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Título: ESTRUCTURA ORGANICA FUNCIONAL DE SALUD |
Fecha Registro: 27/10/2011 |
Detalle: RAWSON, 27 0CT 2011 VISTO: El Expediente N" 7637/11-S.S; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la modificación de la Estructura Orgánica Funcional de Nivel Central de la Secretaría de Salud aprobada por Decreto N" 243/10 modificado por Decreto N" 1855/10; Que la aludida modificación responde principalmente a la necesidad de contar con cargos jerárquicos no contemplados en la estructura orgánica funcional vigente, hecho que sería tomado como una importante reivindicación al personal que hoy cumple la función sin reconocimiento, siendo necesarío una estructura acorde con misiones y ficciones definidas, con recurso humano idóneo que asuma responsabilidades en áreas jerarquizadas; Que a tal fin, se propone crear los siguientes cargos jerárquicos: la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Auditoría y Control de CaUdad, la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación, y la Dirección Provincial de Regulación y Políticas Sanitarias; los Departamentos Provinciales de Auditoría de Establecimientos de I Nivel, de Auditoría de Establecimientos de II Nivel, de Perinatología, de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, y de Producción y Logística; y las Divisiones Provinciales de Procesamiento, y de Sueldos, eliminándose la Dirección Provincial de Auditoría Asistencial y de Procesos y el Departamento Provincial de Supervisión de Enfermería del rimer Nivel de Atención; Que resulta procedente el cambio de dependencia de los siguientes cargos: la Dirección general de Gestión de Calidad en Salud de la Subsecretaría de Programas de Salud pasará a la Subsecretaría de Gestión Institucional; el Departamento Provincial Auditoría Médica de la Dirección Provincial Auditoría Asistencial y de Procesos pasará a la Dirección Provincial de Prestaciones asistenciales; el Departamento de Auditoría de Procesos de la Dirección Provincial de Auditoría Asistencial y de Procesos pasará a la Dirección Provincial de Prestaciones Asistenciales Departamento Provincial de Regulación de Políticas y Legislación Sanitaría pasará a depender de la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias; la División Provincial de Inspectoría y Control de Calidad pasará a depender del Departamento Provincial de Regulación de Política y!Legislación Sanitaria; el Departamento Provincial de Control de Calidad y Fiscalización Sanitaria: pasará a depender de la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación; el Departamento Provincial de Certificación y Matriculación pasará a depender de la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación; la Dirección Provincial de Promoción y Prevención de la Salud de la Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a depender de la Subsecretaría de Programas de Salud; la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia de la Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a la Subsecretaría de Programas de Salud; la Dirección Provincial de Salud Mental Comunitaria de la Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Atención Integral de la Discapacidad de la; Subsecretaria de Programas de Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria; de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones de la Subsecretaría de Programas de Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaría de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; y la División Provincial de Estadísticas Continuas del Departamento Provincial de Estadísticas e Información de Salud pasará al Departamento Provincial de Producción y Logística; Que se propicia el cambio de denominación de los siguientes cargos: el Departamento Provincial de Auditoría de Procesos por Departamento Provincial de Auditoría Asistencial; el Departamento Provincial de Control de Calidad y Fiscalización Sanitaria por Departamento Provincial de Fiscalización Sanitaria; la Dirección General de Atención Primaria de la Salud por Dirección General de Coordinación de Programas de Salud; y el Departamento Provincial de Estadísticas e Información de Salud por Departamento Provincial de Análisis y Difusión de la Información; Que es necesario modificar las Misiones, Funciones y Requisitos para el ejercicio de los cargos de Dirección Provincial de Estadísticas e Información en Salud y del Departamento Provincial de Promoción y Políticas Saludables; Que es necesario determinar y aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para los cargos a crearse; Que resulta necesario proceder a modificar las Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Salud Actividad Conducción de la Secretaría de Salud, Programa 24 - Maternidad e Infancia - Actividad 1 - matemidad e Infancia, Programa 27 - Fiscalización del Ejercicio Profesional - Actividad 1 - Fiscalización del Ejercicio Profesional y Programa 29 - Patologías Prevalentes - Actividad 1 - patologías Prevalentes; Que la Ley UN" 133 en su Artículo 11, inciso 1, apartado a), punto 5, faculta al Poder ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no dé un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Salud - Actividad 1-Conducción de la Secretaría de Salud, Programa 24 - Maternidad e Infancia - Actividad 1 -Maternidad e Infancia, Programa 27 - Fiscalización del Ejercicio Profesional - Actividad 1 -Fiscalización del Ejercicio Profesional y Programa 29 - Patologías Prevalentes - Actividad 1 -Patologías Prevalentes; Que en la vista concedida el servicio jurídico de la Secretaría de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete ha efectuado el control de legalidad que le compete; Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase la Estructura Orgánica Funcional de Nivel Central de la Secretaría de Salud, aprobada por Decreto N" 243/10 modificado por Decreto N" 1855/10, creándose los siguientes cargos jerárquicos: la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Auditoría y Control de Calidad, la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación, y la Dirección Provincial de Políticas Sanitarias; los Departamentos Provinciales de Auditoría de Establecimientos de I Nivel, de Auditoría de Establecimientos de II Nivel, de Perinatología, de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, y de Producción y Logística; y las Divisiones Provinciales de Procesamiento, y de Sueldos, eliminándose la Dirección Provincial de Auditoría Asistencial y de Procesos y el Departamento Provincial de Supervisión de Enfermería del Primer Nivel de Atención, de acuerdo al Anexo II (Planillas 1 a 5) que forma parte integrante del presente Decreto; Artículo 2°.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Secretaria de Salud, del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Salud - Actividad 1- Conducción de la Secretaría de Salud, Programa 24 - Maternidad e Infancia - Actividad 1 - Maternidad e Infancia, Programa 27 -Fiscalización del Ejercicio Profesional - Actividad 1 - Fiscalización del Ejercicio Profesional y Programa 29 - Patología Prevalentes - Actividad 1 - Patologías Prevalentes, conforme al Anexo I (Planillas 1 a 4) que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 3°.- Modifícase el Plantel Básico de la Secretaría de Salud, eliminándose xm(l) cargo Dirección Provincial, un (1) cargo Departamento Provincial en el Programa 01 - Conducción la Secretaría de Salud - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Salud en la Planta 'permanente, y catorce (14) cargos Agrupamiento A - Categoría 10 de la Planta Temporaria en el programa 01 - Conducción de la Secretaria de Salud - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Salud. Artículo 4°.- Modifícase a partir de la fecha del presente Decreto la dependencia de los siguientes cargos: la Dirección General de Gestión de Calidad en Salud de la Subsecretaría de Programas de Salud pasará a la Subsecretaría de Gestión Institucional; el Departamento Provincial Auditoría Médica de la Dirección Provincial Auditoría Asistencial y de Procesos pasará a la Dirección Provincial de Prestaciones Asistenciales; el Departamento de Auditoría de Procesos de la Dirección Provincial de Auditoría Asistencial y de Procesos pasará a la Dirección Provincial de Prestaciones Asistenciales; el Departamento Provincial de Regulación de Políticas y Legislación Sanitaria pasará a depender de la Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sanitarias; la División Provincial de Inspectoría y Control de Calidad pasará a depender del Departamento Provincial de Regulación de Política y Legislación Sanitaria; el Departamento Provincial de Control de Calidad y Fiscalización Sanitaria pasará a depender de la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación; el Departamento Provincial de Certificación y Matriculación pasará a depender de la Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación; la Dirección Provincial de Promoción y Prevención de la Salud de laj Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a depender de la Subsecretaría de! Programas de Salud; la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia de la Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a la Subsecretana de Programas de Salud; la dirección Provincial de Salud Mental Comunitaria de la Dirección General de Atención Primaria de la Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Atención Integral de la Discapacidad de la Subsecretaría de Programas de Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones de la Subsecretaria de Programas de Salud pasará a la Dirección General de Prevención y Atención Sanitaria de Problemáticas Psico Sociales y Discapacidad; y la División Provincial de Estadísticas Continuas del Departamento Provincial de Estadísticas e Información de Salud pasará al Departamento Provincial de Producción y Logística; Artículo 5°.- Modifícase a partir de la fecha del presente Decreto la denominación de los siguientes cargos: el Departamento Provincial de Auditoría de Procesos por Departamento Provincial de Auditoría Asistencial; el Departamento Provincial de Control de Calidad y Fiscalización Sanitaria por Departamento Provincial de Fiscalización Sanitaria; la Dirección General de Atención Primaria de la Salud por Dirección General de Coordinación de Programas de Salud; y el Departamento Provincial de Estadísticas e Información de Salud por Departamento Provincial de Análisis y Difusión de la Información; Artículo 6°.