fortalecer las capacidades de participación e intervención reflexiva en el mismo.
En la modalidad Producción de Bienes y Servicios, la Formación Orientada, se funda en el conocimiento y la resolución de problemas en los procesos productivos, en las actividades que los integran (diseño, transformación, control, gestión, comercialización y distribución), y a las dimensiones ambientales y las condiciones de trabajo que ellos involucran.
-Modalidad Producción de Bienes y Servicios
Estas modalidades responden a la necesidad de abrir espacios alternativos para contener los variados intereses de los adolescentes y las necesidades del contexto social y productivo. A través de ellas se contempla la diversidad y complejidad de las culturas regionales y comunitarias, organizando sus problemáticas en campos del saber y del quehacer definidos en un sentido amplio, que permitan desarrollar una formación polivalente.
Estos campos no deben ser concebidos como espacios cerrados que se diferencien unos de otros porque la totalidad de los contenidos les sean exclusivos,aunque se enfaticen aquellos que resulten más pertinentes para el campo que define la identidad de la modalidad.
En este sentido, todas las modalidades compartirán una orientación que será, a la vez, humanística, social, científica y técnica, aunque organizarán y desarrollarán los contenidos a partir de los requerimientos propios del campo que diferencia a cada modalidad de las otras, y de los contextos regionales y comunitarios en los que las instituciones desarrollan su actividad.

1.3. Acreditación de la Educación Polimodal
Al finalizar el nivel se reconocerá su cumplimiento con un Certificado de Educación Polimodal en la Modalidad (según la que haya sido cursada). Dicho certificado tendrá un valor propio y equivalente en términos internacionales a la acreditación de una educación formal de segundo nivel (o medio).
El Certificado de Educación Polimodal habilita para el ingreso a cualquier carrera de nivel superior.
2. Articulación de la Educación Polimodal (EP) con los Trayectos Técnico Profesionales (TTP)
Se promoverá que la Educación Polimodal, en cualquiera de sus modalidades, se articule con Trayectos Técnico-Profesionales.Dichos trayectos podrán organizarse en función de distintas alternativas que estarán orientadas al desarrollo de las competencias necesarias para desempeñarse en ámbitos específicos del quehacer productivo.

2.1. Naturaleza y Funciones de los T.T.P.
2.1.1.Los Trayectos Técnico-Profesionales (TTP)
Los TTPconstituyen ofertas formativas de carácter opcional para todos los estudiantes o egresados de la Educación Polimodal (EP) y de los anteriores sistemas educativos de nivel medio. Su función es formar técnicos en áreas ocupacionales específicas cuya complejidad requiere el dominio de competencias profesionales que sólo es posible desarrollar a través de procesos sistemáticos y prolongados de formación.A la vez, el cursado de ciertos módulos de un TTPcertifica una calificación técnico-Profesional (Itinerario formativo), según se establezca en las normativas que apruebe el Consejo Federal de Cultura y Educación.

2.1.2 .TTP y Educación Tecnológica
La formación técnico-profesional que se desarrolla en los TTP retoma y profundiza la educación tecnológica de base que los estudiantes adquieren durante la Educación General Básica y que luego consolidan en la Educación Polimodal,según una concepción de formación integral.
El desarrollo de esta educación tecnológica básica es también la referencia y el fundamento a partir del cual debe diseñarse las ofertas de TTP.Sin ella, la formación técnico-profesional pierde la base de polivalencia, capacidad de aprendizaje y reconversión permanente que hoy exige el mundo del trabajo.

2.1.3.TTP y Educación Polimodal
La EP se organiza en torno a un núcleo común de competencias fundamentales que se desarrolla a través de la Formación General de Fundamento. Ésta se articula con distintas alternativas de Formación Orientada para dar lugar a cinco modalidades que contextualizan las competencias fundamentales en grandes campos del conocimiento y el quehacer social y productivo. La elección de una modalidad permite al estudiante consolidar estas competencias en función de problemáticas vinculadas con sus intereses y motivaciones.
Los TTP constituyen una opción diferente y adiciona la elección que los estudiantes realizan respecto de las modalidades de la EP. Se trata, en este caso, de iniciarse profesionalmente a través de una formación que prepara para desempeñarse en áreas ocupacionales determinadas que exigen el dominio de competencias tecnológicas y profesionales específicas.

