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Decreto 608 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Traslado de la agente Susana Mariela PALLERES
 
Fecha Registro: 29/07/2021
 
Detalle:

RAWSON, 29 DE JULIO DE 2021

VISTO:
El Expediente N° 714-SGG-2021; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita el traslado de la agente Susana Mariela PALLERES, quien revista el cargo Jefe Departamento Coordinación Técnica Administrativa - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico -Planta Permanente, dependiente de la Dirección Técnica - Dirección General de Administración de Personal - Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales -Secretaría General de Gobierno, a la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público;
Que el traslado solicitado se autoriza con su cargo de revista y masa salarial mencionado en el Considerando anterior, en virtud del Artículo 19° de la Ley I - N° 74, no originando incremento en la masa salarial existente;
Que resulta necesario modificar las estructuras orgánico-funcionales de ambos Organismos conforme se detalla en los Anexo Nros. III y IV del presente Decreto;
Que se deberá modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 Secretaria General de Gobierno - S.A.F 10 - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal y Jurisdicción 30 -Ministerio de Economía y Crédito Público - S.A.F 30 - Programa 27 - Coordinación Económica Provincial - Actividad 2 - Transferencia de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático;
Que en consecuencia, se procede a eliminar en la Dirección Técnica - Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales - Secretaria General de la Gobernación, un (1) cargo Jefe Departamento - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Categoría 16 - Planta Permanente e incrementando el mismo cargo en la Dirección General de Estadísticas y Censos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme a los Anexos Nros. I y II, que forman parte integrante del presente Decreto;
Que la Ley N° II 263 en su Artículo 13°, apartado 1, Punto 5) faculta al Poder Ejecutivo a transferir cargos entre distintas categorías Programáticas y Jurisdicciones, y/o modificar los totales siempre que se realicen dentro del mismo escalafón y el costo de la su materia de las modificaciones no dé resultado positivo;
Que la agente Susana Mariela PALLERES, continuara cumpliendo las funciones asignadas mediante Decreto N° 860/20, hasta que se disponga lo contrario;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 263;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía y Crédito Público - S.A.F 30 - Programa 27 -Coordinación Económica Provincial - Actividad 2 - Transferencia de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal, en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F 10 - Programa 1 -Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal y en la Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía y Crédito Público - S.A.F 30 -Programa 27 - Coordinación Económica Provincial - Actividad 2 - Transferencia de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático.-
Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Dirección Técnica - Dirección General de Ad-ministración de Personal dependiente Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno eliminándose un (1) cargo Jefe Departamento - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Categoría 16 - Planta Permanente e incrementándose el mismo cargo en la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público conforme a los Anexos Nros. I y II, que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Modificase las estructuras orgánico-funcionales de la Dirección Técnica de la Dirección General de Administración de Personal dependiente Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno eliminándose el Departamento Coordinación Técnica Administrativa e incrementando el mismo cargo en la Dirección General de Estadística y Censos - Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme se detalla en los Anexos Nros 111 y IV del presente Decreto.-
Artículo 4°.- Trasladar a partir de la fecha del presente Decreto de la Dirección Técnica de la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno, a la agente Susana Mariela PALLERES (M.I.N° 22.091.178 - Clase 1971), cargo Departamento Coordinación Técnica Administrativa - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, al mismo cargo en la Dirección General de Estadística y Censos - Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía Público.-
Artículo 5°.- Establécese que la agente Susana Mariela PALLERES (M.1.N° 22.091.178 -Clase 1971) continuara desempeñando las funciones que les fueron asignadas mediante Decreto N° 860/20 hasta tanto se disponga lo contrario.-
Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía y Crédito Público - S.A.F 30-
Programa 27 - Coordinación Económica Provincial - Actividad 2 - Transferencia de
Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático - Ejercicio 2021 .-
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía y Crédito Público.-
Artículo 8°.- Registrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido Archivese.

DECRETO N° 608/21     
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