- Modifícase a partir de la fecha del presente Decreto las Misiones, Funciones y Requisitos para el ejercicio de los cargos de Dirección Provincial de Estadísticas e Información en alud y del Departamento Provincial de Promoción y Políticas Saludables; Articulo 7°.- Apruébanse las Misiones, Funciones y los Requisitos para el ejercicio de los cargos a crearse, todo lo cual quedará establecido conforme al Anexo lU (Planillas 1 a 19), que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 8°.- El gasto quc demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Príncipal 1.0.0 - Gastos en Personal del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Salud -| Actividad 1- Conducción de la Secretaría de Salud, Programa 24 - Maternidad e Infancia - Actividad 1 - Maternidad e Infancia, Programa 27 - Fiscalización del Ejercicio Profesional - Actividad 1 - Fiscalización del Ejercicio Profesional y Programa 29 - Patologías Prevalentes - Actividad 1 - Patologías Prevalentes, del Presupuesto para el año 2011. Artículo 9°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Coordinación de Gabinete y de Economía y Crédito Público . artículo 10°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido; ARCHÍVESE, DECRETO N° 1796 / DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE SALUD MISIÓN; - Coordinar e integrar recursos bajo su dependencia a fin de dar cumplimiento de los programas y acciones sanitarias que establezcan la Subsecretaría de Programas de Salud y la Secretaría de Salud. - Entender en el diseño, formulación, ejecución y coordinación de programas, subprogramas y acciones sanitarias relacionadas con los temas y ejes de trabajo priorizados, que promuevan la prevención y promoción de la salud. FUNCIONES; - Aplicar y desarrollar lincamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud, proponiendo, coordinando y supervisando las acciones y actividades de asistencia, prevención y promoción de la salud y orientarlos por ciclos de vida. - Fortalecer las acciones sanitarias que contribuyan a disminuir sostenidamente indicadores de morbi mortalidad poblacional, mejorando la accesibilidad y calidad de la atención sanitaria y promoviendo hábitos y conductas saludables. - Fortalecer las acciones del primer nivel y segundo de atención, propiciando la formación de equipos de salud y utilizando la epidemiología como una herramienta básica. - Propiciar y articular adecuadas estrategias de promoción, prevención, abordaje, asistencia con base en la comunidad. - Diseñar y operativizar procesos de integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales; promoviendo la adecuada capacitación y formación de los recursos humanos. - Monitorear el fiíncionamiento, ejecución, impacto y los recursos de los programas bajo su dependencia, con el fin del desarrollo del Plan Estratégico de Salud. - Fomentar y promover actividades sobre estrategias de comunidades saludables y sobre los determinantes de la salud. - Coordinar y realizar todas aquellas tareas y funciones que le asigne la Subsecretaría de Programas de Salud. Fundamentalmente aquellas que guarden relación con la integración del sistema sanitario. - Diseñar y proponer el presupuesto del área REOUISrrOS PARA EL CARGO: Poseer titulo Universitario de Ciencias de la Salud (^Ciencias Soples con experiencia reconocida en Atención Primaria de la Salud y/o coc(rdinación de prograpias y equipos de trabajo complejos. DEPENDENCIA: Subsecretaría de Programas de Salud. ANEX0ni(Planma2) DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE CALIDAD EN SALUD MISIÓN: -Coordinar acciones a fin de dar cumplimiento a la implementación de un sistema de gestión de mejora continua, que contribuya a mejorar la calidad en la atención de todos los servicios de salud. FUNCIONES; -Promover las acciones de Regulación de Políticas Sanitarias, Fiscalización y Matriculación en consonancia con las normativas dispuestas por el Ministerio de Salud de Nación y la Provincia del Chubut. -Propiciar la participación de los miembros del equipo de salud en la búsqueda permanente de servicios de calidad creciente. La calidad también incorpora el compromiso activo de todo el personal como condición ineludible para su desarrollo. -Diseñar una red social. Constituir una red de aprendizaje en gestión de calidad implica compartir experiencias para lograr mejores resultados. -Promover la formación de actividades de gestión de calidad en el sistema de salud mediante actividades voluntarias, internas y documentadas. -Poner en funcionamiento acciones de evaluación y mejora de la calidad como actividad normalizada y sistemática. -Aplicar la metodología de resolución de problemas para la mejora continua de los procesos de atención de la salud. -Identificar necesidades de capacitación en el área y organizar las actividades necesarias para su satisfacción. -Desarrollar redes de comunicación y aprendizaje mediante la implementación de una base de datos actualizada en temas de gestión de calidad. -Lograr la constitución de Comités de Gestión de Calidad (CGC) en hospitales e instituciones dependientes de la