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Decreto 1017 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I
 
Fecha Registro: 05/11/2021
 
Detalle:

RAWSON, 05 DENOVIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 2700/21 M.S - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 y Ley I N° 706; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Area Programática Norte del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Área Programática Norte del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 263;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Área Programática Norte del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud- Partida 1.0.0-Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 79 - Programa 49 - Atención Médica Zona Norte - Actividad 1 - Atención Médica Zona Norte, del ejercicio del año 2021.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de Salud.
Artículo 4° Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.


DECRETO N° 1017/21


ANEXO I


NOMBRE Y APELLIDO      M.I. N° Funcion

PETERSEN, Rosa Karina      38.232.166 Tec. Superior en Radiología
OYOLA MORENO, Jorge Mario     31.547.673 Tec. Superior en Radiología

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley I 677
(Se relaciona) Ley I 697
(Se relaciona) Ley I 706

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)