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Título: Incrementase del Presupuesto Legislativo para el Ejercicio 2014 |
Fecha Registro: 02/10/2014 |
Detalle: L E Y II N° 164 /14-HL. LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1º.- Incrementase el Presupuesto de Gastos del Poder Legislativo que mediante Ley II N° 160 se ha puesto en vigencia para el Ejercicio 2014; en la suma de PESOS: VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DOS ($ 22.605.802,00), de acuerdo con la finalidad y distribución que como planillas anexas forman parte integrante de la presente Ley: EROGACIONES OTRAS EROGACIONES FINALIDAD CORRIENTES EROGACIONES DE CAPITAL ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL 20.185.802 2.420.000 20.185.802 2.420.000 Artículo 2°.- Increméntese en TREINTA Y DOS (32) cargos la Planta de Personal del Poder Legislativo. Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo pondrá a disposición el incremento presupuestario de este Poder Legislativo de acuerdo con el monto al que se hace referencia en la presente Ley. Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE. (VEASE ANEXO EN ORIGINAL) RAWSON, 21 OCT 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: El Proyecto de Ley referente al incremento del Presupuesto Legislativo para el Ejercicio 2014, puesto en vigencia mediante Ley II N° 160; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 02 de octubre de 2014 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: II N° 164 Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.- DECRETO N° 1324 |
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