2.1.4.TTP y Formación profesional
Los TTP constituyen una de las opciones de formación técnico-profesional que el sistema educativo ofrece a los jóvenes, pero no la única.En este sentido resulta imprescindible diferenciar la naturaleza de la formación técnico-profesional impartida en los TTP,de otras ofertas de educación técnico-profesional.
Las ofertas de formación profesional se proponen desarrollar aquellas competencias requeridas para desempeñarse en ocupaciones determinadas y/o como componente de políticas activas de empleo orientadas a promover la inserción laboral y social de grupos con necesidades específicas.
Los TTP son ofertas articuladas con la Educación Polimodal que se proponen desarrollar competencias profesionales que aseguren un desempeño polivalente dentro de áreas ocupacionales cuya complejidad exige no sólo haber adquirido una cultura tecnológica de base, sino una educación tecnológica específica de carácter profesional. El carácter de las competencias que desarrolla supone una formación de duración prolongada.

2.1.5.TTP y Formación Permanente y Superior
La función de los TTP es introducir a los estudiantes en una trayectoria de profesionalización garantizando su acceso a una base de conocimientos y habilidades profesionales que les permitan iniciarse en un primer trabajo dentro de un campo profesional determinado y continuar aprendiendo durante toda su vida activa.Esta formación deberá complementarse con otras alternativas educativas para permitir ulteriores niveles de evolución, especificación, reorientación, y -eventualmente-reconversión de la profesionalidad inicial.
La articulación de la formación técnico profesional inicial que proveen los TTP con la formación permanente y la formación superior, universitaria y no universitaria se plantea como una tarea imprescindible para dar base real al concepto deformación durante toda la vida que fundamenta los sistemas educativos y deformación profesional actuales.

2.2. Condiciones de Acceso
La condición exigida para poder incorporarse a un Trayecto Técnico-Profesional, es haber completado la escolaridad obligatoria y estar cursando o haber egresado de la Educación Polimodal en cualquiera de sus modalidades.
La oferta de EP se propone objetivos de extensión creciente de su cobertura para incorporar una proporción cada vez más importante de los, jóvenes egresados de la Educación General Básica. Los TTPse conciben como ofertas dirigidas hacia aquellos grupos de población que realizan opciones vocacionales explícitamente referidas a la iniciación en un campo profesional determinado.También asumen los TTP la función de contextualizar la formación que provee la EP.
Durante el período de transición hacia la estructura del sistema educativo definida por la Ley N° 24195, se consideraran satisfechos los requisitos de acceso a quienes estén cursando el tercer año de la escuela media o la hayan concluido.
Las autoridades educativas provinciales y las instituciones educativas implementarán, cuando las exigencias del aprendizaje lo requieran, mecanismos y procedimientos de nivelación orientados a completar la formación de base de los estudiantes que opten por cursar los distintos módulos de los TTP, que provengan de la actual escuela media o de modalidades de la EP no afines con el TTP elegido.
Las modalidades de aceptación de candidatos que no hayan completado los estudios de nivel medio o la Educación Polimodal, pero que puedan acreditar competencias equivalentes adquiridas a través de la experiencia laboral y el estudio personal, quedarán a criterio de las autoridades educativas, en cumplimiento del Artículo 12) de la Ley Federal de Educación.
Sin embargo, para aquellos casos excepcionales en que se decida aceptar aspirantes en estas condiciones, será requisito necesario que los mismos sean mayores de 18 años y que se hayan diseñado mecanismos explícitos de reconocimiento y validación de las competencias adquiridas fuera del ámbito escolar, a partir de estándares acordados en el ámbito federal, con intervención de organismos competentes.

2.3. Títulos, acreditaciones y Certificaciones
El cursado y la aprobación de cada módulo o conjunto de módulos, darán lugar a la obtención de certificaciones independientes que acreditarán las competencias desarrolladas. El conjunto de certificaciones así obtenidas conformará una "cartera de competencias" que cada persona podrá enriquecer y acrecentar durante toda su vida.
El cursado y la aprobación de todos los módulos de un TTP, darán lugar a la obtención del título de Técnico pertinente con el Trayecto en cuestión. Será condición necesaria para la obtención del título de Técnico, haber completado la Educación Polimodal o poseer un certificado que acredite estudios completos de nivel medio.
Tanto el título"Técnico"como las certificaciones obtenidas en el cursado deTTP acordados por el CFCE (Itinerarios Formativos), son reconocidos en todo el territorio nacional. El título que surge del cursado y aprobación de un TTP completo es equivalente en términos internacionales a un título de Técnico de nivel medio.

