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Título: Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto - SAF Ministerio de Educación - SAF el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud |
Fecha Registro: 29/09/2021 |
Detalle: RAWSON, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021 VISTO: Los Expedientes N° 2043-ME-2021, 1118-MDSFMJ-2021 y 1119-MDSFMJ-2021; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021; Que por el Expediente N° 2043-ME-2021, el Ministerio de Educación, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 4.11, a efectos de dar ingreso a los fondos provenientes del nuevo "Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre y Plan Nacional de Seguridad Alimentaría Funcionamiento de Comedores Escolares" firmado entre el Ministerio de Educación de la Provincia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; Que por el Expediente N° 1118-MDSFMJ-2021, el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud solicita incremento de la Fuente de Financiamiento 5.03, a efectos de dar ingreso a los fondos provenientes del nuevo convenio "Fortalecimiento del Sistema de Protección de Derechos de la Niñez y la Adolescencia de la Provincia del Chubut" firmado entre la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia de Nación y el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia; Que por el Expediente N° 1119-MDSFMJ-2021, el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud solicita incremento de la Fuente de Financiamiento 5.03, a efectos de dar ingreso a los fondos provenientes del nuevo convenio "2° Asistencia de Equipamiento Informático para el RUN Chubut" firmado entre la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia de Nación y el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso a) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos provenientes de aportes que se asignen con fines específicos; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($45.322.650,00.-) en la Jurisdicción 50, SAF 50- SAF Ministerio de Educación y PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS ($ 6.527.900,00.-) en la Jurisdicción 40 SAF 40 - SAF el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido y ARCHÍVESE.- DECRETO N° 845/21 |
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