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| Título: Modifícase el artículo 111° de la Ley XVI N° 46, Ley de Corporaciones Municipales |
| Fecha Registro: 21/11/2016 |
| Detalle: LEY XVI N° 9 6.- LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1°.- Modifícase el artículo 111° de la Ley XVI N° 46, Ley de Corporaciones Municipales, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 111°. - Substanciándose proceso penal ante la Justicia Ordinaria contra un Intendente, el mismo no tendrá otras inmunidades que las previstas en el Título III de la Constitución de la Provincia". Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS. RAWSON, 21 NOV 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que por imperio de lo prescripto por el artículo 140° de la Constitución Provincial ha quedado automáticamente promulgado el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura el día 20 de octubre de 2016 referente a la modificación del artículo 111° de la Ley XVI N° 46, Ley de Corporaciones Municipales; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia la número: XVI 96 Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.- DECRETO N° 1765 |
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