Imprimir detalle |
Título: MODIFICACION ANEXO B DTO. N° 181/02- VIATICOS |
Fecha Registro: 07/02/2013 |
Detalle: RAWSON,07 FEB 2013 VISTO: El Decreto N° 181/02 y el Expediente N° 9349-MCG-2012; y CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente se solicita adecuar el monto de los viáticos que percibe el Secretario Privado del Señor Gobernador; Que conceptualmente se define al viático en el artículo 24 inciso 1) apartado a. de la Ley I N° 74 como la asignación diaria que se le acuerda a los agentes para atender todos los gastos personales que le ocasione el desempeño de una comisión de servicio, a cumplir fuera del lugar habitual de prestación de tareas; Que el Anexo "B" del Decreto N° 181 /02 determina que el viático que se le liquida al Secretario Privado del Señor Gobernador es el correspondiente a la categoría "B"; Que es dable indicar que en la práctica resulta insuficiente el viático que se le asigna al citado funcionario; Que, de este modo, resulta adecuado y pertinente incorporar el cargo de Secretario Privado del Señor Gobernador en la categoría "C" del referido Anexo; Que la Dirección General de Administración de Personal ha intervenido en el presente trámite; Que el Asesor General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo Io.- Modificase el Anexo "B" del Decreto N° 181/02 incorporando en la escala para liquidar de la categoría "C" el cargo de Secretario Privado del Señor Gobernador.- Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.- Artículo 3o.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 100 |
|