2.4. Articulación de los TTP con otras ofertas de Formación Profesional.
El objetivo fundamental de los TTr es la formación de técnicos/as que, a partir de la educación de carácter general desarrollada en la EGB y en la EP, adquieran una sólida formación de fundamento en las competencias básicas de un área ocupacional determinada.
Sin embargo, en función de las capacidades institucionales disponibles, las autoridades educativas de la Provincia del Chubut, promoverán la articulación de las ofertas deTTP con otras ofertas de formación Professional para atender los requerimientos del mercado de trabajo y multiplicar las oportunidades de formación profesional para jóvenes y adultos con distintos niveles educativos.
Algunos de los distintos módulos que conforman los TTP podrán ser ofrecidos por las instituciones para aquellos trabajadores que necesitan desarrollar competencias específicas para ocupaciones determinadas.
En este marco, se podrá abrir el acceso a:
* Egresados de la EGB
*Trabajadores con diferentes niveles de instrucción formal, a partir de un cierto límite de edad
*Personas con Educación Polimodal, o estudios secundarios incompletos
En todos estos casos deberán establecerse mecanismos de admisión y nivelación diseñados por módulo,y se otorgarán las certificaciones correspondientes que acrediten las competencias desarrolladas.
La experiencia institucional, los recursos humanos, de equipamiento e instalaciones disponibles, podrán también utilizarse para desarrollar ofertas específicamente diseñadas para atender las necesidades de estos grupos de población.

2.5. Articulación de los TTP con la educación superior de carácter profesional.
A los efectos de la planificación jurisdiccional, los TTP deberán articularse con la oferta de formación técnica de nivel superior, teniendo en cuenta los Artículos 18° a 20° de la Ley Federal de Educación.
De este modo, será posible establecer criterios compatibles para la definición de competencias a desarrollar, a los efectos de evitar superposiciones y para favorecer la elaboración de propuestas curriculares integrando los distintos niveles.
Las instituciones, tanto públicas cómo privadas, que ofrezcan formación técnico-profesional de nivel superior, en el ámbito de esta Jurisdicción, deberán establecer mecanismos de validación y reconocimiento de acreditaciones logradas dentro del ámbito de los TTP, en la presentación de sus propuestas curriculares. En el mismo sentido, se promoverá una gradual y cada vez mejor articulación con diferentes tipos de estudios superiores.

