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Título: Rectificase el Artículo 3 del Decreto N° 1066/21 |
Fecha Registro: 30/11/2021 |
Detalle: RAWSON, 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 VISTO: El expediente N° 1995-EC-2021; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados; modificada por la Ley II N° 271, para el ejercicio 2021; Que por expediente N° 1995-EC-2021, se solicita rectificar el Decreto N° 1066/21 de fecha 16 de Noviembre del corriente año, dado que por un error involuntario se imputó en la 5.76, en Fuente de Financiamiento 1.11 y correspondía la Partida 5.86 - Aportes a Gobiernos Municipales, Fuente de Financiamiento 3.68; Que el artículo 92° de la Ley I N° 18 habilita a la Administración Pública a rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Articulo 1°.- Rectificase el Artículo 3 del Decreto N° 1066/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 3.68, Partida 5.86: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2021".- Artículo 2°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1187/21 |
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