Secretaria de Salud, que permitan la integración de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales, promoviendo la capacitación y formación de los recursos humanos. Certifusación reconocida en sistemas REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer Titulo Universitario en Ciencias de de gestión de calidad y coordinación de © DEPENDENCIA; De la Subsecretaría de Gestión Institución ANEXO ra (Planilla 3) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y MATRICULACION MISIÓN; -Fiscalización del cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta el ejercicio profesional de la medicina, la odontología y actividades de colaboración. -Inscripción y certificación de matricula de los profesionales de la salud. -Recertificacion y otorgamiento de títulos de especialistas FUNCIONES: -Proponer la modificación, reglamentación y/o proyectos de instrumentos legales, con el propósito de mantener su permanente actualización. Formular normas sobre el tema de competencia para la aplicación en el ámbito provincial. -Entender en la problemática, mantener y actualizar el registro y los controles sanitarios, relacionados con la infraestructura, equipamiento, aparatos, etc., conforme a la normativa vigente. -Supervisar los registros pertinentes para otorgar la matricula profesional y disponer el reconocimiento de especialidades por parte de la Secretaría -Autorizar la habilitación y/o clausura de locales o establecimientos estatales o privados donde se realicen actividades de diagnóstico, tratamiento y/o asistencia de salud del individuo o de la comunidad, con fines de promoción, protección, recuperación y/o rehabilitación de personas humanas, con la colaboración de las áreas de Arquitectura Hospitalaria, etc. REOUISITOS PARA EL CARGO: Poseer titulo de médico o del arte de curar con experiencia en el área de fiscalización, preferentemente con experiencia en la administración publica. DEPENDENCIA: Dirección General de Gestión de Calidad en Salud ANEXO in (Planilla 4) DEPARTAMENTO PROVINCIAL PE CERTIFICACIONES Y MATRICULAS MISIÓN; -Atención a los profesionales que solicitan su matriculación, certificación de Especialista y demás constancias, con registro y archivo de datos que deberán ser actualizados según normativas vigentes con altas y bajas, como también habilitación de instituciones. FUNCIONES; -Controlar las distintas acciones que se realizan en el ámbito del Departamento, ya sea de la atención al publico para distintas consultas, referidas a matriculación, análisis de la documentación para acreditar especialidades y certificaciones varias. -Mantener los registros y archivos actualizados, según las normativas vigentes. Organizar, ordenar, supervisar y colaborar en forma continua en la correcta carga de la base de datos tanto de las matriculas como los expedientes de los establecimientos habilitados o en tramite de habilitación, manteniendo un padrón actualizado con altas y bajas, no solo de profesionales médicos sino también de instituciones sanitarias. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo secundario y conocimientos avanzados de informática. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación ANEXO ni (PlaniUa 5) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULACIÓN DE POLÍTICAS SANITARIAS MISIÓN; -Regulación y control de las políticas sanitarias dispuestas. -Desarrollo y control de calidad en consonancia con las normativas dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación. -Implementar un sistema de registro, resguardo y actualización de todas las guías, normativas y reglamentos con competencia en la Gestión de Calidad. FUNCIONES; -Entender en la regulación y fiscalización sanitaria, en la elaboración, incorporación, registro y sistematización de normativas orientadas a la eficacia, efectividad, eficiencia y calidad de los establecimientos y servicios de salud. -Proponer las sanciones que correspondan por el incumplimiento de la legislación vigente, y una vez dictada la Resolución con la sanción pertinente, aplicarla en los términos que determine la misma. -Coordinar operativamente el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la atención médica en conjunto con la Dirección Provincial de Auditoria y Control de calidad. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo terciario y experiencia no menor a 3 aflos en áreas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de normativas vigentes. DEPENDENCIA Dirección General de Gestión de Calidad en salud ANEXO DI (Planilla 6) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE REGULACIÓN DE POLÍTICAS Y LEGISLACIÓN SANITARIA MISIÓN; -Elaborar instrumentos legales, que garanticen las políticas sanitarias implementadas o a implementar por la Secretaría de Salud. -Asistir a la Dirección General en la evaluación de las leyes vigentes, referidas al ejercicio profesional, fiscalización sanitaria, gestión de calidad y todos los procesos administrativos. -Colaborar en la elaboración de nuevas normas reglamentarias y procesos administrativos, relacionados a las áreas de competencia. FUNCIONES: -Elaborar y redactar los proyectos de ley solicitados por las áreas de competencia de la Dirección General de Gestión