3. Pautas básicas para la organización de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales
La organización de la Educación Polimodal y de los TTP en la Provincia del Chubut contempla las siguientes cuestiones:
•La Educación Polimodal tendrá una duración de tres años, para todas las modalidades, a desarrollarse a continuación de la finalización de la EGB.
En el marco del proceso de planificación de la oferta educativa, la provincia del Chubut define y actualiza un mapa de la oferta educativa para la Educación Polimodal y los TTP, que contempla la realidad social, económica y cultural de cada zona y las necesidades de los estudiantes. Se determinan las modalidades de la EPy los TTPa ofrecer por las distintas instituciones de gestión estatal, de acuerdo a los criterios que se exponen en el Anexo II del presente Decreto. En el caso de las instituciones de gestión privada, las modalidades a ofrecer serán determinadas de común acuerdo con los organismos responsables de la planificación educativa del Ministerio de Educación.
•La jornada escolar diaria surgirá de la implementación del Diseño curricular Provincial para la Educación Polimodal y de las articulaciones con los TTP que haya en cada establecimiento. Se tenderá a una duración mínima de 5 horas reloj diarias.
•Cuando los colegios oferten EP articulada con un PTT completo, deberá organizarse de modo tal que se logre el máximo de articulación, definiendo una propuesta institucional que sume a la EGB 3 y a las alternativas de Formación Pre-Profesional(FPP).Se realizará el máximo de reemplazos de espacios curriculares de la EP por módulos de TTPa que den lugar los Acuerdos del Consejo Federal de Cultura y Educación.
•La carga horaria total, para los alumnos que cursen simultáneamente la EP
y un TTP completo no debe superar las treinta y siete (37) horas reloj semanales.
•Se organizarán los tiempos priorizando las demandas que surgen del proceso de enseñanza-aprendizaje, siendo indispensable que dicha organización se haga a partir de los siguientes principios:
-Asegurar que los grupos de alumnos tengan un mínimo de dos (2) docentes por jornada escolar diaria.
-Asegurar la concentración horaria de los docentes por establecimiento educativo, tendiendo a que cada docente trabaje en un mínimo de colegios.
-Una clase debe tener como mínimo una duración de dos (2) horas cátedra (ochenta minutos), si el principio es la hora cátedra; y de 90(noventa) minutos, si se trabaja por horas reloj. No se puede fraccionar en una organización semanal un espacio curricular de la EP o módulo de TTP en menos de dicho tiempo.
-Las instituciones educativas deben generar propuestas alternativas de organización horaria a las usuales para favorecer la calidad de los aprendizajes de los alumnos.
-Asegurar el pleno y efectivo uso de distintos tiempos.El primer horario a definir para todos los docentes será aquel que la mayoría de ellos comparta, para el cumplimiento de los tiempos de trabajo institucional.
•Cada institución organizará los espacios curriculares a través de una variedad de alternativas pedagógicas, propuestas en el Diseño Curricular Provincial para la Educación Polimodal (materias, talleres, laboratorios, gabinetes, seminarios, pasantías, proyectos, etc.) y de acuerdo con los proyectos educativos institucionales (PEI), flexibilizando la organización de agrupamientos de alumnos y docentes hasta donde ello sea posible.
Se promoverá la articulación entre la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales (TTP), para que de este modo se ofrezca una Formación Técnico-Profesional (FTP) inicial para el desempeño en áreas ocupacionales específicas.
Los Colegios tendrán un marco de autonomía para que, en conformidad con las normativas vigentes, puedan llevar a cabo sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI) en el marco de la aplicación del Decreto N° 64/98 y sus modificatorias. El aumento de la autonomía en la gestión escolar mejora la calidad educativa en la medida que:
-Esté planteada sobre la base de principios educativos y no sólo reducida a problemas organizativos o de recursos.
-Vaya ligada a la claridad de objetivos por parte de la comunidad educativa, ya que la autonomía de gestión sólo tiene sentido en función de conseguir fines precisamente educativos.
-Permita a las escuelas tener sus propios proyectos y gestionar sus propios recursos dentro de un marco común que garantice la unidad de concepción y la equidad.
-Se desarrolle en un marco de responsabilidad compartida, es decir, con la participación e involucramiento de toda la comunidad educativa.
-El Equipo Directivo asuma su papel con competencia y los profesores trabajen en equipo en forma habitual.
-No sea impuesta, sino gradualmente asumida por cada uno según las posibilidades concretas de su ejercicio.
•El Ministerio de Educación, es el responsable de la planificación de las ofertas educativa sólo dicha intervención y aprobación da validez a las propuestas institucionales, de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto.
•En todo el ámbito de la Educación Polimodal y de los Tase trabajará en Equipo.Esta definición surge por la necesidad de lograr una modalidad de trabajo cooperativo que reconoce las diferencias de los distintos perfiles profesionales involucrados. Esto no se limita al personal docente,sino que se hace extensivo a los alumnos.
•En este sentido se distinguen cuatro (4) niveles de equipos de personal docente afectado a tareas de enseñanza, que llevan adelante en forma articulada y concurrente la propuesta:
- Los Equipos Docentes, que se desempeñan en el ámbito institucional e interinstitucional
- Los Equipos Directivos, responsables de la conducción de los establecimientos educativos
- Los Equipos de Supervisión zonal- El Equipo Técnico central

•Los alumnos deberán ser agrupados con modalidades pedagógicamente convenientes. En tal sentido, la división de los alumnos por curso es sólo una de ellas y deben desarrollarse otras, por ejemplo:
- Agrupamientos por actividad
- Agrupamientos por espacios curriculares de la misma temática pero de diferentes años
- Agrupamientos por campo del conocimiento (EP)- Agrupamientos por proyecto pedagógico
- Agrupamientos por áreas modulares (TTP)

