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Decreto 1127 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Paso de Indios,
 
Fecha Registro: 16/11/2020
 
Detalle:

RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente N° 2764-MGyJ-20; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 251, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020;
Que por el expediente N° 2764-MGYJ-20, se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable a la Municipalidad de Paso de Indios, a los efectos de cubrir desequilibrios financieros de ese Municipio;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1o Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03;
Que la asistencia a los Municipios es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°,- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00.-), a favor de la Municipalidad de Paso de Indios, '“representada por su Intendente, señor Mario Horacio PICHIÑAN (D.N.I. 23.257.946), a los efectos de cubrir desequilibrios financieros de ese Municipio -
Artículo 2°.- El subsidio otorgado en el artículo 1o deberá ser invertido por el Responsable dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado el primer desembolso y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-     
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro,
Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 5.76: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2020.-
Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir los fondos del Aportes No Reintegrable conforme lo establecido en el presente Decreto.-
Artículo 5°- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.-


DECRETO N° 1127/2020
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Ley II 251

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)