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Título: Modificase el Presupuesto - SAF Ministerio de Seguridad. |
Fecha Registro: 12/10/2021 |
Detalle: RAWSON, 12 DE OCTUbRE DE 2021 VISTO: Los Expedientes N° 139-SGPyME-2021 y 1860-MAGIyC-2021; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021; Que por el expediente N° 139-SGPyME-2021, la Secretaria de Gestión Pública y Modernización del Estado solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 4.26, para imputar compra de un Sistema de Gestión de Agentes Docentes del Ministerio de Educación y en virtud de ello, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas solicita compensación de Recursos en la Fuente de Financiamiento 3.68 a los efectos de adecuar el crédito presupuestario; Que por el expediente N° 1860-MAGIyC-2021, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 5.03,ya que los ingresos han superado la estimación para el presente ejercicio y poder regularizar la renovación del Plazo Fijo y los intereses devengados; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 9, S.A.F. 9 - SAF Ministerio de Seguridad, en la Jurisdicción 26, S.A.F. 26- SAF Secretaria de Gestión Pública y Modernización del Estado y en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($120.000.000,00) en la Jurisdicción 67, .S.A.F 67 - SAF Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 4, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia\ Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 891/21 |
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