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Título: DECLARAR la existencia de responsabilidad administrativa respecto de la agente Paola Andrea MUTIO |
Fecha Registro: 23/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020 VISTO El Expediente N° 1778-MGyJ-2020; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se tramitó el Sumario Administrativo N° 02-DGS-2018 caratulado: “S/ Presuntas Irregularidades cometidas en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas-GB”; Que, sustanciado el Sumario Administrativo, la Dirección General de Sumarios luego del análisis pormenorizado de las circunstancias y antecedentes adjuntos, se expide mediante Dictamen N° 25-DGS-2019, obrante a fojas 155 y 156, determinando la inexistencia de responsabiEdád administrativa respecto de la agente Yanina Ivana LINARES, por los hechos imputados a fojas 118 y 119; Que también determina la inexistencia de perjuicio fiscal; Que, asimismo, mediante dicho Dictamen, la Dirección General mencionada establece que corresponderá declarar la existencia de responsabilidad administrativa de la agente Paola Andrea MUTIO, por los hechos que se le imputan a fojas 116 y 117, sugiriendo aplicar la sanción de cesantía conforme los Artículos 49° y 50° de la Ley I N° 74, provisionalmente, ya que en caso de que se dicte sentencia condenatoria en instancia judicial corresponderá aplicar la sanción de exoneración, de conformidad a lo establecido en el Artículo 57° del Decreto N° 1330/1981 y en el Artículo 51° de la LeyI N° 74; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- DECLARAR la inexistencia de responsabilidad administrativa respecto de la agente Yanina Ivana LINARES (DNI N° 32.887.734, Clase 1987) cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo dependiente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, por los hechos imputados a fojas 118 y 119 en el Sumario Administrativo N° 02-DGS-2018, caratulado: “SZ Presuntas Irregularidades cometidas en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas - GB”.- Artículo 2°.- DECLARAR la inexistencia de perjuicio fiscal- Artículo 3°.- DECLARAR la existencia de responsabilidad administrativa respecto de la agente Paola Andrea MUTIO (DNI N° 25.710.684, Clase 1977) cargo Jefe de Departamento Archivo, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, por los hechos que se le imputaron a fojas 116 y 117, en el Sumario Administrativo N° 02-DGS-2018 caratulado “S/ Presuntas Irregularidades cometidas en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas- GB”.- Artículo 4°.- APLICAR a la agente Paola Andrea MUTIO (DNI N° 25.710.684, Clase 1977) cargo Jefe de Departamento Archivo, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia sanción de cesantía conforme los Artículos 49° y 50° de la Ley I N° 74, provisionalmente, ya que en caso de que se dicte sentencia condenatoria en instancia judicial correspondería aplicar la sanción de exoneración, de conformidad a lo establecido en el Artículo 57° del Decreto N° 1330/1981 y en el Artículo 51° de la Ley I N° 74.- Artículo 5°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1398/2020 |
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