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Título: Estructura Orgánica Funcional de la Subsecretaría de Planificación y Capacitación |
Fecha Registro: 23/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020 El Expediente N° 3188/20-MS - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la modificación de la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Salud, aprobada por los Decretos N° 134/09, 243/10, 1796/11, 1567/12 y 1272/17 en lo referente a la Subsecretaría de Planificación y Capacitación; Que tal solicitud se fundamenta en la necesidad funcional y operativa de disponer de un área jerarquizada que recepte todo lo concerniente a Sistemas de Información en Salud, con el objeto de integrar, optimizar y mejorar el funcionamiento organizacional en relación con los aspectos de informatization. Siendo necesario establecer los lineamientos de planificación y gestión en la temática. Haciéndose imperioso una estructura acorde con misiones y funciones definidas, con recurso humano para generar las políticas efectivas; Que a tal fin, se propone crear una Dirección Provincial de Informática dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Capacitación del Ministerio de Salud y los Departamentos Provinciales de Desarrollo de Sistemas, de Administración de Base de Datos y de Calidad y la División Provincial de Control y Testeo dependiente del Departamento Provincial de Calidad; Que es necesario determinar y aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para los cargos a crearse; Que por el mismo Expediente se tramita la modificación del Anexo I - (Planilla 3) y Anexo II — (Planilla 15) del Decreto 243/10; Que a iguales fines se solicita el cambio de denominación de la División Provincial Sistema de Información y Capital Humano por División Provincial de Soporte e Infraestructura Informática con sus respectivas misiones y funciones creada por Decreto 243/10; Que la División Provincial de Soporte e Infraestructura Informática pasará a depender de la Dirección Provincial de Informática a crearse; Que resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Salud; Que por el Expediente citado del Visto, se tramita la cobertura de cargos Jerárquicos de la Dirección Provincial de Informática y de los Departamentos Provinciales de Administración de Base de Datos y de Calidad dependientes de la Subsecretaría de Planificación y Capacitación del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto; Que la cobertura de dichos cargos resulta necesaria para el adecuado funcionamiento del servicio de salud; Que las presentes designaciones de los agentes consignados en el Anexo III, que forma parte integrante del presente Decreto, se encuadran en los Artículos 4o, 61° y 62° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo y el Decreto N° 116/82; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 251; Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase a partir de la fecha del presente Decreto, la Estructura Orgánica Funcional de la Subsecretaría de Planificación y Capacitación del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto N° 1272/17, quedando conformada de acuerdo al Anexo I (Planilla 1) que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Modifícase los Anexos I y II - (Planillas 3 y 15) del Decreto N° 243/10 en cuanto a su denominación, misiones y funciones y requisitos de los cargos los que quedarán redactados de acuerdo al Anexo I (Planilla 1) y Anexo II (Planilla 4) que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- Apruébase la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Salud la que quedará conforme al Anexo I (Planilla 1) que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 4°.- Apruébense las Misiones, Funciones y los Requisitos para el ejercicio de los cargos creados, conforme al Anexo II (Planillas 1 a 6), que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 5°,- Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, a los agentes individualizados en el Anexo III que forma parte integrante del presente Decreto, para la cobertura de los cargos jerárquicos detallados en el mismo Anexo I (Planilla 1). Artículo 6° - Los agentes designados en el Artículo anterior percibirán la diferencia salarial existente entre las categorías de revista y los cargos jerárquicos que en cada caso se indica, conforme se detallan en el Anexo III que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 7°.- El gasto que demande el cumplimento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud del Presupuesto para el año 2020. Artículo 8°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, Economía y Crédito Público y de Salud. Artículo 9°.-Reqístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y Cumplido; ARCHIVESE. DECRETO N° 1408/2020 ANEXO II (Planilla 1) DIRECCION PROVINCIAL DE INFORMÁTICA MISION: Diseñar y establecer las políticas de la Salud Digital de la provincia de acuerdo al marco legal existente, tomando como ejes estratégicos el desarrollo de la Historia Clínica Electrónica y Telesalud. Coordinar el desarrollo de soluciones informáticas, base de datos y padrones, velando que la infraestructura cuente con condiciones necesarias para su correcto funcionamiento. FUNCIONES: • Planificar el desarrollo de servicios tecnológicos en el sistema de salud. • Implementar herramientas que contribuyan al desarrollo de la infraestructura de interoperabilidad. • Asistir a la implantación y desarrollo de Telesalud. • Implementar un sistema de información único que funcione en todo el Organismo. • Asistir a las autoridades del Ministerio en la confección, modificación y aprobación de los planes operativos anuales, en lo referente a los sistemas de información. • Definir y controlar el presupuesto y medios necesarios para el correcto funcionamiento de la Dirección. • Diseñar y establecer políticas de salud digital de acuerdo al marco regulatorio. • Normatizar definiciones, procedimientos de captación y elaboración de información, manteniendo estándares nacionales y/o internacionales con el fin de que el sistema conserve homogeneidad. • Diseñar y colaborar en el modelo de HCEU, centrado en el paciente orientado a problemas. • Armar y/o coordinar la agenda para el desarrollo del plan provincial de Telesalud. • Analizar y aprobar los planes operativos de la red de Telesalud provincial. DEPENDENCIA: Subsecretaría de Planificación y Capacitación. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer título de grado o superior en carreras de Sistemas o afines. ANEXO II (Planilla 2) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE DESARROLLO DE SISTEMAS MISION: Apoyar al Ministerio en el logro de sus objetivos institucionales, a través del diseño, desarrollo e implementation de soluciones basadas en Tecnología de Información (TIC) y en procedimientos de trabajo, los cuales satisfagan eficaz y eficientemente sus necesidades de sistematización de los propios servicios y procesos institucionales. FUNCIONES: • Realizar tareas de relevamiento, análisis, diseño y construcción de sistemas informáticos. • Respetar los estándares y metodología de trabajo definidos por el Departamento de Calidad dentro de la Dirección de Informática. • Evaluar la metodología de trabajo con el objeto de mejorar el proceso de los futuros desarrollos. • Evaluar herramientas de desarrollo de software. • Capacitarse en el uso de métodos, técnicas y herramientas de desarrollo. • Participar en la implementación de los sistemas informáticos construidos o adquiridos. • Trabajar en servicios enfocados en el desarrollo de proyectos relacionados con sistemas de información, rediseño de procesos, mantenimiento de sistemas, formulación de proyectos. • Estandarizar los métodos y establecer las normas de eficacia y los costos, asegurándose que el personal los conoce y acepta. • Elaborar programas y sistemas confiables y operativos que faciliten las labores de los empleados y logren ahorros considerables y la toma de buenas decisiones. • Tener documentados todos los sistemas informáticos desarrollados. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Informática. REQUISITOS PARA EL CARGO Poseer título de grado en carreras de Sistemas o afines. ANEXO II (Planilia 3) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ADMINISTRACION DE BASE DE DATOS MISION Conformar, gestionar y administrar las Bases de Datos del sistema de salud con parámetros de calidad según lo especifiquen las normativas existentes FUNCIONES • Coordinar la elaboración, análisis y validación de los padrones de beneficiarios. • Colaborar con las demás áreas de la Dirección en todo lo relativo a sistemas informáticos, infraestructura y tecnología del sistema sanitario provincial. • Colaborar en el armado del diseño, desarrollo y ejecución de los planes de contingencia • Supervisar la planificación y el desarrollo de los contenidos para las capacitaciones inherentes al área. • Coordinar la generación, gestión y mantenimiento de las bases de datos. • Generar los reportes y soportes digitales vinculados a las bases de datos. • Generar reportes con errores y omisiones en las bases de datos para su posterior auditoría y corrección. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Informática. REQUISITOS PARA EL CARGO Poseer título de pre-grado o grado en carreras de Sistemas o afines. ANEXO II (Planilla 4) DIVISION PROVINCIAL DE SOPORTE E INFRAESTRUCTURA INFORMATICA MISION Mantener los servidores e infraestructura tecnológica donde se han montado las aplicaciones y desarrollos informáticos para que trabajen de manera segura y a su máximo rendimiento. Actuar como contenedor, garante y protector de los datos de la gestión institucional, asegurando la comunicación de toda la red institucional. FUNCIONES • Asegurar la comunicación de toda la red asistencial. Para ello trabajará en el desarrollo y el mantenimiento de la red de comunicaciones. • Garantizar la comunicación entre todos los dispositivos computacionales de los efectores de la red de salud que se encuentren conectados a ella, como computadoras, teléfonos, Ipad, Smartphone, entre otros dispositivos. • Desarrollar proyectos de comunicación, soporte de redes, verificación de calidad de la conectividad, análisis de servicio de red, instalación de puntos de red, instalación de redes ante eventos, entre otros. • Elaborar estudios para la elección y adquisición de equipos de cómputos y accesorios. • Sugerir la ampliación o substitución de las instalaciones existentes. • Crear y llevar a cabo un plan de renovación y actualización de equipamiento. • Mantener la integridad de la información, creando un plan efectivo de contingencia. • Mantener actualizado y controlado el inventario de equipos y accesorios, así como de los paquetes de software de toda la Institución. • Realizar la configuración e instalación del software necesario. • Instalar y mantener el sistema operativo de la Institución. • Ejecutar y controlar todos los respaldos de la información de los distintos equipos. • Elaborar pedido de consumibles (cintas, toners, cartuchos para respaldo, etc.) • Brindar el mantenimiento preventivo a los equipos informáticos, e implementar un procedimiento que regule dicha actividad. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Informática. REQUISITOS PARA EL CARGO Poseer título de pre-grado o grado en carreras de Sistemas o afines. ANEXO II (Planilla 5) DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE CALIDAD MISION: Garantizar que los sistemas de información estén a disposición de los usuarios y cumplan con los requerimientos funcionales y técnicos establecidos. FUNCIONES: • Definir estándares y metodologías de trabajo para mejorar los productos y servicios brindados por la Dirección de Informática. • Evaluar la factibilidad de aplicar soluciones informáticas para mejorar el desempeño del Ministerio de Salud de la Provincia y de los centros de Salud que dependen del mismo. • Supervisar todos los procesos, prácticas y acciones para conseguir que el producto o servicio cumpla con el nivel de calidad requerido. • Integrar los sistemas de información desarrollados o adquiridos con las distintas áreas que conforman el sistema de salud. • Administrar la documentación relacionada con los procesos de calidad y los marcos legales y jurídicos que los sustentan. • Gestionar^distribuir los recursos brindados por la Dirección a los usuarios, analizando y atendiendo las posibles demandas. • Evaluar la eficiencia de software y hardware, así como de los servicios subcontratados a terceros. DEPENDENCIA: Dirección Provincial de Informática. REQUISITOS PARA EL CARGO Poseer título de grado en carreras de Sistemas o afines, o título de grado en carreras de Administración o afines. ANEXO II (Planilla 6) DIVISION PROVINCIAL DE CONTROL Y TESTED MISION: Garantizar que los sistemas de información estén a disposición de los usuarios y sean totalmente operativos y no posean errores de funcionamiento. FUNCIONES: • Realizar las pruebas y tésteos de los sistemas en desarrollo • Participar en la planificación de las pruebas dentro de los planes de trabajo de cada equipo de proyecto. • Supervisar la correcta ejecución de los planes de pruebas de certificación, validando la documentación requerida de acuerdo a las metodologías y estándares establecidos. • Promover el uso de las herramientas de gestión de pruebas de calidad. • Planificar y llevar a cabo pruebas de software de los equipamientos para comprobar si funcionan correctamente. • Identificar el riesgo de sufrir errores de un software, detectar errores y comunicarlo. • Evaluar el funcionamiento general del software, sugiriendo formas de mejorarlo. DEPENDENCIA: Departamento Provincial de Calidad REQUISITOS PARA EL CARGO Poseer título de pre-grado o grado en carreras de Sistemas o afines. ANEXO III APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO N° GEOFFROY Silvio Andrés 31.357.251 NAVARRO Martin Gonzalo 30.284.137 CARREÑO María de los Angeles 26.889.539 |
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