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Decreto 335 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Modificase el Presupuesto de Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano
 
Fecha Registro: 17/05/2021
 
Detalle:

RAWSON, 17 DE MAYO DE 2021

VISTO:

Los Expedientes NM04-MIEP/IPV-2021 y 665-AVP-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021;
Que por él Expediente N° 404-MIEP/IPV-2021 , el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, solicita compensar entre proyectos en la Fuente de Financiamiento 2.22, a efectos de adecuar disponibilidad en los Programas 19, 20, 21, 23 y 28 para contar con saldo positivo en el Ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 665-AVP-2021, la Administración de Vialidad Provincial solicita incremento de la Fuente de Financiamiento 2.22, ya que la proyección supera la estimación presupuestaria del ejercicio y poder imputar el acuerdo ratificado mediante el Decreto N° 329/21;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° , apartado 2, inciso a ) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los Créditos asignados a los Proyectos de inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II ° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos signados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, transferencias. Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura ara su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 4, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL VEINTE ($ 43.876.020,00.-) en la Jurisdicción 8, SAF 301 - SAF Administración de Vialidad Provincial, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 5 y 6, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura-
Artículo 4°- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Articulo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 335/21
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 329/2021
(Se relaciona) Ley II 263

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)