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Título: MODIFICAR EL DETALLE ANALÍTICO DE LA PLANTA PRESUPUESTARIA |
Fecha Registro: 20/01/2020 |
Detalle: RAWSON 20 DE ENERO 2020 VISTO: El Expediente N°001 /20-SP y la Ley I N° 667; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se tramita la modificación de la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaria de Pesca a partir del 10 de Diciembre de 2019; Que es necesaria la modificación de la estructura orgánica funcional aprobada mediante el Decreto N° 41/2015; Que de conformidad con el artículo 24° de la Ley I N° 667 se otorgan las atribuciones de la creada Secretaría de Pesca; Que en ese marco, a la Secretaría le compete asistir al Gobernador en los asuntos relativos a la asistencia, control y fiscalización de las actividades pesqueras, en la planificación e implementación de las políticas referidas a recursos eticólas provinciales, en la adopción de políticas económicas que promuevan el crecimiento regional sustentable del sector pesquero y la participación de los habitantes de la Provincia en la obtención de una equitativa distribución de la riqueza, entre otras funciones particulares; Que por su parte la Ley citada establece que cada Ministro y Secretario podrá proponer la estructura orgánica que estime necesaria, de conformidad con las exigencias de sus respectivas áreas de competencias; Que es necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de la Jurisdicción 61 - Secretaria de Pesca - SAF 61: Secretaria de Pesca -Programa 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1: Pesca Continental y Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero, creándose Un (1) cargo de Subsecretario, y Dos (2) cargos de Director General, eliminándose del Programa 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, Un (1) Cargo Agrupamiento Técnico Administrativo Nivel III, Un (cargo) Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Obrero Nivel II, Un (1) cargo Agrupamiento Servicios y Servicios Generales Nivel III - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1 Un (1) Cargo Director General, Un cargo Profesional Nivel II - Categoría 15 y Un Cargo Profesional Nivel III - Categoría 11 y del Programa 17: Desarrollo Pesquero - Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, según Anexo I (hojas 1 a 3) del presente Decreto; Que se solicita la creación de la Subsecretaría de Puertos; Que se solicita eliminar la Dirección de Puertos y Explotación Directa y crear la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, la cual dependerá de la Subsecretaría de Puertos; Que de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa dependerán los Departamentos: Secretaría, Habilitaciones, Registros y Despacho; Administrativo Contable; Puerto Rawson y Puerto Camarones, antes dependientes de la Dirección de Puertos y Explotación Directa; Que de igual modo se solicita eliminar la Dirección de Control y Fiscalización y crear la Dirección General de Control y Fiscalización, la cual dependerá de la Subsecretaría de Pesca; Que de la Dirección General de Control y Fiscalización dependerán los Departamentos Monitoreo Satelital, Delegación Zona Sur, Delegación Zona Norte antes dependientes de la Dirección de Control y Fiscalización; Que se solicita cambiar la dependencia de la Dirección de Infracciones y Sanciones Pesqueras dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales, del Departamentos Mesa de Entrada y su División Despacho dependientes de la Dirección de Recursos Humanos y del Departamento Permisos y sus Divisiones MEISZNER Permisos Pesca Industrial y División Permisos Pesca Artesanal dependientes de Gobierno la ex Dirección de Control y Fiscalización los cuales pasarán a depender de la Dirección General de Pesca; Que es necesario cambiar las dependencias de la Dirección de Recursos Humanos y el Departamento Logística y Coordinación ambos dependientes de la Dirección General de Pesca y pasarán a depender de la Subsecretaría de Pesca; Que se solicita el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, el que pasará a denominarse Coordinación Administrativa y dependerá de la Dirección General de Control y Fiscalización; Que se solicita el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Articulación Institucional dependiente de la Dirección General de Pesca, el que pasará a denominarse Departamento Asistencia y Legajos y dependerá de la Dirección de Recursos