4. Personal Docente
El personal docente de la Educación Polimodal y de los Trayectos Técnico-Profesionales tendrá una formación que lo habilite para este nivel de enseñanza.Esto no se remite solamente a su título docente (el cual es solamente una imprescindible condición necesaria, pero no suficiente), sino también a su trayectoria y capacitación pertinente y actualizada.
El criterio prevalente para cualquier tipo de designación de personal en cualquier función, jerárquica o de base, considerada docente en la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales, será su IDONEIDAD, comprendida fundamentalmente por los siguientes criterios de cumplimiento indispensable y concurrente:
- Poseer título docente para alguno de los espacios curriculares de la Educación Polimodal y en su defecto habilitante, de nivel universitario o superior de validez nacional de plan de estudios no inferior a cuatro (4) años de duración. La inexistencia de títulos docentes o profesionales específicos para el tratamiento multidisciplinar que requieren los Módulos de Trayectos
- Técnico-Profesionales, exigen por lo menos la formación superior de plan de estudio no inferior a cuatro (4) años.
- Poseer antecedentes profesionales y académicos acordes con la tarea a cumplir.
- Demostrar su conocimiento sobre la realidad del sistema educativo y específicamente sobre los marcos normativos que organizan su funcionamiento.
- Tener evaluaciones actualizadas favorables sobre su desempeño.
- Tener un proyecto pedagógico y/o de gestión específico para su accionar.
Sobre lo antes expuesto, los antecedentes sobre los que disponga la Junta de Clasificación Docente obran sólo como pre-calificación, y en modo alguno constituyen un criterio único que permita definir la eventual situación de cobertura de funciones.
Todos los actos de cobertura se harán por llamado público, con los mecanismos que la Dirección General de Educación Polimodal fije.
Todo personal que no posea título docente o habilitante, será considerado como PROVISORIO,y revistará en esta situación mientras dure la cobertura de la vacante y solamente hasta el fin del término lectivo, luego de lo cual se deberá proceder a convocar a una nueva cobertura.


ANEXO II
LOCALIZACIÓN DE LAS OFERTAS DE EDUCACIÓN POLIMODAL (EP) Y
TRAYECTOS TÉCNICO-PROFESIONALES (TTP)EN LA PROVINCIA DEL CHUBUT
Principios y criterios para la definición y actualización/modificación de ofertas educativas en la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales
1. Definición de Ofertas
La Educación Polimodal(EP) y los TrayectosTécnico-Profesionales(TTP) se caracterizan por permitir que la oferta de cada establecimiento educativo sea la más adecuada a las demandas de la sociedad,y a la vez contemplar los intereses de la comunidad educativa y de los jóvenes.
El proceso que lleva a definir una Modalidad de la EP y su articulación con los TTPes dinámico, vale decir, una oferta no es válida para siempre, pues las condiciones del contexto socio cultural y productivo son cambiantes, y a ellas debe dar respuesta cada institución educativa en forma permanente. Esta manifestación escolar será la más adecuada y pertinente dentro del marco de las posibilidades reales de funcionamiento del Sistema Educativo en general y de las instituciones en particular, constituyéndose en un medio para superar las limitaciones del presente.
En ese contexto el Ministerio de Educación del Chubut, establece que la necesaria definición y/o actualización de las ofertas formativas no puede resultar sólo del análisis aislado de la institución educativa involucrada.Debe resultar de un análisis que contemple a partir de la región y la zona de inserción de la institución educativa, aspectos claves que pongan de manifiesto las verdaderas líneas de acción que deberán seguirse en la formulación de dichas ofertas.
Es pertinente recordar, que la Educación Polimodal y los TTP ofrecen a los alumnos la alternativa de hacer diversas elecciones: Modalidades, y articulaciones con diversos Itinerarios Formativos de los Trayectos Técnico-Profesionales. Estas opciones no son definitivas: como es conocido, los adolescentes toman opciones vocacionales diversas que en muchas ocasiones no guardan relación directa con la modalidad cursada.Por ello, una elección de modalidad no puede estar determinada por las supuestas inclinaciones vocacionales de los alumnos, ya que estas no deben ser el elemento determinante.
"La propuesta pedagógica de la Educación Polimodal, media en la tensión permanente entre la búsqueda de la unidad y la diversidad formativa. La unidad tiende a garantizar la equidad del sistema educativo, mediante la formulación de propuestas educativas de valor formativo y social equivalente; y la diversidad, al responder de modo adecuado a la heterogeneidad de la demanda social y de las necesidades personales" (Acuerdo Marco, Estructura Curricular Básica para la Educación Polimodal, Serie A, N°17).
Finalmente, todas las modalidades aseguran el logro de aprendizajes comunes para el cumplimiento de los objetivos del nivel. Uno de ellos es el referido al propósito propedéutico. Todas las opciones aseguran ese fin, más allá de la diversidad posible de articulaciones técnico-profesionales que pueden elegir los alumnos. No es razón entonces, para un establecimiento educativo, el cambiar de modalidad al establecer una relación lineal entre la modalidad y los tipos de estudios que se supone los alumnos pueden proseguir.

