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Título: FIJASE EJIDO MUNICIPAL PARA LA COMUNA RURAL DE LAS PLUMAS. |
Fecha Registro: 22/12/1965 |
Detalle: LEY 629 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Articulo 1- Fijase como ejido para la Comuna Rural de Las Plumas creada por la Ley 503, las tierras ubicadas en el Departamento M rtires - Secci¢n B-I Fracci¢n C parte de la legua B del lote 24, con una superficie de 472 Hs. 80 as. 66 cas. 92 dm2., comprendidas dentro de las tierras mensuradas por el Agrimensor Federico Cevallos Figueroa, y aprobada por Superior Decreto . 4163 del año 1947, con la sola exclusi¢n de los denominados lotes pastoriles A y B en el referido plano de mensura. ARTICULO 2- Comuniquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los diecisiete d¡as del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco |
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