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Título: Designar a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes individualizados en el Anexo III |
Fecha Registro: 16/11/2021 |
Detalle: RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021 VISTO: El Expediente N° 1727/20 M.S. Ley I N° 677- Prorrogada por Ley I N" 697 y Ley I N° 706; CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente se solicita designar a los agentes individualizados en el Anexo III que forma parte integrante del presente Decreto en el marco de lo prescripto por el Artículo 4° del Convenio Colectivo de Trabajo, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo y Decreto 116/82; Que en virtud de razones de servicio se autorizó por Resolución N° XXI-21/20, a los agentes individualizados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto en los cargos jerárquicos allí consignados, a partir del 10 de marzo de 2020; Que por lo tanto se procede a ratificar dicha Resolución lo actuado por los agentes individualizados en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Decreto en los cargos jerárquicos allí consignados, a partir del 10 de marzo de 2020 y hasta la fecha del presente Decreto; Que conforme surge del Decreto N° 615/21, se reubicó a los agentes individualizados en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, a partir del 01 dejuliode2021; Que según lo informado en las presentes actuaciones se abonarán las diferencias salariales y los mencionados cargos teniendo en cuenta la categoría de revista anterior al 01 de julio de 2021 y la reubicación autorizada por el mencionado Decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 263; Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos la Resolución N° XXI-21/20 M.S., hasta la fecha del presente Decreto. Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes individualizados en el Anexo III que forma parte integrante del presente Decreto en los cargos jerárquicos allí consignados. Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud- Partida Principal 1.0.0- Servicio Administrativo Financiero 75 - Programa 21 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia - Actividad 1 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia, del Presupuesto para el año 2021. Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Salud. Artículo 5°.- Registrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,ARCHÍVESE DECRETO N° 1133/21 ANEXO I APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO WASSERMANN EDUARDO DANIEL 12.040.832 ALVARENGA MARIA VIRGINIA 23.439.281 ANEXO II APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO WASSERMANN EDUARDO DANIEL 12.040.832 ALVARENGA MARÍA VIRGINIA 23.439.281 ANEXO III APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO WASSERMANN EDUARDO DANIEL 12.040.832 ALVARENGA MARIA VIRGINIA 23.439.281 |
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