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Título: Aprobar y abonar a la agente Carla Andrea Fabiana ÁLVAREZ |
Fecha Registro: 23/03/2021 |
Detalle: RAWSON, 23 DE MARZO DE 2021 VISTO: El Expediente N° 0457 - MDSFMyJ - 2020; y CONSIDERANDO: Que por Expediente citado en el Visto, se procedió a recaratular el Expediente N° 1117-MFyPS-17 en virtud de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Jefe de Departamento Mesa de Entradas y Salidas y abonar a la agente Carla Andrea Fabiana ÁLVAREZ, la diferencia salarial existente entre el cargo que detentó - Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a cargo de la Jefatura de División Expedición - Categoría 12 - Agrupamiento Personal Jerárquico y el cargo Jefe de Departamento - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, todos los cargos de la Ley I N° 74, dependientes de la Dirección de Despacho del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo del citado Departamento, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, conforme lo establecido en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 19 de diciembre de 2016 y hasta el 08 de julio de 2017 inclusive; Que tal solicitud se efectúa dado que la agente Amalia QUIROGA, quien revista el cargo Jefe de Departamento Mesa de Entradas y Salidas - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección de Despacho del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, usufructuó licencia por enfermedad, contemplada en el Artículo 10° Inciso 2) y Licencia por Maternidad - Artículo 20°, ambos Artículos del Anexo I - Decreto 2005/91 y sus modificatorias, desde el 19 de diciembre de 2016 hasta el 08 de julio de 2017, según constancias adunadas en Expediente del Visto; Que la agente Carla Andrea Fabiana ÁLVAREZ, no ha percibido remuneración alguna por sus funciones a cargo del Departamento Mesa de Entradas y Salidas; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando sujeto a disponibilidad presupuestaria y/o financiera; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Jefe de Departamento Mesa de Entradas y Salidas y abonar a la agente Carla Andrea Fabiana ÁLVAREZ (M.I. N° 25.138.560 - Clase 1976) la diferencia salarial existente entre el cargo que detentó - Ayudante Administrativo - Código 3-004 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a cargo de la Jefatura de División Expedición - Categoría 12 - Agrupamiento Personal Jerárquico y el cargo Jefe de Departamento - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, todos los cargos de la Ley I N° 74, dependientes de la Dirección de Despacho del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo del citado Departamento, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, conforme lo establecido en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 19 de diciembre de 2016 y hasta el 08 de julio de 2017 inclusive y, según lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 92 Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando sujeto a disponibilidad presupuestaria y/o financiera.- Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno Justicia.- Artículo/4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 182/21 |
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