Humanos; Que es necesario aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos de los cargos creados en la órbita de la Secretaría de Pesca, según Anexo III (hojas 1 a 6); Que es necesario dejar establecido que las designaciones en la nueva Estructura Orgánica Funcional, estarán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria; Que a los efectos de dotar de operatividad a la nueva estructura, resulta conveniente que las designaciones se realicen en un acto administrativo independiente; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N°251; Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA Artículo 1°- Exceptúese el presente trámite del criterio de irretroactividad dispues-to por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) del mismo artículo y norma legal.- Artículo 2°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de la Jurisdicción 61 - Secretaría de Pesca - SAF 61: Secretaría de Pesca - la Secretaria de Pesca - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1: Pesca Continental y Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero, creándose Un (1) cargo de Subsecretario, y Dos (2) cargos de Director General, eliminándose del Programa 1: Conducción de la Secretaría de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, Un (1) Cargo Agrupamiento Técnico Administrativo Nivel III, Un (1) cargo Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Obrero Nivel II, Un (1) cargo Agrupamiento Servicios y Servicios Generales Nivel III - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1 Un (1) Cargo Director General, Un (1) cargo Profesional Nivel II - Categoría 15 y Un Cargo Profesional Nivel III - Categoría 11 y del Pro-grama 17: Desarrollo Pesquero - Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, según Anexo I (hojas 1 a 3) del presente Decreto.- Artículo 3°.- Aprobar a partir del 10 de diciembre de 2019 la modificación de la estructura Orgánico Funcional de la Secretaría de Pesca, conforme al Anexo II (hojas 1 a 2), que forma parte del presente Decreto.-Artículo 4°.- Aprobar la creación de la Subsecretaría de Puertos.- Artículo 5°.- Eliminar la Dirección de Puertos Explotación Directa y crear la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Puertos.- Artículo 6°.- Aprobar el cambio de dependencia de los Departamentos: Secretaría, Habilitaciones, Registros y Despacho; Administrativo Contable; Puerto Rawson y Puerto Camarones, que dependerán de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa.- Artículo 7°.- Eliminar la Dirección de Control y Fiscalización y crear la Dirección General de Control y Fiscalización; la cual dependerá de la Subsecretaría de Pesca.- Artículo 8°.- Aprobar el cambio de dependencia de los Departamentos Monitoreo Satelital, Delegación Zona Sur, Delegación Zona Norte, que dependerán de la Dirección General de Control y Fiscalización. - Artículo 9°.- Aprobar el cambio de dependencia de la Dirección de Infracciones y Sanciones Pesqueras dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales y del Departamentos Mesa de Entrada y su División Despacho dependientes de la Dirección de Recursos Humanos y el Departamento Permisos y sus Divisiones Permisos Pesca Industrial y División Permisos Pesca Artesanal de la ex Dirección de Control y Fiscalización que dependerán de la Dirección General de Pesca.- Artículo 10°.- Aprobar el cambio de dependencia de la Dirección de Recursos Humanos y del Departamento Logística y Coordinación, ambos dependientes de la Dirección General de Pesca y que dependerán de la Subsecretaría de Pesca.- Artículo 11°.- Aprobar el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, el que pasará a denominarse Coordinación Administrativa, que dependerá de la Dirección General de Control y Fiscalización.- Artículo 12°.- Aprobar el cambio de denominación y de dependencia del Depar¬tamento Articulación Institucional dependiente de la Dirección Ge¬neral de Pesca, el que pasará a denominarse Departamento Asistencia y Legajos y dependerá de la Dirección de Recursos Humanos.- Artículo 13°.- Aprobar, las Misiones, Funciones y Requisitos de acuerdo al Anexo III (hojas 1 a 6), que forma parte integrante del presente Decreto.- Artículo 14°.- Las designaciones de la nueva Estructura Orgánica Funcional esta-rán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria, de cargos y masa salarial.