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Decreto 265 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable , a favor de la Comuna Rural de Aldea Apeleg
 
Fecha Registro: 04/04/2022
 
Detalle:

RAWSON, 0 4 ABR 2022

VISTO:

El Expediente N° 003442-MIEP-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Comuna Rural de Aldea Apeleg, suscripto el día 8 de febrero de 2022, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 119 con fecha 14 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 45;
Que en el citado Convenio, la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “2 viviendas tuteladas”, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74), que serán abonados de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio;
Que a fojas 46 obra la afectación preventiva del gasto;
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que corresponde otorgar el aporte no reintegrable a la Comuna Rural de Aldea Apeleg para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “2 viviendas tuteladas”, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74);
Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.-Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS NUEVE
MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74), a favor de la Comuna Rural de Aldea Apeleg, siendo responsable de su utilización y rendición el Presidente de la mencionada Comuna, señor Marcos Pruessing, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “ 2 viviendas tuteladas”, el cual será abonado de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 119 con fecha 14 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles .-
Artículo 2°.-El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los cuarenta y cinco (45) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74) será imputado en la Jurisdicción 8 - SAF 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación- Programa 30 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 6.09 - Ejercicio 2022.-
Artículo 4°.- E1 presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los De Justicia.-
Articulo 5°.- REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHÍVESE.

DECRETO N° 265/2022
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003

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Decreto 1365/2023 (Genérica)