PRINCIPIOS A CONSIDERAR PARA LA DEFINICIÓN DE OFERTAS
La tarea de establecer qué oferta y dónde realizarla deberá orientarse sobre la base de los siguientes principios:
•CALIDAD: Disponibilidad de recursos humanos competentes, modelos de gestión adecuados, infraestructura y equipamientos apropiados, pertinencia respecto de los requerimientos del medio, elevación progresiva del nivel académico de la oferta.
•EQUIDAD: Distribución de la oferta que facilite y garantice igualdad de oportunidades de acceso a los diferentes grupos de población que opten por una formación de esta naturaleza.
•EFICACIA: Capacidad de cumplir los objetivos del nivel educativo, garantizando plazos y calidad del servicio previsto.
•INTEGRACIÓN: Articulación institucional entre las ofertas de EGB 3, EP, TTP, FTPy otras a efectos de constituir gradualmente un sistema coherente de formación.
•PARTICIPACIÓN: Concertación entre los distintos actores involucrados a fin de asegurar la comprensión y el compromiso.
Estos principios adquieren relevancia cuando el NIVEL ZONAL/LOCAL es considerado como UNIDAD DE ANÁLISIS y la institución escolar como UNIDAD DE CAMBIO.
Se presentan a continuación los criterios a aplicar para la definición y actualización/modificación de ofertas educativas de Educación Polimodal-TTP.

2. Criterios fundamentales que enmarcan el proceso de definición y actualización/ modificación de las ofertas con el fin de definir cómo encarar el proceso de definición, mejora, actualización /modificación de las ofertas, se establecen los siguientes criterios, que deberán seguirse indefectiblemente con el objeto de homologar una similar ponderación de los mismos en todas las zonas:

2.1. El aporte a la diversidad y no a la multiplicidad de ofertas en un mapa regional ordenado e integrado
La elección de una modalidad del Polimodal y un TTP, no es de ninguna manera un hecho aislado. La oferta de cada establecimiento educativo debe necesariamente aportar a la mayor riqueza y diversidad de ofertas en cada zona o región.Por este motivo, no son el resultado de una propuesta institucional cerrada, sino el resultado de lo trabajado en forma conjunta con los responsables de la gestión y planificación educativa: Ministerio de Educación y Supervisión.
Se debe promover la diversidad y no la multiplicidad o repetición,en el marco de un desarrollo que privilegie la conformación de Redes de Instituciones Educativas, constituyendo así un mapa de ofertas formativas coherente con los reclamos socio culturales y productivos, que articula racionalmente los recursos humanos y materiales disponibles en la zona de aplicación de la propuesta, para la realización plena de los proyectos que enmarquen el progreso y la promoción de la comunidad.
Las instituciones que oferten Educación Polimodal y Trayectos Técnico-Profesionales, forman parte de un sistema integrado de ofertas formativas. La oferta de cada una de ellas, incluye una variada gama de posibilidades, que van desde el Tercer Ciclo de la EGB, Polimodal, Formación Técnico Profesional de distintos niveles.
Por esta razón, las ofertas de cada establecimiento educativo no surgen solamente de la interpretación que la institución haga de las demandas del contexto, sino que ante todo debe ser el resultado de un trabajo que incluya una visión estratégica del desarrollo de la región en la cual la institución educativa está inserta. El mismo deberá contemplar los ejes de los Planes Estratégicos regionales y/o desarrollos equivalentes, y tener la flexibilidad para adecuarse a las realidades cambiantes.
Las ofertas de Educación Polimodal y TTP no son permanentes, sino que se ajustarán a la dinámica de los diversos actores regionales y zonales que demandan formación técnico-profesional. Por ende la planificación zonal es una estrategia que posibilita:
- Articular de manera operativa los niveles provincial e institucional, contribuyendo a desarrollar la planificación provincial a partir de un conocimiento más profundo de las demandas de la zona.
- Introducir la idea de una planificación interinstitucional en función de un contexto externo, permitiendo que los proyectos institucionales surjan de un severo análisis y se complementen entre las distintas instituciones, optimizando los recursos económicos y las capacidades institucionales.
Así, la zona se constituye en la unidad de análisis con relaciones específicas con el nivel provincial y el institucional.