- Artículo 15°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 16°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- ANEXO III Hoja SECRETARÍA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS MISIÓN: • Asesorar al Secretario de Pesca en la actividad portuaria provincial y en todo lo vinculado a la temática portuaria y coordinar la relación entre la Secretaria y las Administraciones portuarias locales. • A solicitud del Secretario, realizar propuestas de proyectos en todo lo atinente a la planificación y gestión portuaria, como así también en lo relativo a la formulación de proyectos de obras de mantenimiento, remodelación, ampliación o nuevos emprendimientos. FUNCIONES: • Optimizar la utilización de los recursos humanos y técnicos tendientes al cumplimiento de las funciones de la misma.- • Coordinar, fiscalizar y controlar el funcionamiento de las Administraciones Portuarias locales.- • Evaluar y asesorar al Secretario de Pesca acerca de la homologación de las tasas, tarifas, precios, arrendamientos, cánones, derechos de concesión , etc., • Evaluar y recomendar acerca de la homologación de las concesiones, locaciones, permisos y derechos reales de garantía, de las Administraciones Portuarias Locales.- • Asesorar al Sr. Secretario de Pesca en oportunidad de resolver acerca de la habilitación de puertos destinados al uso recreativo o al comercio provincial.- • Fiscalizar y controlar el desenvolvimiento de la actividad portuaria en general dentro de la Provincia y las gestiones que extraterritorialmente realicen los responsables de las distintas Administraciones portuarias.- • Asesorar al Sr. Secretario de Pesca en la elaboración , modificación y aprobación de los Estatutos de las Administraciones Portuarias locales.- • Asistir con voz y sin derecho a voto a las reuniones ordinarias y extraordinarias de las Administraciones Portuarias Locales cuando así lo crea conveniente.- • Representar al Gobierno Provincial ante los Organismos Nacionales e Internacionales con incumbencia portuaria.- REQUISITOS PARA EL CARGO • Poseer título universitario y/o experiencia e idoneidad en la administración publica ANEXO III Hoja 2 SECRETARIA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y EXPLOTACIÓN DIRECTA MISIÓN: • Asistir al Subsecretario de Puertos en la fijación de políticas y estratégicas dentro del ámbito portuario, en los puertos bajo jurisdicción provincial e intervenir en lo concerniente a la prestación de servicios y la infraestructura portuaria. FUNCIONES: • Representar ante terceros en los puertos de Rawson y camarones cuya administración ejerce. • Asistir al Subsecretario en materia de manejo administrativo de aquellos puertos cuya explotación este a su cargo. • Promover y gestionar proyectos tendientes a mejorar la operatividad en todos los puertos con real injerencia • A requerimiento del Sr. Subsecretario, brindar asesoramiento a las Administraciones Portuarias Locales en materia portuarias. • Intervenir a solicitud del Sr. Subsecretario en la formulación de proyectos vinculados con obras portuarias. • Participar a solicitud del Sr. Subsecretario en el desarrollo de pliego para licitaciones vinculadas a obras portuarias. REQUISITOS PARA EL CARGO: • Poseer tres (3) años de experiencia e idoneidad fehacientemente acreditada en la administración de puertos. Titulo secundario. ANEXO III Hoja 3 SECRETARÍA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN MISIÓN: • Tendrá bajo su responsabilidad y dependencia directa la actividad, patrullaje y control terrestre, marítimo y aéreo en aguas y costa jurisdiccionales, como la ad¬ ministración del sistema de posicionamiento satelital de embarcaciones. FUNCIONES: • Aplicar las leyes, decretos y demás normas tendientes a salvaguardar los recursos pesqueros provinciales. • Controlar en lo concerniente al cobro de tasas, cánones y otros tributos o recaudaciones que se fijen en forma directa en relación con la Dirección General de Rentas y las otras dependencias de la Secretaria de Pesca y de los otros Ministerios o reparticiones provinciales. • Controlar el cumplimiento de las obligaciones de la flota pesquera y el sector industrial, de acuerdo a la legislación vigente, en materia de información pesquera y de recaudación derivada de la política tarifaria. • Contabilizar las recaudaciones y erogaciones provenientes de la aplicación de la Ley Impositiva en coordinación con la Dirección General de Rentas. • Coordinar el control e inspecciones en las plantas pesqueras. • Labrar las actuaciones