de Calidad en Salud. -Colaborar con la Dirección General en la elaboración y análisis de normas reglamentarias y regulación de procesos administrativos relacionados con el ejercicio profesional y de los establecimientos asistenciales. -Supervisar registros, actualización de los mismos, otorgamiento de matricula profesional, y reconocimiento de especialidades por parte de la Secretaría de Salud. -Asistir en los aspectos pertinentes a registros y control de Obras Sociales, Mutuales, fiscalización de las mismas. -Realizar inspecciones en el ámbito del ejercicio profesional, a pedido de la Dirección Provincial, comunicando los resultados correspondientes a la habilitación, cambio de denominación y/o clausura o cierre de establecimiento de salud; de acuerdo a las Normas de Funcionamiento, Categorización según las normas vigentes. -Cooperar en el control de publicidad, difusión, actividades del ejercicio profesional, según disposiciones vigentes, propone la sanción pertinente, aplicándola en los términos que determine la misma. -Determinar en conjunto con la Dirección Provincial, los Departamentos Zonales, las Direcciones de Recursos fisicos en Salud y Dirección de Salud Ambiental, la efectivización de las inspecciones que sean de su competencia. -Elevar los informes de las actividades realizadas a la Dirección Provincial de su dependencia, proponiendo con la fundamentación correspondiente, las habilitaciones, modificaciones, sanciones, instrucción de sumarios, de acuerdo a la normativa vigente. -Colaborar en los proyectos de presupuesto del área REQUISITOS PARA EL CARGO; Poseer título de Abogado con experiencia mínima de tres años. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Regulación de Políticas Sagitarias ANEXO in (Planilla 7) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN SANITARIA MISIÓN: -Colaborar con la Dirección en el análisis de normas reglamentarias y procedimientos administrativos relacionados con el ejercicio de las profesione4s y establecimientos asistenciales de salud. FUNCIONES; -Coordinar y tramitar las tareas que realicen los inspectores y la Dirección. -Asesorar con referencia a las normativas vigentes en materia de habilitaciones, ejercicio de las profesiones médicas, odontológicas, bioquímicas y otros colaboradores de la salud. -Realizar foliado y rubricado de libros "Copiador de recetas de Ópticas" y Libro de registros de información de los servicios de Urgencia. -Entender en la aplicación de los valores fijados para aranceles relacionados con las habilitaciones de establecimientos, el otorgamiento de matrículas y de certificados de especialistas. -Informar a los Departamentos de Fiscalización dependientes de las Áreas Programáticas, todas las actualizaciones en lo ateniente a legislación de habilitaciones, de las distintas actividades. REOÜISITOS PARA EL CARGO; Poseer Titulo secundario y experiencia no menor a 3 años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de las normativas vigentes. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Fiscalización y Matriculación ANEXO ni (PlaniUa 8) DIVISIÓN PROVINCIAL DE INSPECTORÍA Y CONTROL DE CALIDAD MISIÓN; -Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente que reglamenta el ejercicio Profesional de la medicina, odontología, actividad de los colaboradores de la medicina, e inspección periódica a los establecimientos de Salud de la Provincia, tanto como elemento de control, como así también de supervisión e inspección final para su habilitación. FUNCIONES: -Realizar las inspecciones por si o en forma conjunta con la Dirección de Salud Ambiental y la Dirección de Recursos Físicos en Salud, en aquellos establecimientos o locales donde se realicen actividades de Diagnostico, tratamiento y/o asistencia de salud del individuo o de la comunidad, con fines de promoción, protección, recuperación y/o rehabilitación de salud, controlando el cumplimiento de las normas preestablecidas. -Informar mediante acta labrada en el lugar, y posterior informe a la Dirección de Fiscalización sobre aquellos locales que no den estricto cumpUmiento a lo normado en la reglamentación vigente. -Supervisar el cumplimiento efectivo de las guardias de horarios no habituales en los establecimientos donde se concurra a realizar inspecciones. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer Titulo secundario y experiencia no menor a 3 aflos en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de las normativas vigentes. DEPENDENCIA Departamento Provincial de Regulación de Políticas sanitaria ANEXO ffl (Planiüa 9) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AUDITORIA Y CONTROL DE CALmAP MISIÓN: -Establecer parámetros de la evaluación de calidad de servicios, establecimientos y redes de salud, teniendo en cuenta la medicina basada en evidencias y la evaluación de tecnologías sanitarias. FUNCIONES: -Fomentar y desarrollar investigaciones operativas vinculadas a la calidad de los servicios de salud y la seguridad de los pacientes. -Implementar acciones destinadas a garantizar la seguridad de los pacientes y la gestión de riesgos sanitarios. -Coordinar operativamente el Programa Nacional de la Calidad de la Atención Medica. -Promover y desarrollar la estandarización de procesos asistenciales y las guías de práctica clínica, tendientes a disminuir la variabilidad dentro de la practica clínica. -Desarrollar metodologías para el monitoreo en forma permanente de las necesidades y expectativas de los usuarios del sistema de salud. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer titulo de médico o del arte de curar con experiencia en el área de control de calidad, preferentemente con experiencia en la administración publica. DEPENDENCIA: Dirección General de Gestión de Calidad en Salud ANEXO m (Planilla 10) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AUDITORIAS DE ESTABLECIMIENTOS DEL I NIVEL ATENCIÓN MISIÓN; -Incorporar la gestión de calidad en al ámbito de los servicios de salud de la Provincia del Chubut a fin de acompañar el proceso de fortalecimiento del Sistema Publico de Atención de la Salud FUNCIONES: - Implementar y desarrollar programas y evaluaciones de controles de calidad en Hospitales Rurales, puestos sanitarios y Centro de Atención Primaria de la Salud de toda la Provincia del Chubut. - Coordinar los procesos de auditorías de establecimientos del Primer Nivel de atención. -Determinar estándares y criterios de calidad, en base a guías nacionales para una adecuada implementación de las evaluaciones de calidad. -Colaborar en la implementación de sistemas de gestión de calidad acompañando la incorporación de herramientas e instrumentos que permitan optimizar su funcionamiento. -Realizar los informes de resultados y el posterior análisis de los mismos. -Desarrollar ciclos completos de mejora con su correspondiente monitorización y evaluación. -Desarrollar líneas de investigación para la resolución de problemas metodológicos concretos. -Identificar un referente de Gestión de Calidad en cada dependencia sanitaria a fin de darle cumplimiento a la implementación continua de un sistema de gestión de calidad. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer Titulo Secundario y experiencia no menor a 3 años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de normativas vigentes. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Auditoria y Control de ANEXO m (Planilla 11) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AUDITORIAS DE ESTABLECIMIENTOS DEL n NIVEL DE ATENCIÓN MISIÓN; -Incorporar la gestión de calidad en al ámbito de los servicios de salud de la Provincia del Chubut a fin de acompañar el proceso de fortalecimiento del Sistema Publico de Atención de la Salud -Promover el desarrollo e implementación de Programas de controles de calidad en el Hospital Regional, Hospitales Zonales y Subzonales de toda la Provincia del Chubut. FUNCIONES: - Coordinar los procesos de auditorias de establecimientos del Primer Nivel de atención. -Determinar estándares y criterios de calidad, en base a guías nacionales para una adecuada implementación de las evaluaciones de calidad. -Colaborar en la implementación de sistemas de gestión de calidad acompañando la incorporación de herramientas e instrumentos que permitan optimizar su fimcionamiento. -Realizar los informes de resultados y el posterior análisis de los mismos —Desarrollar ciclos completos de mejora con su correspondiente monitorización y evaluación. -Desarrollar líneas de investigación para la resolución de problemas metodológicos concretos. -Identificar un referente de Gestión de Calidad en cada dependencia sanitaria a fin de darle cumplimiento a la implementación continua de un sistema de gestión de calidad. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer Titulo Secundario y experiencia no menor a 3 años en tareas similares, manejo avanzado de PC y conocimiento de normativas vigentes. DEPENDENCIA Dirección Provincial de Auditoria y Control de C ANEXO ni (PlaniUa 12) DEPARTAMENTO PROVINCIAL PE AUDITORIA ASISTENCIAL MISIÓN; -Evaluar los procesos Administrativos y Prestacionales de los programas asistenciales de la Secretaría de Salud, y los convenios con otr^ instituciones o estamentos Municipales, Provinciales o Nacionales. FUNCIONES; -Evaluar el cumplimiento de las propuestas, planes, procedimientos y registros administrativos y asistenciales. -Medir y valorizar la eficacia, amplitud y aplicación de los controles operativos. -Determinar el cumplimiento de las prestaciones asistenciales dispuestas por la Secretaria de Salud, su planificación y procedimientos vigentes. -Brindar asesoramiento a los efectores de la Secretaría de Salud acerca de los planes y los procesos administrativos y asistenciales en vigor que garanticen la calidad y cantidad de servicios asistenciales. -Revisar y proponer los indicadores de gestión; realizar las estadísticas para el control de cada uno de los procesos de los programas asistenciales de la Secretaría de Salud. -Garantizar y resguardar la información obtenida, facilitando la misma para mejorar la calidad y productividad de las prestaciones que se efectúen a través de los programas asistenciales de la Secretaria de Salud. -Proponer y monitorear el desarrollo del soporte informático necesario que permita hacer efectiva la auditoria asistencial. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo terciario con experiencia administrativa y prestacional y no menos de 3 años de antigüedad en la administración publica. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Prestaciones Asistencial ANEXO ni (Planilla 13) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE PERINATOLOGÍA MISIÓN: - Programar, articular, supervisar, monitorear y evaluar las actividades destinadas al área perinatal en la red de efectores de salud. FUNCIONES; - Coordinar la implementación de la iniciativa de Maternidades Seguras: que cumplan con las CONE y Centradas en la Familia en todos los establecimientos de la red pública de salud y propiciar su implementación en el ámbito privado. - Incorporar el Programa de Lactancia Materna, en forma conjunta con el Dpto de Salud del Niño y fortalecer su implementación en toda la provincia. - Fortalecer y monitorear el fiíncionamiento de las Comisiones de Evaluación de Muerte Materna e Infantil a Nivel Local y Central. - Participar en la vigilancia de la morbi-mortalidad materno infantil y en virtud de ello, orientar acciones sanitarias priorizadas. - Velar por la adecuada implementación de los Programas de la Dirección que se refieren a la atención perinatológica. - Consolidar el uso adecuado de la Historia Clínica Perinatal Base (HCPB) y del Carnet Perinatal (CP) fortaleciendo la carga actualizada y completa del SIP (Sistema Informático Perinatal) en los establecimientos que correspondan. - Fortalecer y contribuir a la Regionalización Perinatal en la provincia. - Asesorar a distintos ámbitos del Nivel Central, resto de instituciones y comunidad en general sobre temas relacionados con el área. - Colaborar con las autoridades de las Áreas Programáticas y Hospitalarias en la adecuada ejecución de tareas inherentes a la salud perinatal y la inclusión en un proceso de mejora. - Elevar periódicamente documentación con la información del Departamento a su cargo, a la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia, de la cual depende. - Sistematizar la información recibida de los Programas a su cargo como de los efectores de la red de salud y realizar informes periódicos de seguimiento y evaluación de indicadores. - Anualmente realizar la categorización de los serviájefíae matémMad y neo de la provincia, en forma conjunta con el área de Fiscalización y Gestión de Calidad del Nivel Central. - Monitorear, supervisar y evaluar los ejes de tr^ajo propuestos en los eifectores del ámbito del Sistema de Salud Provincial. ANEXOni(PlaniUal4) - Realizar, en forma conjunta con la Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia, acciones en el sector privado y de las obras sociales para la mejora de la salud perinatal. - Contribuir a la integración de acciones con resto de áreas de la Secretaria de Salud que trabajan con la misma población objetivo. - Trabajar para el logro de consensos locales sostenibles, basados en los lincamientos provinciales. - Actualizar guías y normativas que regulan el proceso de atención del área y transferir a los equipos de trabajo involucrados. REQUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo de médico o del arte de curar, y acreditar capacidad y experiencia para el trabajo interdisciplinario y coordinación de equipos complejos. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Maternidad, Infancia y Adolescencia ANEXO ra (Planilla 15) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES MISIÓN: - Prevenir el desarrollo de enfermedades prevenibles por vacunación a través de la inmunización oportuna basado en el cumplimiento del Calendario Nacional de Inmunizaciones y en la implantación de estrategias eficaces de intervención que permitan facilitar el acceso de la población a la vacunación en forma equitativa, segura y eficaz. - Diseñar estrategias que permitan una población protegida contra las enfermedades inmunoprevenibles, reduciendo la aparición de brotes, internaciones y muertes. FUNCIONES: - Adquisición y distribución de vacunas. - Adquisición y distribución de materiales descartables. - Asegurar la cadena de fi^io en todos los vacunatorios de la red pública de salud. - Realizar el seguimiento de coberturas de vacunación y contribuir al cumplimiento de las metas anuales del Programa. - Supervisión de programas locales de inmunizaciones. - Realización de campañas de vacunación para grupos específicos. - Elaboración, actualización y difusión de las Normas de Vacunación. - Capacitación a los distintos niveles de ejecución del Programa de inmunizaciones. - Vigilancia de los ESAVI (Efectos Adversos Posiblemente Relacionados a la Vacunación o Inmunización). - Reforzar el Programa de vacunación de huéspedes especiales. - Realizar la Vigilancia epidemiológica de las enfermedades Inmunoprevenibles y en virtud de ello determinar acciones sanitarias priorizadas. - Consolidar el uso adecuado de los registros individualizados y sistemas informáticos de carga y reporte. - Asesorar a distintos ámbitos del Nivel Central, resto de instituciones y comunidad en general sobre inmunizaciones. - Realizar, en forma conjunta con resto de Projmaíhas y DifbQciones del Nivel Central, acciones en el sector privado y de las obras aciales para la méjpra de los niveles de vacunación y disminución enfermedades inmunoprevenibles. - Fortalecer la integración de acciones con resto de áreas de la Secretaría de Salud y organismos (gubernamentales y no gubernamentales) que trabajan con la misma población objetivo. - Elevar periódicamente documentación con la información del Departamento a su cargo, a la Dirección Provincial de Patologías Prevalentes y Epidemiología, de la cual depende y al Programa Nacional (MSAL). REQUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo de médico o del arte de curar ,y acredite experiencia en gestión y trabajo en el área. