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Decreto 126 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: REC0NÓCESE parcialmente el reclamo presentado por la firma Organización Courier Argentina S.A
 
Fecha Registro: 10/03/2021
 
Detalle:


RAWSON, 10 DE MARZO DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 754-SGG-2020; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita el reclamo presentado por la firma Organización Courier Argentina S.A. por la mora en el pago de los Servicios de Logística que comprende el Almacenamiento, Distribución, Transporte, Servicios de Comunicación de Medicamentos e Insumos Médicos, Paquetería y Bolsines para los distintos Organismos de la Administración Central, Descentralizada, Entes Autárquicos, Sociedades y Empresas del Estado, como así también de las actualizaciones de la estructura de costos acaecidos durante el periodo enero 2017 a enero 2020 por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($47.805.224,32);
Que se ha procedido a analizar para cada reclamo el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 117° de la Ley II N° 76 y Artículo 70° del Anexo I del Decreto N° 777/06, como así también la exigibilidad según cláusulas contractuales, el Dictamen N° 202/20-DGAL-MEyCP, la Ley VII N° 82 y la Resolución N° 33 - EC - 2018;
Que del análisis realizado por la Dirección General de Administración y su verificación y control por parte de la Contaduría General de la Provincia se ha determinado que la suma a reconocer asciende a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($17.771.819,61), según detalle que como ANEXO I forma parte del presente;
Que atento al monto determinado para el presente trámite y en armonía con la normativa vigente en cuanto al. régimen de contratación previsto en la Ley II N° 76. y su Decreto Reglamentario N° 777/06, corresponde aprobar el pago de los intereses por parte del Poder Ejecutivo;
Que por lo expresado se debe reconocer parcialmente el reclamo presentado por la firma Organización Courier Argentina S.A.;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-REC0NÓCESE parcialmente el reclamo presentado por la firma Organización Courier Argentina S.A. C.U.I.T. 30-66204961-8 con Domicilio Echeverría 1262/64 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($17.771.819,61), según detalle que como ANEXO I forma parte del presente, de acuerdo a la documental incorporada en el Expediente N° 754-SGG-2020 y en concordancia con los fundamentos expresados en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($17.771.819,61) se imputará, en la Jurisdicción 91 - SAF 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro - Programa 93 - Actividad 03 - Inciso 3.5.6 - Ejercicio 2021 - Fuente de Financiamiento - 1.11- por la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($12.942.311,54) y en la Jurisdicción 91 - SAF 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro - Programa 16 - Actividad 01 - Inciso 3.5.6 - Ejercicio 2021 - Fuente de Financiamiento - 1.11- por la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHO CON SIETE CENTAVOS (4.829.508,07).-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios De Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia Articulo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.


DECRETO N° 126/21
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley VII 82

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(No hay instrumentos legales que lo afecten)