2.2. Participación indispensable de los actores comunitarios que representan a las expresiones de actividades socio productivas y culturales afines
La planificación de ofertas educativas, debe atender necesariamente las demandas sociales, culturales y productivas. Por ello, a la labor que puedan realizar instituciones, Supervisiones y Ministerio de Educación, deben sumarse quienes puedan expresar con la debida autoridad y reconocimiento social, qué demandas surgen de la misma sociedad. De allí la relevancia de incluir en el proceso de consultas, a actores claves:
- Autoridades locales legalmente constituidas (Poder Ejecutivo y Legislativo local)
- Representantes de las actividades socio productivas de la región (Organizaciones No Gubernamentales, Cámaras Empresarias, Sindicatos, asociaciones Vecinales)
- Instituciones y/o especialistas en la temática a abordar (Universidades, instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, Instituto Nacional de tecnología Industrial, Colegios Profesionales, por ejemplo)
- Profesionales independientes de reconocida trayectoria- Posibles alumnos, padres, docentes

2.3.La necesidad de contextualizar cada modalidad a partir de la articulación con trayectos formativos de los TTP-La articulación de las modalidades con los diferentes Trayectos Técnico-Profesionales, abre la posibilidad de mejorar la actualización y selección de ofertas, en tanto y en cuanto los mismos son la vinculación más firme que tiene el ámbito educativo con el ámbito socio-productivo. Pero debe recordarse que en determinadas situaciones, la relevancia de la oferta de formación técnico profesional debe apoyarse sobre la modalidad, para asegurar las más apropiadas articulaciones.

2.4. La modalidad como dinamizadora de propuestas socio-comunitarias-La opción por determinada modalidad puede ser, en determinadas zonas, un genuino aporte para hacer viables proyectos comunitarios más amplios. Esta perspectiva permite superar la tendencia a ver a la institución y sus ofertas como un hecho aislado. A la vez, asegura una mayor significatividad de los aprendizajes para los alumnos y un grado de mayor impacto y presencia de los colegios en la comunidad.

2.5. Contribución a la construcción de un nuevo modelo institucional-La propuesta de la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales promueve la participación creciente de las instituciones del nivel en los procesos de elaboración de los proyectos educativos institucionales. La actualización y mejora de la oferta, debe ser parte del Proyecto Educativo institucional y constituir un aporte valedero para su permanente construcción.

2.6. Potenciar los recursos disponibles-La elección, actualización/modificación de una modalidad, y su articulación con los TTP, supone relevar los recursos disponibles.Debe verse en ellos la posibilidad de mejorar las ofertas.Una modalidad y sus articulaciones no deben ser un punto de llegada: deben ser un punto de partida hacia nuevas posibilidades e innovaciones escolares.Con estos fines, se consideran como recursos:
-Actores que forman parte efectiva del Proyecto Institucional
-Las posibilidades materiales: infraestructura, equipamiento
-Recursos sociales: convenios,instituciones     asociaciones,     redes con diversas
- Recursos disponibles. Se hace referencia a la disponibilidad de infraestructura y otros recursos (humanos, financieros, etc.), con los que pueda contar la institución, en sí misma o acordando en forma efectiva con terceros (Convenios con otras instituciones)

2.7. Información relevante
Esto refiere a información cualitativa y cuantitativa de fuentes confiables y reconocidas que aporten a una clara caracterización de la región y la zona de desarrollo de la oferta:
- Oficinas de planificación estratégica- Centros de cómputos
- Entes referenciados para procesamientos estadísticos

2.8. Impacto esperado y vigencia de la oferta
Se debe plantear con la mayor amplitud, cuáles serían los reales beneficios de la oferta propuesta para la zona y sus diversos actores, y la duración que la misma tendrá en términos de su vigencia.

