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Título: Otorgase un aporte no reintegrable , a favor de la Comuna Rural de Aldea Apeleg |
Fecha Registro: 04/04/2022 |
Detalle: RAWSON, 0 4 ABR 2022 VISTO: El Expediente N° 003442-MIEP-2021; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Comuna Rural de Aldea Apeleg, suscripto el día 8 de febrero de 2022, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 119 con fecha 14 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 45; Que en el citado Convenio, la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “2 viviendas tuteladas”, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74), que serán abonados de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio; Que a fojas 46 obra la afectación preventiva del gasto; Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que corresponde otorgar el aporte no reintegrable a la Comuna Rural de Aldea Apeleg para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “2 viviendas tuteladas”, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74); Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.-Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74), a favor de la Comuna Rural de Aldea Apeleg, siendo responsable de su utilización y rendición el Presidente de la mencionada Comuna, señor Marcos Pruessing, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “ 2 viviendas tuteladas”, el cual será abonado de conformidad a la cláusula Segunda del Convenio, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 1 Folio: 119 con fecha 14 de febrero de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles .- Artículo 2°.-El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los cuarenta y cinco (45) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.894.036,74) será imputado en la Jurisdicción 8 - SAF 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación- Programa 30 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 6.09 - Ejercicio 2022.- Artículo 4°.- E1 presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los De Justicia.- Articulo 5°.- REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 265/2022 |
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