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Título: Modificase el Presupuesto - SAF Subsecretaría de Energía |
Fecha Registro: 07/10/2021 |
Detalle: RAWSON, O7 DE OCTUBRE DE 2021 VISTO: El expediente N° 1664-EC-2021; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021; Que por el expediente N° 1664-EC-2021, la Dirección General de Presupuesto y Finanzas del Ministerio de Economía y Crédito Público, solicita compensación presupuestaria al SAF 91 -Obligaciones a Cargo del Tesoro, a los efectos de imputar subsidios a las Municipalidades de Rawson, Trevelín y la Comuna Rural de Carrenleufú, y gestionar subsidio a Chubut Deportes; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021 en la Jurisdicción 8, S.A.F 31 - SAF Subsecretaría de Energía y en la Jurisdicción 91, S.A.F 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 877/21 |
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