administrativas que correspondan por la infracción a la legislación. • Controlar, coordinar y supervisar a los inspectores y jefes responsables de cada área. • Examinar y supervisar a los controles de buques, puertos, tránsito y los de entrada de materia prima a plantas de todo producto de la pesca y acuicultura. • Requerir colaboración a los organismos competentes previa autorización de sus superiores. • Coordinar el control de las descargas de las especies, como asimismo las artes de pesca, peso de cajones, y potencia de motor autorizados. • Establecer un sistema de control de puertos y playas de operación. • Coordinar el sistema de monitoreo satelital. • Ordenar y coordinar las tareas a desarrollar por las áreas, dependencias y delegaciones bajo su cargo en cuestión de funciones, administrativas, de gestión y del personal. REQUISITOS PARA EL CARGO: • Título secundar completo y/o experiencia probada en la administración y explotación de los recursos pequeros. ANEXO III Hoja 4 SECRETARIA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN DEPARTAMENTO COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA MISIÓN: • Atender e intervenir en el diligenciamiento de las actuaciones administrativas dependientes de la Dirección General de Control y Fiscalización. FUNCIÓN: • Ordenar, entregar y recepcionar Guías de Transito de Pescados y Mariscos y Actas. - • Asistir al Director General en las tareas administrativas, llevando el control de la documentación del área, para concretar las actuaciones y expedientes en forma ágil y eficiente. - • Llevar en forma ordenada, clasificada y actualizada el archivo general del área. - • Gestionar la adquisición de insumos para ser distribuidos en las Delegaciones dependientes de la Dirección General de Control y Fiscalización.- REQUISITOS PARA EL CARGO: • Titulo secundario o tres (3) años de antigüedad en la Administración Publica Provincial relacionados con temas inherentes al cargo. - ANEXO III Hoja 5 SECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA MISIÓN: • Asistir al Secretario en la planificación e implementación de las políticas de control y administración de los recursos acuícolas provinciales FUNCIONES: • Organizar y coordinar actuaciones para verificar el cumplimiento de la legislación pesquera. • Entender en lo referente a conservación, extracción, cultivo y captura de los re-cursos marítimos, fluviales y lacustres renovables. • Atender en lo referente a la sobrepesca, capturas incidentales y esfuerzos pesqueros en busca de un aprovechamiento sustentable de los recursos comerciales. • Intervenir en las distintas áreas en cuanto a la aplicación de la legislación pesquera (puertos-embarcaciones-costas-rutas-plantas pesqueras- etc.) para brindar apoyo a los controles existentes, recabar información inherente a la investigación de sumarios, asistir y asesorar a las partes intervinientes en la actividad pesquera en la aplicación y cumplimiento de la normativa. • Representar al Secretario ante organismos colegiados nacionales, provinciales, regionales y estatales. REQUISITOS PARA EL CARGO • Poseer título universitario y/o experiencia probada en la administración y explotación de los recursos pequeros. ANEXO III SECRETARIA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO ASISTENCIA Y LEGAJOS MISIÓN: • Controlar los servicios de asistencia de todo el personal de la Secretaria de Pes¬ ca, atender las tareas administrativas y de control del presentimo. Confeccionar y actualizar legajos personales de la Secretaria de Pesca. FUNCIONES: • Realizar los trámites administrativos que permitan una ejecución eficiente en la gestión y control inherentes al presentismo del personal.- • Realizar el instrumento legal correspondiente a las tareas inherentes a su cargo Y correspondientes a la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo.- • Confeccionar y actualizar legajos completando la totalidad de los documentos obligatorios propios de cada uno, que vayan surgiendo de los actos administrativos, procurando la utilidad inmediata de los mismos.- • Mantener información directa con los servicios administrativos, referente a la situación de revista de todos los agentes de la Secretaria de Pesca.- REQUISITOS PARA EL CARGO: • Titulo secundario o tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial relacionados con temas inherentes al cargo.- DECRETO N° 38/2020 |
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