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Patologías Prevalentes y Epidemiología. - Mantener actualizada las definiciones y procedimientos de captación y procesamiento de datos dando respuestas a las necesidades y cambios del sistema de salud. FUNCIONES; - Coordinar con las áreas programáticas y Establecimientos las actualizaciones en materia de captación, elaboración y transmisión de información. - Asesorar sobre la existencia de datos y las necesidades de usuarios a nivel local y regional. - Coordinar la sistematización adecuada de recepción de datos considerando cobertura y calidad. - Brindar apoyo a las áreas Programáticas y Establecimientos del área en la capacitación del Recurso Humano que realiza tareas concernientes de Estadística Sanitaria, con el fin de fortalecer el Sistema de Información. - Participar y desarrollar procesos sistemáticos de mejora de la calidad continua de datos. - Coordinar actividades y desarrollar procesos sistematizados de información adecuada para los Programas de Salud. - Actualizar de manera continua la información proveniente de diferentes efectores para el Registro poblacional de Tumores. - Fomentar de manera continua la mejora de calidad de datos proveniente de los efectores que notifican al Registro poblacional de Tumores. REQUISITOS PARA EL CARGO; Poseer Título de Técnico ó Grado de Estadística ó disciplina relacionada con la Estadística. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Estadística e Información^de Salud ANEXO in(PlaniUa 18) DIVISIÓN PROVINCIAL SUELDOS MISIÓN; - Efectuar la coordinación, supervisión y gestión intermedia de todos los trámites que se generan en el Departamento Provincial de Sueldos. FUNCIONES; - Supervisión de la realización de las Certificaciones de Servicios. - Coordinar y gestionar las liquidaciones complementarias "Programa 92" de ejercicios vencidos ya sea por subrogancias, incorporaciones, reubicaciones, pagos retroactivos, licencias no usufiíictuadas, dedicaciones exclusivas. - Gestionar y supervisar las liquidaciones de los adicionales por Política Sanitaria, beneficios especiales, coordinaciones de programas de residencia, etc. - Coordinación de las liquidaciones de Residencias: altas, bajas, promociones, becas compensatorias, plus por viviendas. - Gestionar constancias de haberes. - Control y distribución de los libramientos de haberes mensuales y complementarias, a Contaduría General para su aprobación. Servicios Administrativos Financieros de las distintas dependencias sanitarias y ejecución del expediente correspondiente al Servicios Administrativo Financiero de Nivel Central. - Supervisión de disponibilidades horarias y excedentes de enfermería. REOUISITOS DEL CARGO; Poseer titulo secundario completo, con más de tres años en el Departamento Provincial de Sueldos, y ser idóneo en la carga, cálculo y liquidación de haberes. del Departamento Provincial Sueldos. ANEXO m (Planilla 19) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y POLÍTICAS SALUDABLES MISIÓN: -Aplicar lineamientos estratégicos de la Atención Primaria de la Salud, desarrollando y articulando actividades que aborden la problemática mediante un enfoque intra e intersectoriales con énfasis en los determinantes de la salud, con énfasis en acciones de promoción y políticas saludables. FUNCIONES; -Promover y generar mecanismos de articulación de los distintos programas, acciones y actividades de promoción de la salud. -Seleccionar indicadores y métodos adecuados para detectar, analizar, evaluar y vigilar los problemas relativos a factores de riesgo en la comunidad. -Capacitar al personal de los diferentes organismos involucrados para realizar planificación para el desarrollo de actividades de salud comunitaria y políticas saludables. -Fomentar y promover actividades sobre estrategias de comunidades saludables. -Articular actividades de fortalecimiento de los programas de salud local. Diseñar estrategias en conjunto con el Departamento de Comunicación Social, referidas a la promoción de hábitos saludables. -Conformar equipos de trabajos, inter e intragubernamentales y no gubernamentales, abordando problemáticas de promoción de la salud. -Propiciar actividades saludables en la comunidad, promoviendo el deporte, la salud, y la educación, como formación integral y saludable. -Desarrollar eventos, jomadas, talleres y otros, que promocionen hábitos y conductas saludables. REOUISITOS PARA EL CARGO; Poseer titulo secundario y experiencia de no menos de 3 años en la administración pública. DEPENDENCIA: De la Dirección Provincial de Atención Primaria de la Salud |
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