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| Título: S/ CERCO PARA BASURALES- PROTECCION MEDIO AMBIENTE |
| Fecha Registro: 11/09/2001 |
| Detalle: L E Y Nº 4759 . LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : Artículo 1º.- Los alambrados o cerramientos perimetrales utilizados en toda obra contratada por el Estado Provincial serán destinados, luego de cumplida su finalidad, a cercar los basurales o vertederos de residuos sólidos existentes en el interior del territorio provincial. Artículo 2°.- El Ministerio de la Producción de la Provincia, a través de la Dirección General de Protección Ambiental, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. Artículo 3°.- La Autoridad de Aplicación coordinará con la Subsecretaría de Obras Públicas de la Provincia la recepción de dichos elementos y celebrará acuerdos con los Municipios y Juntas Vecinales, en los cuales se establecerán los criterios para su utilización, en base a las necesidades existentes, a los efectos de dar cumplimiento al artículo 1° de la presente Ley. Artículo 4º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL UNO. PROMULGADO DECRETO 1351/01 |
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