Imprimir detalle |
Título: Mensualízase al señor CRIPPA, Emiliano Agustín |
Fecha Registro: 16/11/2021 |
Detalle: RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021 VISTO: El Expediente N° 1037/21 M.S. - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 Y Ley I N° 706; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado del señor CRIPPA, Emiliano Agustín en el cargo Agrupamiento A - Clase II - Grado I - Categoría 8, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Licenciado en Protección y Saneamiento Ambiental en la Dirección Provincial de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, a partir de la notificación del presente Decreto; Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en la Dirección Provincial de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud; Que mediante Expediente N° 615/21 M.S., tramita la adecuación de cargos a la Planta Temporaria y Permanente de este Ministerio que permitirá el dictado del presente; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 263; Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Mensualízase al señor CRIPPA, Emiliano Agustín (Clase 1993-M.I. N° 37.149.488) en el Cargo Agrupamiento A - Clase II - Grado I - Categoría 8, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), para cumplir funciones como Licenciado en Protección y Saneamiento Ambiental en la Dirección Provincial de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, a partir de la notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021. Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 26 - Salud Ambiental - Actividad 2 - Salud Ambiental, del ejercicio del año 2021. Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y Salud. Artícul0 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DECRETO N° 1088/21 |
|