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Título: DESTITUIR EN GRADO DE CESANTIA AL AGENTE PEÑA LUIS CARLOS |
Fecha Registro: 22/04/2020 |
Detalle: RAWSON 22 DE ABRIL 2020 VISTO: El Expediente N° 422/2018 de Jefatura de Policía; CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita el Sumario Administrativo caratulado: D.A.I. (CR) S/ínv. fin establecer y/o deslindar responsabilidad Adm empleado policial PEÑA, Luis Carlos; Psta. Inf. Art. 29 Inc. 12 R.D.P.V - COM. RIV) -Año 2017"; Que por el hecho acaecido se tramitó causa judicial legajo fiscal N° 81661/17, la que se encuentra en etapa de investigación preliminar. Que no obstante y en virtud de las constancias arrimadas a la causa, ha quedado probada la responsabilidad administrativa del Agente PEÑA, Luis Carlos, quien no mantuvo en la vida pública y privada el decoro que impone su función, dejando en evidencia su responsabilidad y proceder lo que afecta gravemente la disciplina y prestigio de la repartición; Que la acreditación de la infracción faculta a resolver la situación administrativa con total independencia de lo resuelto en la causa judicial; Que se ha otorgado al agente su derecho de defensa siendo ejercido a fojas 123/126; Que se han cubierto los requisitos legales en la sustanciación de estas actuaciones; Que a fojas 142 se expide la Asesoría Letrada de la Unidad Regional Comodoro Rivadavia mediante dictamen N° 34/17 "ALUCR", entendiendo que la conducta del encartado se encuadra en el Artículo 29° inciso 12) del Régimen Disciplinario Policial Vigente, compartiendo el mismo criterio el Área de Asesoría Letrada de la Jefatura de Policía mediante dictamen N° 221/18 A AL de fojas 161; Que atento lo expuesto, corresponde proceder la destitución del empleado policial conforme los Artículos 14° inciso d) y 63° inciso a) de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico; Que el Señor Jefe de Policía y el Señor Ministro de Seguridad autorizan la destitución del Agente; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: DESTITUIR en grado de CESANTÍA conforme lo determinan los Artículos 14° inciso d) y 63° inciso a) de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico, a partir del presente Decreto, al Agente PEÑA, Luis Carlos (D.N.I. N° 35.491.678, clase 1991) de la Agrupación Comando - Escalafón General de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad por haber infringido el Régimen Disciplinario Policial (aprobado por Decreto N° 2427/77) en su Artículo 29° inciso 12). Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia. Artículo 3°: Regístrese, notifíquese, comumiquese, dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE. DECRETO N° 316/2020. |
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