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Decreto 891 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Modificase el Presupuesto - SAF Ministerio de Seguridad.
 
Fecha Registro: 12/10/2021
 
Detalle:


RAWSON, 12 DE OCTUbRE DE 2021

VISTO:

Los Expedientes N° 139-SGPyME-2021 y 1860-MAGIyC-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021;
Que por el expediente N° 139-SGPyME-2021, la Secretaria de Gestión Pública y Modernización del Estado solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 4.26, para imputar compra de un Sistema de Gestión de Agentes Docentes del Ministerio de Educación y en virtud de ello, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas solicita compensación de Recursos en la Fuente de Financiamiento 3.68 a los efectos de adecuar el crédito presupuestario;
Que por el expediente N° 1860-MAGIyC-2021, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 5.03,ya que los ingresos han superado la estimación para el presente ejercicio y poder regularizar la renovación del Plazo Fijo y los intereses devengados;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 9, S.A.F. 9 - SAF Ministerio de Seguridad, en la Jurisdicción 26, S.A.F. 26- SAF Secretaria de Gestión Pública y Modernización del Estado y en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($120.000.000,00) en la Jurisdicción 67, .S.A.F 67 - SAF Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 4, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia\ Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 891/21


Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 263

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)