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| Título: FIJASE EJIDO MUNICIPAL PARA PUERTO MADRYN- * |
| Fecha Registro: 02/10/1959 |
| Detalle: LEY 115 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º- Fíjase como ejido Municipal para la ciudad de Puerto Madryn, la superficie aproximada de 16.840 Has., formada por los lotes 18, 23 y 24 de la fracción C - Sección A III - con los siguientes límites y medidas: NOROESTE: 7.990 m. con el lote 13 Fracción C - Sección A III. SUROESTE: 20.000 m. con los lotes 19 y 22 Fracción C - Sección A III. SURESTE: 21.987 m. con los lotes 3 y 4 y parte de la legua A del lote 5 Fracción B - Sección B III. NORESTE: Golfo Nuevo. Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura del Chubut, a los veinticinco días de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve EL ANEXO SE ENCUENTRA EN EL ORIGINAL DE LA LEY. |
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