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Título: La adquisición de veinticinco (25) pistolas eléctricas marca “Taser” modelo “X2” |
Fecha Registro: 23/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020 VISTO: El Expediente N° 1282/2019 JP-AF; y CONSIDERANDO. Que por el Expediente mencionado en el Visto, se tramita la adquisición de pistolas eléctricas para uso de personal del Grupo Especial de Operaciones Policiales, solicitadas por el Área Logística de la Policía de la Provincia de Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad; Que con el objeto de estimar el gasto, se solicitó presupuestos a las firmas comerciales: “Trompia S.R.L.” y “Buccello y Asociados S.R.L.”; Que a fojas 05 y 53 frente, 84 vuelta y 133 frente, obran cotizaciones en dólares estadounidenses, presentadas por las firmas comerciales “Trompia S.R.L.”, quien ofrece la pistola eléctrica marca “Sparí” modelo “Z 2.0” y “Buccello y i Asociados S.R.L.”, quien ofrece la pistola eléctrica marca “Taser modelo “X2”; Que a fojas 127, obra Resolución N° 158/2020 M. Seg., mediante la cual el Señor Ministro de Seguridad, autoriza al Área Finanzas de la Policía del Chubut, a recibir cotizaciones en moneda extranjera en la contratación realizada bajo la modalidad de Compra Directa tramitada mediante el Expediente mencionado en el Visto; Que la Dirección General de Presupuestó y Finanzas, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, otorgó el recurso a la Institución Polic^l, Fuente de Financiamiento 368 “Bono de Compensación de Hidrocarburos”, realizándose la afectación preventiva por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS PESOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 9.828.562,52), para la adquisición de pistolas eléctricas; Que en la misma afectación preventiva mencionada en el párrafo precedente, también fueron afectados recursos de la Fuente de Financiamiento 306 “Policía Adicional”, por la suma total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 1.881.375,00), para la compra de cartuchos operativos Smart color verde (alcance 7,5 metros), insumos de las mencionadas pistolas eléctricas; Que a fojas 05 y 53 frente, 84 vuelta y 133 frente, obran cotizaciones presentadas por las firmas comerciales “Trompia S.R.L.” y “Buccello y Asociados S.R.L.”; Que a fojas 92, obra informe del Jefe del Grupo de Operaciones Policiales, Comisario Cristian Alejandro Soto y a fojas 94 y 95 Anexos II, de dicho informe, en el cual realiza una comparación entre las pistolas eléctricas existentes en el mercado y ofrecidas por las firmas comerciales antes mencionadas, “Spark” y “Taser”, concluyendo que ésta última reúne los requisitos indispensables de seguridad eléctrica, teniéndose en cuenta que en la comparativa tiene menor amperaje que es lo que determina el peligro y efecto letal, además presenta ventaja táctica y de mecanismos de control y que permite brindar fundamentalmente transparencia a los procedimientos donde sea utilizado, como así también hace referencia a la probada trayectoria, en el mundo y en nuestro país y da cuenta de los grupos especiales de diversas Fuerzas de Seguridad, que han adquirido esta marca y por el contrario que no hay registro que se haya adquirido la marca “Spark”; Que a fojas 98, obra certificación de la firma comercial Axon Enterprise Inc., fabricante de la pistola eléctrica marca “Taser”, en la que consta que la empresa “Buccello y Asociados S.R.L.” tiene distribución exclusiva para la región del Cono Sur, incluyendo a la Argentina; Que ante la necesidad de contar oportunamente con éstos elementos y según consta en el Pedido de Actuación N° 689/2020 AL (DI), resulta procedente llevar adelante la contratación mediante el procedimiento excepcional de Contratación Directa en los términos de lo establecido en el Artículo 95°, Inciso c), Apartado 3) de la Ley II N° 76 del Digesto Jurídico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 251; Que ha emitido dictamen la Asesoría Letrada de la Jefatura de Policía; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: APROBAR lo actuado en el Expediente N° 1282/2019 JP-AF, autorizando a la Jefatura de Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad, a contratar en forma Directa, con la firma “Buccello y Asociados S.R.L.”, C.U.I.T. N° 30-59722829-1, para la adquisición de veinticinco (25) pistolas eléctricas marca “Taser” modelo “X2” para uso de persona del Grupo Especial de Operaciones Policiales y ciento cincuenta (150) cartucho operativos Smart color verde (alcance 7,5 metros), por el importe total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA V DOS CON CINCUENTA CENTAVOS (U$S 142.142,50), en los términos de lo (establecido en el Artículo 95°, Inciso c), Apartado 3) de la Ley II N° 76 del Digesto ¡Jurídico y en virtud de haber sido previamente autorizado por el titular de la jurisdicción y deberá ser abonada en moneda nacional de curso legal, de acuerdo a jo estipulado en el Artículo 20° del Decreto N° 777/06 Reglamentario de la Ley II N° 76 del Digesto Jurídico.- Artículo 2°: AUTORIZAR el pago anticipado del cincuenta por ciento (50%) del monto total de la presente contratación, previo presentación por parte del adjudicatario, de una póliza de seguro de caución, emitida en favor de la Policía de la Provincia del Chubut, de acuerdo a lo reglamentado en el Inciso b) del Artículo 27° del Decreto N° 777/06 Reglamentario de la Ley II N° 76 del Digesto Jurídico.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 251 y se imputará de acuerdo al siguiente detalle: Ejercicio 2020 - Jurisdicción 9 / SAF 21 - Policía de la Provincia / Programa: 23 - Seguridad / Actividad: 1 - Seguridad / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Inciso: 4 / Partida Principal: 4 / Partida Parcial: 1 “Equipos Militar y de Seguridad”, Fuente de Financiamiento 3.68 “Bono de Compensación de Hidrocarburos”; Inciso: 2 / Partida Principal: 7 / Partida Parcial: 3 “Insumos de uso específico policial”, Fuente de ¡Financiamiento 3.06 “Policía Adicional”.- Artículo 4o: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Gobierno y Justicia.- Artículo 5°-Reqístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1406/2020 |
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