2.9. Progresivo acercamiento a parámetros educativos internacionales
El tramo de escolarización correspondiente al nivel Polimodal y a los TTP debe atender alas necesidades de formación para una ciudadanía responsable, una economía dinámica y posibilidades de mayor justicia social que contemplen los parámetros internacionales, que es necesario efectivizar gradualmente, en el ámbito socio-cultural y productivo. Al perseguir esta meta, los criterios para la definición de una Modalidad o un TTP, deben contemplar en su análisis una visión de conjunto, en el que la globalización no sea un escollo, sino una posibilidad de promoción social a partir de la propuesta educativa y desde allí a la comunidad inmediata en la cual se encuentra inserta.

3. Mapa de oferta educativa
Sobre la base de lo establecido en los puntos anteriores, el Ministerio de Educación definirá el mapa de oferta educativa por región, en el cual constarán como mínimo:
•Región analizada
•Identificación del establecimiento educativo
•Modalidad/es de Educación Polimodal
•Articulación con TTP(Identificando cuál/es)
•Itinerario Formativo definido oTTP completo
•Término de vigencia de la oferta
•Conformación de Redes con otras instituciones y/o formas de acuerdos/convenios

4. Metodología de trabajo
A los efectos de asegurar la mayor eficacia en el uso de los tiempos, para proceder a la actualización/modificación de ofertas se procederá del siguiente modo:
a) La/s institución/es que promueve/n la iniciativa tomarán contacto con el Equipo Técnico de la Dirección General de Educación Polimodal y acordarán, previo a todo trabajo y/o presentación, la factibilidad de la propuesta, y eventual asistencia técnica.
b)Una vez establecida la factibilidad, se desarrollará un trabajo conjunto de acuerdo a los principios y criterios antes expuestos y se organizará el conjunto de documentación que abajo se detalla.
c) Se presentará la documentación ante la Dirección General de Educación Polimodal para su evaluación, que se expedirá sobre el particular.
d) La eventual implementación estará sujeta a la certeza de la disponibilidad presupuestaria y financiera a tales efectos.

5. Organización formal de las propuestas
A los efectos de dar la debida consideración y eventual aprobación de propuestas de actualización de ofertas educativas, toda información deberá se relevada a la Dirección General de Educación Polimodal conteniendo como mínimo los siguientes componentes formales:
a) Presentación. Identificación. Justificación de la propuesta.
b) Proyecto Educativo Institucional (PEI) en versión actualizada y su compatibilización con los PEI de otras instituciones.
c) Información relevante de la región:
-Características socio-productivas: dinámica de los sectores socio-productivos, peso relativo de cada sector en la estructura ocupacional, grado relativo de desarrollo tecnológico de cada sector.
-Demografía: proyecciones, densidad: perspectivas de crecimiento, desequilibrios, movimientos espaciales.
-Educativa: Cantidad y calidad de los servicios educativos por nivel.
-Socio-cultural: Intereses de los distintos grupos que conforman las comunidades locales.
-Políticas de desarrollo: Escenarios formulados desde la planificación provincial y regional acerca de cómo se concibe el desarrollo futuro de la zona/región.
d) Cantidad y localización de los establecimientos educativos (determinando un número que resulte operativo para el trabajo al interior de la zona).
e) Cantidad y perfil de los docentes propuestos.
f) Infraestructura disponible.
g) Equipamiento disponible.
h) Matrícula actual y proyectada.
i) Marco curricular.
j) Tiempo de duración/validez/permanencia de la oferta.
6. Evaluación de las propuestas
Se establece como límite máximo para la presentación de propuestas de definición, actualización/modificación de ofertas el último día hábil del mes de agosto del año anterior al de la eventual implementación de la propuesta. El Ministerio de Educación del Chubut, en virtud del análisis y evaluación efectuado por la Dirección General de Educación Polimodal (DGEP), resolverá sobre la viabilidad y eventual ejecución de la propuesta.


DECRETO 1423/01
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(No hay instrumentos legales afectados)

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

Decreto 146/2008 (Deja sin efecto)