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Título: Designar , al señor Carlos Antonio CUNDARI |
Fecha Registro: 24/01/2020 |
Detalle: RAWSON, 24 ENE 2020 VISTO: El Expediente N° 0065-MDSFMyJ-2020; y CONSIDERANDO: Que Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667; Que en virtud de lo expuesto, la Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, gestiona designar al señor Carlos Antonio CUNDARI, en el cargo de Secretario Privado de la Subsecretaría de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente Decreto; Que corresponde dejar sin efecto el Decreto N° 546/18, a partir de la fecha del presente Decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 3 Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Ejercicio 2020; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Decreto 546/18, partir de la fecha del presente Decreto, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al señor Carlos Antonio CUNDARI (M.I. N° 12.572.946 - Clase 1958) en el cargo de Secretario Privado de la señora Subsecretaría de Desarrollo Social - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 3°.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 3 Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social – Ejercicio 2020. Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 72/2020 |
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