Imprimir detalle |
Título: ABONAR a la Licenciada en Comercio Internacional LIGI, Estela Noemi |
Fecha Registro: 04/10/2021 |
Detalle: RAWSON, 04 DE OCTUBRE DE 2021 VISTO: El Expediente N° 1269/2021-MAGlyC; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita el reclamo realizado por la Licenciada en Comercio Internacional LIGI, Estela Noemi a fin que se le reconozca un adicional por Jerarquía Profesional previsto por el Artículo 22° Inciso f) de la Ley 1 - N° 74, reglamentado por Decreto N° 1330/81, correspondiente al cargo Directora de Comercio Exterior - Dirección General de Promoción Comercial dependiente de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, para el que fuera designada mediante Decreto N° 248/21, a partir del día 1 de Enero del 2021; Que la Licenciada en Comercio Internacional LIGI, Estela Noemi reúne los requisitos a fin de percibir el Adicional por Jerarquía Profesional; Que la citada profesional no ha percibido suma alguna en concepto de Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el Artículo 22° Inciso f) de la Ley I - N° 74; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado en la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio -SAF 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 25- Comercio Exterior (SDAyAV) - Actividad 1 : Comercio Exterior (SDAyAV), Ejercicio 2021 ; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II - N° 263; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno ha tomado Intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- ABONAR a la Licenciada en Comercio Internacional LIGI, Estela Noemi (M.I. N° 32.091.246 - Clase 1986), el Adicional por Jerarquía Profesional establecido por el Artículo 22° Inciso f) de la Ley I - N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81, correspondiente al cargo Directora de Comercio Exterior - Dirección General de Promoción Comercial dependiente de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, para la que fuera designada mediante Decreto N° 248/21, a partir del día 1 de Enero del 2021.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 25 - Comercio Exterior (SDAyAV) - Actividad 1 : Comercio Exterior (SDAyAV), Ejercicio 2021.- Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia.- Artículo/4°.- REGISTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 867/21 |
|