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Decreto 289 / 2009 Mario Das Neves (II) 

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Título: ADQUISICION CAMION LIVIANO Y CAMIONETA PICK UP
 
Fecha Registro: 17/03/2009
 
Detalle:

RAWSON, 17 MAR 2009 VISTO:
El Expediente N° 6271 -ME-07; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente mencionado en el Visto se tramita la Licitación Pública N° 01/09, con el objeto de adquirir un Camión Liviano y una Camioneta Pick Up, para uso en la Delegación Administrativa Región VI;
Que a fojas 40 obra Resolución ME N° 10, de fecha 13 de Enero de 2009, por la cual se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones, se fija fecha, hora y lugar para la apertura de ofertas, se designa a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación y se establece presupuesto oficial;
Que de fojas 41 y 44 a 50 consta publicación de la convocatoria a presentar ofertas, prevista en el Artículo 106°, Ley II - N° 76 (antes Ley N° 5447);
Que a fojas 51 el Departamento Mesa de Entradas y Salidas del Ministerio de Educación certifica la presentación de tres (3) sobres;
Que de fojas 52/53 consta Acta de Apertura N° 08/09, de la Escribanía General de Gobierno, de las ofertas presentadas por las firmas "PEDRO CORRADI S.A.", "CAPSA CAMIONES PATAGÓNICOS S.A." y "ALUM TRUCK S.A.";
Que de fojas 54 a 214 constan las ofertas presentadas por las firmas antes enunciadas, acompañadas de la documentación inherente a ellas;
Que a fojas 215 obra cuadro comparativo de precios;
Que la Dirección de Normatización de Compras y Contrataciones - Ministerio de Economía y Crédito Publico, mediante Nota N° 08/09 informa que las firmas antes mencionadas, no se encuentran suspendidas ni inhabilitadas en los términos del Decreto N° 777/06, según consta a fojas 216;
Que a fojas 222 se encuentra agregado el dictamen de la Comisión de Preadjudicación donde aconseja ADJUDICAR a las firmas "ALUM TRUCK S.A.", lo correspondiente al Renglón N° 1 por resultar su oferta formalmente admisible, por ajustarse los bienes ofrecidos a las especificaciones técnicas requeridas y a la firma "CAPSA CAMIONES PATAGÓNICOS S.A.", lo correspondiente al Renglón N° 2, por resultar su oferta formalmente admisible, por ajustarse los bienes ofrecidos a las especificaciones técnicas requeridas, y ser conveniente a los intereses de la Provincia;
Que así mismo se aconseja DESESTIMAR la oferta presentada por la firma "PEDRO CORRADI S.A.", correspondiente al Renglón N° 2, por no resultar la misma conveniente a los intereses de la Provincia;
Que a fojas 223/224 se encuentra Cuadro de Revisión de Documentación agregado como "Anexo I" y Especificaciones Técnicas requeridas agregada como "Anexo 11", efectuados por la Comisión de Preadjudicación;
Que a fojas 226 consta autorización del Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares para la prosecución del trámite respectivo;
Que de fojas 234/235 corre agregado del Informe N° 110/09 emitido por la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que la Contaduría General de la Provincia confirma que existe crédito presupuestario suficiente en la partida designada;
Que asimismo a fojas 241, se ha expedido la Fiscalía de Estado mediante Dictamen N° 014-.F.E.-2009;
Que la Asesoría General de Gobierno del Ministerio de Coordinación de Gabinete ha intervenido en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Articulo 1°: ADJUDICAR a la firma "ALUM TRUCK S.A." CUIT. N° 30 - 70851547 -3 lo correspondiente al Renglón N° 1, por resultar su oferta formalmente admisible, y ajustarse los bienes ofrecidos a las especificaciones técnicas requeridas por un total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($ 234.900,00).
Artículo 2°: ADJUDICAR a la firma "CAPSA CAMIONES PATAGÓNICOS S.A.", CUIT. N° 30-58225398-2, lo correspondiente al Renglón N° 2, por resultar su oferta formalmente admisible, ajustarse los bienes ofrecidos a las especificaciones técnicas requeridas, y ser conveniente a los intereses de la Provincia, por un total de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 87.450,00).
Artículo 3°: DESESTIMAR la oferta presentada por la firma "PEDRO CORRADI S.A.", correspondiente al Renglón N° 2, por no ser conveniente a los intereses de la Provincia.
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 322.350,00) a la Partida Presupuestaría Jurisdicción- SAF 50 - Programa 17 - Partida 432 - Actividad 1 - UG 11999 - Fuente de Financiamiento 426 - Ejercicio 2009.
Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación y de Coordinación de Gabinete.
Artículo 6°: Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 289
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