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Título: CONSTITUYESE EN GRADO DE CESANTIA AL SARGENTO POLICIAL CABRERRA OMAR |
Fecha Registro: 18/07/2011 |
Detalle: RAWSON 18 DE JULIO 2011 VISTO: El Expediente N° 0996/08 de Jefatura de Policia; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto se le inician actuaciones al Sargento de Policia Omar Herminio CABRERA, por infracción al Articulo 29° inciso 13°) en concordancia con el Articulo 116° del Régimen Disciplinario Policial (aprobado por Decreto N° 2427/77); Que en virtud de las constancias arrimadas al sumario, ha quedado probada su inasistencia al servicio sin causa justificada, a partir del dia 13 de Marzo de 2008 y por más de cinco días; Que se han cubierto los requisitos legales en la sustanciación de estas actuaciones; Que atento lo expuesto, corresponde proveer la Destitución del empleado policial conforme los Artículos 14° inciso d) y 63° inciso a) de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico; Que la Asesoría Legal de Jefatura de Policia se expide mediante Dictamen N° 305/10 "AL", entendiendo que corresponde la destitución del infractor; Que el Señor Jefe de Policia comparte el criterio expuesto por la Asesoría Letrada de Jefatura de Policia, solicitando la destitución del empleado policial; Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Articulo 1º.- Destituyese en grado de cesantía conforme lo determinan los Artículos 14° inciso d y 63° inciso a de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico, a partir de la notificación del presente Decreto al Sargento de Policía CABRERA Omar Herminio (M.I. N° 21.560.906 - Clase 1970) por haber infringido I el Régimen Disciplinario Policial (aprobado por Decreto N° 427/77) en su Artículo 29° inciso 13°) concordante con el Artículo del mismo cuerpo legal.- Articulo 2º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación de Gabinete.- Artículo 3º : Regístrese comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO Nº 925/2011. |
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