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Título: Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I |
Fecha Registro: 19/10/2021 |
Detalle: RAWSON, 19 DE OCTUBRE DE 2021 VISTO: El Expediente N° 2211/21 M.S - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 y Ley I N° 706; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto; Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en los distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud; Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 263; Que mediante Expediente N° 2184/21 MS, tramita la adecuación de cargos a la Planta Temporaria y Permanente de este Ministerio que permitirá el dictado de la presente; Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021. Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal -Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 76 - Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste, del Servicio Administrativo Financiero 78 - Programa 16 - Atención Médica Zona Noreste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noreste, del ejercicio del año 2021. Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de Salud. Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 920/21 ANEXO I NOMBRE Y APELLIDO M.I. N° SANCHEZ, María Albertina 27.448.475 CURIHUALA, Haydee Susana 33.918.523 AINQUEO, Erica Amneris 32.720.429 QUILAQUEO, Yanina Rosa 35.886.877 HUBE, Laura Olga 28.482.450 AMADO, Karim Hasan 32.564.144 ALBINO, Susana Beatriz 30.224.543 FLORES, Nadia Pamela Alejandra 33.611.101 QUEVEDO, Sara Antonella 38.300.138 |
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