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Título: ampliacion alcances ley 4471 S/PERSONAL DOCENTE |
Fecha Registro: 26/12/2000 |
Detalle: L E Y Nº 4.668 .- LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1°.- Amplíanse los alcances de lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 4.471 a todos los docentes que se desempeñen por cargos en la implementación del Tercer Ciclo de Educación General Básica, en todos los establecimientos de la Provincia, a partir del período escolar 2000 y hasta el 31 de diciembre del año 2.001. Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL. |
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