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Decreto 1107 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Modificase el Presupuesto S.A..F 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF Administración de Vialidad Provincial
 
Fecha Registro: 16/11/2021
 
Detalle:




RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 3039-MIEP-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados; modificada por la Ley II N° 271, para el ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 3039-MIEP-2021, el Ministerio de infraestructura, Energía y Planificación, solicita efectuar compensación presupuestaria, a efectos de imputar el pago de transporte de agua a la localidad de Puerto Pirámides en el SAF 31, así mismo se solicita la modificación presupuestaria para el SAF 301, para el pago de intereses por pago fuera de termino a favor de la Empresa CHOEL S.A. con la Fuente de Financiamiento 1.11;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.3 de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre si y con sus respectivas actividades especificas, incluso entre distintas finalidades;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 Subsecretaría de Energía, S.A..F 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, S.A.F. 301 - SAF Administración de Vialidad Provincial y Jurisdicción 91 S.A.F. 91 Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°,- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la
Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia,
Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1107/21


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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 263
(Se relaciona) Ley II 271

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(No hay instrumentos legales que lo afecten)