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Decreto 736 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Abonar a la agente Yanina Andrea REYES
 
Fecha Registro: 06/09/2021
 
Detalle:


RAWSON, 06 DE SEPTIEMBRE DE 2021


VISTO:

El Expediente N° 0750-M.D.S.F.M. y J.-20; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se procedió a recaratular Expediente N° 1694-MFyPS-2017 en virtud de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Directora de Despacho y abonar a la agente Yanina Andrea REYES, la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria y el cargo Directora - Categoría 18 Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos Clase I de la Ley I N° 74, dependientes del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo de la citada Dirección, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 23 de mayo de 2017 y hasta el 19 de noviembre de 2017 inclusive, sin perjuicios de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación;
Que tal solicitud encuentra fundamento en virtud que la agente Rosa Patricia Noemi ALVELO, a cargo de la Dirección de Despacho, usufructuó Licencia por Maternidad, contemplada por el Artículo 20° Anexo I del Decreto N° 2005/91, conforme Resolución N° IV-96, de fecha 13 de junio de 2017, por el período citado en el Considerando que antecede; Que la agente Yanina Andrea REYES, no ha percibido remuneración alguna por sus funciones a cargo de la Dirección de Despacho, dependiente del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestaria y/o financiera;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Directora de Despacho y abonar a la agente Yanina Andrea REYES (M.I N° 31.069.446 - Clase 1984) la diferencia salarial existente entre su cargo de revista Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria y el cargo Directora - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos Clase I de la Ley I N° 74, dependientes del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo de la citada Dirección, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 23 de mayo de 2017 y hasta el 19 de noviembre de 2017 inclusive, sin perjuicios de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación y de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud SAF 40 - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal dé Ejercicios Anteriores - Actividad 1 Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestaria y/o financiera.-
Artículo 3°.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamento de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 736/21
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 2005/1991
(Se relaciona) Ley I 667

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)